Autoridades y personal. . (2025/3-39)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de Profesor Ayudante Doctor.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 3 - Martes, 7 de enero de 2025
página 56410/10
7. Publicación, reclamaciones y contratación.
7.1. Publicación y reclamaciones.
Recibida la documentación procedente de la Comisión de Selección, la Comisión
de Contratación procederá a su revisión y publicación de la resolución provisional en el
Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba, en un plazo máximo de tres días hábiles.
Hecha pública en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO) la
resolución adoptada, los aspirantes podrán, en el plazo de diez días hábiles, solicitar el
examen de la documentación correspondiente a la plaza a la que han concursado y, en
su caso, presentar reclamación contra dicha resolución.
La presentación de reclamación, en su caso, deberá realizarse retomando el
expediente a través de la Sede Electrónica, y accediendo al apartado de «Mis Solicitudes».
El examen de la documentación se llevará a cabo, en cualquier caso, mediante
comparecencia en el Servicio de Planificación de Recursos Humanos -Sección de
Procesos Selectivos-.
Transcurridos diez días hábiles sin que se hubiese presentado reclamación, se
publicará la resolución definitiva, procediéndose a la contratación del candidato que
proceda, lo que se comunicará al Consejo de Gobierno de la Universidad.
En caso de presentarse reclamaciones, se dará traslado de las mismas al resto de
interesados mediante publicación que se realizará en el Boletín Oficial de la Universidad
de Córdoba (BOUCO) para que, en el plazo de diez días hábiles siguientes a dicha
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313353
3. Tercera prueba:
La tercera y última prueba, que no requerirá la presencia de los candidatos, consistirá
en la evaluación de los méritos correspondientes al historial académico, docente e
investigador, de transferencia e intercambio del conocimiento y, en su caso, asistencialsanitario presentados por aquellos candidatos que hubieren superado las dos primeras
pruebas. Para ello, la Comisión de Selección utilizará el Baremo General de Méritos para
concursos de Profesorado Ayudante Doctor y Profesorado Ayudante Doctor Vinculado en
la Universidad de Córdoba.
En caso de ser necesario, la Comisión de Selección podrá requerir información
adicional y debatir con el candidato en cuestión sobre los aspectos de su currículo vitae
que considere necesarios.
Para ello, el Presidente de la Comisión de Selección lo citará por cualquier medio que
deje constancia de su recepción, pudiendo desarrollarse la comparecencia del candidato
en sesión pública por medios electrónicos.
Finalizada la evaluación de los méritos, cada miembro de la Comisión de Selección
entregará al Presidente un informe razonado y ajustado, en todo caso, a los criterios
establecidos en el Baremo General de Méritos para concursos de Profesorado Ayudante
Doctor y Profesorado Ayudante Doctor Vinculado en la Universidad de Córdoba.
Esta prueba se considerará superada por todos aquellos candidatos que, habiendo
accedido a la misma, hayan conseguido en la baremación de sus méritos una puntuación
de, al menos, cinco puntos sobre un máximo de diez.
• Propuesta de resolución.
A la vista de los anteriores informes y de la puntuación otorgada a los distintos
candidatos en cada una de las pruebas, que se ponderará a los porcentajes señalados
en el art. 13.2 y 3 del Reglamento 38/2024, por el que se regula el ingreso de Profesorado
Contratado no estable en la Universidad de Córdoba, la Comisión de Selección formulará
a la Comisión de Contratación una propuesta de resolución del concurso que incluirá,
por orden de prelación y de mayor a menor puntuación, a todos aquellos candidatos que
hubieran superado las tres pruebas.
En caso de que ninguno de los candidatos hubiere superado las tres pruebas,
la Comisión de Selección propondrá a la de Contratación que el concurso se declare
desierto.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 3 - Martes, 7 de enero de 2025
página 56410/10
7. Publicación, reclamaciones y contratación.
7.1. Publicación y reclamaciones.
Recibida la documentación procedente de la Comisión de Selección, la Comisión
de Contratación procederá a su revisión y publicación de la resolución provisional en el
Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba, en un plazo máximo de tres días hábiles.
Hecha pública en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO) la
resolución adoptada, los aspirantes podrán, en el plazo de diez días hábiles, solicitar el
examen de la documentación correspondiente a la plaza a la que han concursado y, en
su caso, presentar reclamación contra dicha resolución.
La presentación de reclamación, en su caso, deberá realizarse retomando el
expediente a través de la Sede Electrónica, y accediendo al apartado de «Mis Solicitudes».
El examen de la documentación se llevará a cabo, en cualquier caso, mediante
comparecencia en el Servicio de Planificación de Recursos Humanos -Sección de
Procesos Selectivos-.
Transcurridos diez días hábiles sin que se hubiese presentado reclamación, se
publicará la resolución definitiva, procediéndose a la contratación del candidato que
proceda, lo que se comunicará al Consejo de Gobierno de la Universidad.
En caso de presentarse reclamaciones, se dará traslado de las mismas al resto de
interesados mediante publicación que se realizará en el Boletín Oficial de la Universidad
de Córdoba (BOUCO) para que, en el plazo de diez días hábiles siguientes a dicha
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313353
3. Tercera prueba:
La tercera y última prueba, que no requerirá la presencia de los candidatos, consistirá
en la evaluación de los méritos correspondientes al historial académico, docente e
investigador, de transferencia e intercambio del conocimiento y, en su caso, asistencialsanitario presentados por aquellos candidatos que hubieren superado las dos primeras
pruebas. Para ello, la Comisión de Selección utilizará el Baremo General de Méritos para
concursos de Profesorado Ayudante Doctor y Profesorado Ayudante Doctor Vinculado en
la Universidad de Córdoba.
En caso de ser necesario, la Comisión de Selección podrá requerir información
adicional y debatir con el candidato en cuestión sobre los aspectos de su currículo vitae
que considere necesarios.
Para ello, el Presidente de la Comisión de Selección lo citará por cualquier medio que
deje constancia de su recepción, pudiendo desarrollarse la comparecencia del candidato
en sesión pública por medios electrónicos.
Finalizada la evaluación de los méritos, cada miembro de la Comisión de Selección
entregará al Presidente un informe razonado y ajustado, en todo caso, a los criterios
establecidos en el Baremo General de Méritos para concursos de Profesorado Ayudante
Doctor y Profesorado Ayudante Doctor Vinculado en la Universidad de Córdoba.
Esta prueba se considerará superada por todos aquellos candidatos que, habiendo
accedido a la misma, hayan conseguido en la baremación de sus méritos una puntuación
de, al menos, cinco puntos sobre un máximo de diez.
• Propuesta de resolución.
A la vista de los anteriores informes y de la puntuación otorgada a los distintos
candidatos en cada una de las pruebas, que se ponderará a los porcentajes señalados
en el art. 13.2 y 3 del Reglamento 38/2024, por el que se regula el ingreso de Profesorado
Contratado no estable en la Universidad de Córdoba, la Comisión de Selección formulará
a la Comisión de Contratación una propuesta de resolución del concurso que incluirá,
por orden de prelación y de mayor a menor puntuación, a todos aquellos candidatos que
hubieran superado las tres pruebas.
En caso de que ninguno de los candidatos hubiere superado las tres pruebas,
la Comisión de Selección propondrá a la de Contratación que el concurso se declare
desierto.