Autoridades y personal. . (2024/252-14)
Decreto 274/2024, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2024, de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 252 - Martes, 31 de diciembre de 2024

página 56563/3

En ese sentido, el presente decreto establece la obligatoriedad de que las personas
solicitantes se relacionen electrónicamente para ciertos trámites a realizar durante el
proceso, pero también se incluye la obligación para el órgano convocante de garantizar,
en caso necesario, el acceso y la disponibilidad de los medios tecnológicos precisos
para ello. Por tanto, cualquier persona que quiera participar en los procesos selectivos
que deriven de la presente oferta podrá hacerlo independientemente de su capacidad
económica, técnica, dedicación profesional u otras circunstancias.
En la elaboración del decreto se ha tenido en cuenta el principio de transversalidad
de género, conforme a lo previsto en los artículos 5 y 31 de la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, según el cual los
poderes públicos integrarán la perspectiva de igualdad de género en la elaboración,
ejecución y seguimiento de las disposiciones normativas, con el objeto de eliminar los
efectos discriminatorios que pudieran causar y para fomentar la igualdad entre mujeres y
hombres.
Debe destacarse que en el procedimiento de elaboración de esta norma se han
cumplido las previsiones contenidas tanto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, como
en el Capítulo IV del Título III del TRLEBEP, respecto de la negociación previa con las
Organizaciones Sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de la Negociación de la
Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía.
Asimismo, el presente decreto cumple con los principios de buena regulación a los
que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con los extremos que
prevén los artículos 7 y 7.ter del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración
electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de
Andalucía.
Por un lado, se adecúa a los principios de necesidad y eficacia, ya que la aprobación
de esta oferta de empleo público está justificada por una razón de interés general, al
contribuir a asegurar el correcto funcionamiento de los servicios públicos, mediante la
incorporación de nuevo personal, con una identificación clara de los fines perseguidos,
y es el instrumento más adecuado para garantizar su consecución, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 70 del TRLEBEP.
También se adecúa al principio de proporcionalidad, ya que esta norma contiene las
previsiones imprescindibles para atender la necesidad a cubrir, que es aprobar la oferta
de empleo público de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud para el año
2024.
En aplicación del principio de eficiencia, la iniciativa no incluye cargas administrativas
innecesarias o accesorias para la ciudadanía ni para las empresas y racionaliza, en su
aplicación, la gestión de los recursos públicos. Por otra parte, se avanza en el uso y
mejora permanente de los medios tecnológicos que se disponen para la gestión de los
procesos selectivos que se deriven de esta oferta, lo que permitirá una ejecución más
eficiente de dichos procesos.
Igualmente, este decreto responde al principio de seguridad jurídica, puesto
que se dicta en coherencia con el ordenamiento jurídico autonómico, con respeto del
ordenamiento nacional y de la Unión Europea, generando un marco normativo estable,
predecible, integrado, claro y de certidumbre.
Por último, en relación con el principio de transparencia, si bien de acuerdo con
el artículo 70 del TRLEBEP, la oferta de empleo público constituye un instrumento de
gestión de la provisión de las necesidades de personal, y atendiendo a dicho carácter
organizativo esencial, está exenta de los distintos trámites propios de la participación
pública, esto es, la consulta pública previa, audiencia e información públicas, el contenido
del proyecto se ha puesto en conocimiento de las organizaciones más representativas
del personal sanitario mediante su negociación en la Mesa Sectorial y se ha permitido su
conocimiento por parte de la ciudadanía mediante la publicación del expediente elaborado
durante su tramitación en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313513

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía