Disposiciones generales. . (2024/252-1)
Decreto 270/2024, de 16 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 252 - Martes, 31 de diciembre de 2024
página 55980/12
b) La atención y respuesta ciudadana a las situaciones de urgencia y emergencia
mediante un sistema integral de prevención, atención y respuesta.
c) La gestión de emergencias de protección civil en Andalucía cualquiera que sea
su naturaleza, así como la coordinación de operativos y organismos públicos y privados
llamados a intervenir directa o indirectamente en la gestión de dichas situaciones.
d) La gestión integral de las emergencias, así como la planificación de la prevención y
la lucha contra los incendios forestales y las emergencias de éstos derivadas.
e) La planificación preventiva para la reducción de riesgos y la planificación operativa
para la respuesta a su manifestación, implantando un modelo integral de planificación
de emergencias eficaz y homogéneo en el ámbito territorial de Andalucía, así como
la elaboración del Plan territorial de emergencia de la Junta de Andalucía, los planes
especiales y específicos y un adecuado programa de implantación y mantenimiento de
los mismos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
f) La gestión de los incendios forestales que se produzcan, genere o no la activación
de planes de emergencia, así como el conocimiento de la causa de los mismos, el análisis
territorial de resultados y su evolución y su traslación en forma de informes técnicos
motivados como base de las políticas preventivas.
g) La redacción, tramitación, dirección y ejecución de proyectos para la reducción
del riesgo de incendio forestal y de interfaz, en coordinación con las competencias y
funciones que ostenten otras Consejerías, agencias o entes instrumentales de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, así como la elaboración de índices de riesgo y
peligro meteorológico.
h) La elaboración e implementación de protocolos y procedimientos de intervención
en incendios forestales y otras emergencias en el medio natural, así como el diseño de
medidas que mejoren la seguridad operativa en dichas intervenciones para la resolución
de las emergencias, con apoyo en un sistema de gestión documental que permita la
adecuada difusión de la información tanto a los profesionales de la Agencia como a la
ciudadanía en general.
i) La integración de los recursos autonómicos de prevención, planificación y respuesta
a emergencias: Servicios de Protección Civil, Centro de Coordinación de Emergencias
112-Andalucía y el Servicio Operativo de Extinción de Incendios Forestales de Andalucía
(Operativo INFOCA), y la coordinación del resto de servicios de intervención, cualquiera
que sea su titularidad, de acuerdo con los distintos Planes de Emergencias.
j) El control y ejecución de las competencias legales del centro de coordinación
de emergencias, así como de los puestos de mando avanzados en los supuestos de
activación de los correspondientes Planes de emergencia, en función de su nivel de
activación.
k) La activación de los mecanismos administrativos para la prevención y mitigación
de las emergencias, así como la protección de las personas y, en su caso, de los bienes
amenazados por la concurrencia de dichas circunstancias.
l) La elaboración de estudios, catálogos y mapas de riesgos, catálogos de recursos,
estadísticas y demás informes técnicos en materia de emergencias y protección civil,
sobre la base de los objetivos del Plan Estadístico y Cartográfico para asistir en la toma
de decisiones para las labores de gobierno.
m) El desarrollo e implantación de servicios propios de coordinación, apoyo y
asesoramiento técnico en emergencias.
n) El impulso de la coordinación entre los distintos departamentos y entidades
implicadas en la prevención, preparación y respuesta a las emergencias.
o) El apoyo a los distintos servicios o entidades que intervengan en casos de emergencia
en lo relativo a la planificación, formación, logística operativa y de comunicaciones.
p) El diseño y la impartición de la formación de ingreso, promoción interna y formación
continua de los miembros de los cuerpos de la Policía local de Andalucía, así como del
personal de otros servicios de seguridad de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312926
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 55980/12
b) La atención y respuesta ciudadana a las situaciones de urgencia y emergencia
mediante un sistema integral de prevención, atención y respuesta.
c) La gestión de emergencias de protección civil en Andalucía cualquiera que sea
su naturaleza, así como la coordinación de operativos y organismos públicos y privados
llamados a intervenir directa o indirectamente en la gestión de dichas situaciones.
d) La gestión integral de las emergencias, así como la planificación de la prevención y
la lucha contra los incendios forestales y las emergencias de éstos derivadas.
e) La planificación preventiva para la reducción de riesgos y la planificación operativa
para la respuesta a su manifestación, implantando un modelo integral de planificación
de emergencias eficaz y homogéneo en el ámbito territorial de Andalucía, así como
la elaboración del Plan territorial de emergencia de la Junta de Andalucía, los planes
especiales y específicos y un adecuado programa de implantación y mantenimiento de
los mismos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
f) La gestión de los incendios forestales que se produzcan, genere o no la activación
de planes de emergencia, así como el conocimiento de la causa de los mismos, el análisis
territorial de resultados y su evolución y su traslación en forma de informes técnicos
motivados como base de las políticas preventivas.
g) La redacción, tramitación, dirección y ejecución de proyectos para la reducción
del riesgo de incendio forestal y de interfaz, en coordinación con las competencias y
funciones que ostenten otras Consejerías, agencias o entes instrumentales de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, así como la elaboración de índices de riesgo y
peligro meteorológico.
h) La elaboración e implementación de protocolos y procedimientos de intervención
en incendios forestales y otras emergencias en el medio natural, así como el diseño de
medidas que mejoren la seguridad operativa en dichas intervenciones para la resolución
de las emergencias, con apoyo en un sistema de gestión documental que permita la
adecuada difusión de la información tanto a los profesionales de la Agencia como a la
ciudadanía en general.
i) La integración de los recursos autonómicos de prevención, planificación y respuesta
a emergencias: Servicios de Protección Civil, Centro de Coordinación de Emergencias
112-Andalucía y el Servicio Operativo de Extinción de Incendios Forestales de Andalucía
(Operativo INFOCA), y la coordinación del resto de servicios de intervención, cualquiera
que sea su titularidad, de acuerdo con los distintos Planes de Emergencias.
j) El control y ejecución de las competencias legales del centro de coordinación
de emergencias, así como de los puestos de mando avanzados en los supuestos de
activación de los correspondientes Planes de emergencia, en función de su nivel de
activación.
k) La activación de los mecanismos administrativos para la prevención y mitigación
de las emergencias, así como la protección de las personas y, en su caso, de los bienes
amenazados por la concurrencia de dichas circunstancias.
l) La elaboración de estudios, catálogos y mapas de riesgos, catálogos de recursos,
estadísticas y demás informes técnicos en materia de emergencias y protección civil,
sobre la base de los objetivos del Plan Estadístico y Cartográfico para asistir en la toma
de decisiones para las labores de gobierno.
m) El desarrollo e implantación de servicios propios de coordinación, apoyo y
asesoramiento técnico en emergencias.
n) El impulso de la coordinación entre los distintos departamentos y entidades
implicadas en la prevención, preparación y respuesta a las emergencias.
o) El apoyo a los distintos servicios o entidades que intervengan en casos de emergencia
en lo relativo a la planificación, formación, logística operativa y de comunicaciones.
p) El diseño y la impartición de la formación de ingreso, promoción interna y formación
continua de los miembros de los cuerpos de la Policía local de Andalucía, así como del
personal de otros servicios de seguridad de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312926
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía