3. Otras disposiciones. . (2025/4-35)
Orden de 23 de diciembre de 2024, por la que se crea la Unidad Administrativa de Apoyo a la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se aprueba su relación de puestos de trabajo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Miércoles, 8 de enero de 2025
página 56511/3
DISPONGO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
1. Esta orden tiene por objeto la creación de la Unidad Administrativa de Apoyo a la
Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía y la regulación de su
dimensión, organización y funciones, en concreto:
a) La determinación de su adscripción jerárquica y funcional.
b) El establecimiento de las funciones y actuaciones propias de esta unidad.
c) Su composición.
2. Asimismo, esta orden aprueba su relación de puestos de trabajo.
CAPÍTULO II
Organización y funcionamiento
Artículo 3. Funciones.
A la Unidad Administrativa de Apoyo a la Administración de Justicia le corresponde
el seguimiento, control, ordenación y gestión de los recursos humanos de las oficinas
judiciales y fiscales, y en concreto:
a) El asesoramiento y apoyo a la consejería con competencias en materia de Justicia
y a las delegaciones territoriales o delegaciones provinciales en la programación, impulso
y coordinación de las acciones necesarias para mejorar el funcionamiento de la actividad
de los órganos jurisdiccionales.
b) El control de la eficacia y eficiencia de la ejecución y cumplimiento de los planes,
programas y actuaciones que la consejería competente en materia de Justicia y las
delegaciones territoriales o delegaciones provinciales diseñen y ejecuten para la mejora
del servicio público de la Administración de Justicia.
c) La elaboración de las propuestas de actuación para conseguir que el servicio
público de la Administración de Justicia se ajuste a las necesidades de su entorno.
d) El análisis, seguimiento y control de la eficacia y eficiencia de los medios materiales
y personales puestos a disposición de los órganos judiciales y de las fiscalías.
e) La recepción y análisis de las solicitudes de personal remitidas por los órganos
judiciales o las fiscalías, en concreto, determinación de necesidades de refuerzos, planes
de actuación o creación de unidades o aumentos de dotaciones de personal.
f) La colaboración en la gestión de las bolsas de personal funcionario interino de los
Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa,
de Auxilio Judicial y la del Cuerpo de Médicos Forenses al servicio de la Administración
de Justicia en Andalucía.
g) La realización de las tareas que le sean encomendadas por la consejería
competente en materia de justicia en apoyo al despliegue, seguimiento y control de
calidad de las oficinas judiciales y fiscales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313462
Artículo 2. Adscripción y dependencia.
1. La Unidad Administrativa de Apoyo a la Administración de Justicia quedará adscrita
a la consejería con competencias en materia de Justicia, a través del órgano directivo
central competente en materia de oficina judicial y fiscal.
2. La Unidad Administrativa de Apoyo a la Administración de Justicia dependerá
funcionalmente del órgano directivo central competente en materia de personal al servicio
de la Administración de Justicia.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Miércoles, 8 de enero de 2025
página 56511/3
DISPONGO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
1. Esta orden tiene por objeto la creación de la Unidad Administrativa de Apoyo a la
Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía y la regulación de su
dimensión, organización y funciones, en concreto:
a) La determinación de su adscripción jerárquica y funcional.
b) El establecimiento de las funciones y actuaciones propias de esta unidad.
c) Su composición.
2. Asimismo, esta orden aprueba su relación de puestos de trabajo.
CAPÍTULO II
Organización y funcionamiento
Artículo 3. Funciones.
A la Unidad Administrativa de Apoyo a la Administración de Justicia le corresponde
el seguimiento, control, ordenación y gestión de los recursos humanos de las oficinas
judiciales y fiscales, y en concreto:
a) El asesoramiento y apoyo a la consejería con competencias en materia de Justicia
y a las delegaciones territoriales o delegaciones provinciales en la programación, impulso
y coordinación de las acciones necesarias para mejorar el funcionamiento de la actividad
de los órganos jurisdiccionales.
b) El control de la eficacia y eficiencia de la ejecución y cumplimiento de los planes,
programas y actuaciones que la consejería competente en materia de Justicia y las
delegaciones territoriales o delegaciones provinciales diseñen y ejecuten para la mejora
del servicio público de la Administración de Justicia.
c) La elaboración de las propuestas de actuación para conseguir que el servicio
público de la Administración de Justicia se ajuste a las necesidades de su entorno.
d) El análisis, seguimiento y control de la eficacia y eficiencia de los medios materiales
y personales puestos a disposición de los órganos judiciales y de las fiscalías.
e) La recepción y análisis de las solicitudes de personal remitidas por los órganos
judiciales o las fiscalías, en concreto, determinación de necesidades de refuerzos, planes
de actuación o creación de unidades o aumentos de dotaciones de personal.
f) La colaboración en la gestión de las bolsas de personal funcionario interino de los
Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa,
de Auxilio Judicial y la del Cuerpo de Médicos Forenses al servicio de la Administración
de Justicia en Andalucía.
g) La realización de las tareas que le sean encomendadas por la consejería
competente en materia de justicia en apoyo al despliegue, seguimiento y control de
calidad de las oficinas judiciales y fiscales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313462
Artículo 2. Adscripción y dependencia.
1. La Unidad Administrativa de Apoyo a la Administración de Justicia quedará adscrita
a la consejería con competencias en materia de Justicia, a través del órgano directivo
central competente en materia de oficina judicial y fiscal.
2. La Unidad Administrativa de Apoyo a la Administración de Justicia dependerá
funcionalmente del órgano directivo central competente en materia de personal al servicio
de la Administración de Justicia.