Autoridades y personal. . (2025/1-27)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se establecen las bases reguladoras y el calendario de publicación de los concursos públicos para la contratación de personal laboral, no permanente, para la realización de tareas de investigación científica y técnica adscrito a contratos con el exterior y líneas y proyectos de investigación o de servicios científico-técnicos, correspondiente al año 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Jueves, 2 de enero de 2025

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4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la relación provisional de personas aspirantes
admitidas y excluidas en la citada página web, para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través del mismo expediente de
presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la Sede Electrónica de la UCA.
Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen
la omisión serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
Finalizado el plazo de subsanación, y en el plazo máximo de cinco días hábiles se hará
pública, del mismo modo arriba señalado, la relación definitiva de admisión y exclusión de
aspirantes.
4.3. Contra la exclusión definitiva del proceso selectivo se podrá interponer recurso
potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a contar desde el
siguiente a su publicación, y según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a su
publicación, ante el órgano competente, y según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.4. Cuando razones de urgencia lo aconsejen y mediante resolución del Rector, los
plazos establecidos en la base 4.2 se podrá reducir a la mitad.

6. Resolución y publicación.
6.1. El resultado de las convocatorias se hará público en la página web del área de
Personal, https://personal.uca.es/convocatoria-capitulo-vi/, indicando el aspirante que ha
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313468

5. Comisiones evaluadoras de las solicitudes.
5.1. La Comisión de Selección será nombrada por el Rector con la siguiente composición:
- Presidente: Rector o Vicerrector/a en quien delegue.
- Una persona como vocal a propuesta del investigador responsable del proyecto,
contrato o convenio.
- Dos personas, con grado de Doctor, como vocales a propuesta del Vicerrectorado
competente en Investigación y Transferencia.
- Una persona del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios adscrita
al área de Personal, que actuará como secretaria de la Comisión, con voz y sin voto.
La composición concreta de cada Comisión se publicará en la página web del área
de Personal, al menos con cuarenta y ocho horas de antelación a la reunión de la misma.
Los criterios concretos de valoración de cada convocatoria se recogerán en cada uno de
los anexos de convocatoria y podrán incluirse, entre otros, la experiencia profesional y la
formación específica relacionada con los requisitos de la convocatoria.
5.2. La Comisión de Selección se encargará de examinar y valorar las solicitudes y
méritos presentados por los aspirantes admitidos a los correspondientes concursos, con
carácter general:
- Expediente académico.
- Los criterios concretos de valoración de cada convocatoria se recogerán en
cada uno de los anexos de convocatoria y podrán incluirse, entre otros, la experiencia
profesional y la formación específica relacionada con los requisitos de la convocatoria.
5.3. Quienes formen parte de la Comisión deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurra alguna de las circunstancias
previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. La presidencia solicitará a las personas que integran la Comisión de
Selección declaración expresa de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en
este apartado, así como la firma de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses
(DACI).