Autoridades y personal. . (2025/1-27)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se establecen las bases reguladoras y el calendario de publicación de los concursos públicos para la contratación de personal laboral, no permanente, para la realización de tareas de investigación científica y técnica adscrito a contratos con el exterior y líneas y proyectos de investigación o de servicios científico-técnicos, correspondiente al año 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Jueves, 2 de enero de 2025

página 56517/4

4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, y en el plazo máximo de cinco
días hábiles, se hará pública en la página web del área de Personal
(https://personal.uca.es/convocatoria-capitulo-vi)
la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas indicándose, en
este último caso, la/s causa/s de exclusión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313468

mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica de la Universidad
de Cádiz: https://sedelectronica.uca.es, a partir del día siguiente al de publicación de los
anexos de convocatoria en la página web del área de Personal:
https://personal.uca.es/convocatoria-capitulo-vi/.
3.2. La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital
de la persona interesada. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados,
en su caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso,
la solicitud deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el
botón «Presentar», obteniéndose entonces el documento de solicitud en el que figurará
el código de registro, fecha y hora de presentación, que será documento justificativo de
la presentación de la solicitud. Por lo tanto, no deberá entender que ha concluido los
trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención
del citado recibo.
3.3. Las personas solicitantes extranjeras que no dispongan de certificado digital
deberán enviar un correo electrónico a la siguiente dirección: seleccion.capitulovi@uca.es.
En este correo se indicará su interés en participar en el proceso selectivo abierto para la
contratación de personal investigador, aportando sus datos personales: NIE, Pasaporte
o documento identificativo, nombre, primer apellido, segundo apellido (en su caso) y
dirección de correo electrónico, adjuntando su pasaporte y solicitando sus claves como
usuario.
Desde esta misma cuenta de correo se le enviará un enlace al registro de usuario
externos, en el que podrá registrarse y obtener así su usuario y clave para acceder.
Con esta clave de usuario, la persona interesada podrá presentar su solicitud a través
de la Oficina Virtual de la Universidad de Cádiz (https://oficinavirtual.uca.es). A esta
solicitud, además de los documentos requeridos, se acompañará copia escaneada de la
solicitud firmada por la persona interesada.
Las claves de usuario facilitadas se podrán utilizar para hacer el seguimiento de su
expediente durante todo el procedimiento hasta que finalice el proceso de selección.
3.4. Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud la siguiente
documentación:
- Copia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Identidad de
Extranjero, en vigor.
- Copia de la titulación académica exigida en el correspondiente anexo de la
convocatoria mensual. Los documentos que acreditan estar en posesión de la titulación
académica son el título oficial, certificación supletoria en vigor o resguardo acreditativo
del abono de los derechos de expedición.
- Certificación oficial de expediente académico, en la que figuren detalladas las
asignaturas y calificaciones obtenidas en sus estudios en la Universidad.
- Cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los extremos
contenidos en las diferentes convocatorias, que se presentarán en formato digital
y mediante archivo pdf. Los documentos se aportarán adjuntándolos en los puntos
establecidos para ello en la aplicación.
3.5. No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo de
presentación de solicitudes.
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.