Autoridades y personal. . (2024/252-15)
Decreto 275/2024, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Junta de Andalucía para el año 2024.
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Número 252 - Martes, 31 de diciembre de 2024

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de Desarrollo Agrario y Pesquero. Asimismo, se incluyen plazas en el cuerpo de
Subinspección Enfermera de Servicios Sanitarios.
De igual forma, se contemplan plazas del Cuerpo de Ayudantes Técnicos, opción
Informática y especialidad de Agentes de Medio Ambiente.
Por último, la oferta queda conformada con plazas en los Cuerpos Generales de
Administrativos y Auxiliares Administrativos.
En cuanto al personal laboral, en esta oferta se incluyen plazas en las categorías
profesionales de Medicina de la Educación Física y el Deporte, Médico/a, Psicólogo/a,
Traductor/a-Corrector/a, Diplomado/a en Enfermería, Diplomado/a en Trabajo Social,
Fisioterapeuta, Restaurador, Analista de Laboratorio, Conductor/a Mecánico Primera,
Dirección de Cocina, Encargado/a de Almacén, Jefe/a de Servicios Técnicos y
Mantenimiento, Monitor/a Escolar, Oficial Tractorista de Primera, Oficial 1ª Impresión y
Manipulado Artes Gráficas, Personal Operador de Protección Civil y Telecomunicaciones,
Personal Técnico en Integración Social, Personal Técnico de Servicios en Centros,
Personal Técnico en Integración Sociocultural, Técnico/a Superior en Anatomía
Patológica, Técnico/a Superior en Educación Infantil, Auxiliar de Cocina, Auxiliar de
Enfermería, Celador/a Forestal, Conductor/a, Oficial 2ª Impresión y Manipulado Artes
y Oficial 2ª Oficios. Se completa la oferta con las plazas incluidas en las categorías
profesionales de Personal de Limpieza y Alojamiento, Personal Asistente en Restauración
y Personal de Servicios Generales.
Por tanto, esta oferta de empleo público, de conformidad con el artículo 91.2
de la Ley 5/2023, de 7 de junio, incluye: a) el número de plazas vacantes que deban
cubrirse por personal funcionario de carrera y por personal laboral fijo; b) las plazas
correspondientes a personal funcionario de carrera agrupadas por grupos, subgrupos,
cuerpos, especialidades y, en su caso, opciones, y las de personal laboral fijo agrupadas
por grupos y por categorías profesionales; c) y el número de plazas que corresponden a
cada uno de los sistemas de acceso.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas
con Discapacidad en Andalucía, así como en el artículo 109 de la Ley 5/2023, de 7 de
junio, y en el Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el que se regula el ingreso, la promoción
interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función
Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía, con la presente oferta
se establece una reserva de plazas no inferior al 10 por ciento de las vacantes para ser
cubiertas entre personas con discapacidad, reservando dentro del mismo un porcentaje
específico del 2 por ciento para personas con discapacidad intelectual y un 1 por ciento
para personas con enfermedad mental que acrediten un grado de discapacidad igual
o superior al 33 por ciento, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten
su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. En caso de no
cubrirse las plazas vacantes reservadas para el turno de discapacidad, se acumularán a
posteriores ofertas hasta un límite del 10 por ciento de las plazas no cubiertas.
El presente decreto cumple con los principios de buena regulación a los que se refieren
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 7.bis del Decreto 622/2019, de
27 de diciembre, de Administración electrónica, simplificación de procedimientos y
racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
En primer lugar, este decreto responde a los principios de necesidad y eficacia, para
dar cumplimiento a la obligación establecida en el artículo 91 de la Ley 5/2023, de 7
de junio, de aprobar anualmente la oferta de empleo público. También para ofrecer una
solución a los motivos de interés general que sustentan la oferta de empleo público:
garantizar la calidad de la prestación de los servicios públicos en lo que se refiere a la
adecuada dotación de los recursos humanos en la Administración General de la Junta
de Andalucía que son necesarios para ello, asegurar el derecho de las personas con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía