Disposiciones generales. . (2024/251-5)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca en el año 2024 la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, para los años 2025 y 2026, destinadas a la financiación de la oferta formativa de Formación Profesional para el Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y personas trabajadoras ocupadas, en la provincia de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024

página 56372/16

IX. SEGURO DE ACCIDENTES Y RESPONSABILIDAD CIVIL
La entidad beneficiaria se constituirá en tomadora de una póliza de seguro de
accidentes y de responsabilidad civil, incluyendo:
1.º El riesgo de accidentes que pudieran producirse como consecuencia de la
asistencia a las acciones formativas incluidas, así como los desplazamientos de dichos
participantes a otras empresas o establecimientos que se organicen en apoyo al
desarrollo de las acciones formativas.
2.º Asimismo, deberá darse cobertura por responsabilidad civil frente a terceros a
los posibles riesgos derivados del desarrollo de la acción formativa incluida las visitas
didácticas y la realización de práctica profesionales no laborales,
La póliza del seguro podrá ser suscrita específicamente para cada acción formativa o
de forma colectiva para varias acciones formativas. En uno y otro caso, la póliza indicará
con exactitud la fecha de inicio y de vencimiento, el número identificador de la acción
formativa, el número de alumnado participante asegurado y las coberturas contratadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313318

b) Documentación justificativa de la acreditación de los requisitos de acceso a la
acción formativa del alumnado participante y de reserva.
c) Acuerdo entre la entidad de formación y las empresas para la realización de
prácticas profesionales no laborales.
5. Las entidades beneficiaras comunicarán a la Delegación Territorial de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo de Cádiz a través del aplicativo de gestión las bajas y altas
del alumnado y las fechas en que se producen, en un plazo inferior a 4 días desde que
estas tengan lugar. Asimismo, deberá remitir información sobre el control de asistencia
mensual.
6. Las entidades beneficiaras remitirán a la Delegación Territorial de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo de Cádiz el Informe de Evaluación Individualizado, en un plazo de
10 días desde la finalización del mismo, pudiéndose ampliar tal como se especifica en el
artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Del mismo modo, se presentarán el Acta
de Evaluación, firmado por la persona responsable/dirección del centro y las personas
que ejerzan como formadoras del grupo de alumnado, así como los documentos donde
se reflejen los resultados de la misma.
7. Comunicación de la suspensión de la acción formativa por un motivo sobrevenido,
especificando la fecha en la que se produce la interrupción y el motivo. Así como la
reprogramación de la acción formativa, en su caso.
8. Comunicación de programación de sesiones formativas mediante aula virtual, en
su caso.
9. La entidad cumplimentará en el aplicativo de gestión esta documentación relativa
al seguimiento y desarrollo de la acción formativa, que será objeto de comprobación
formal, conforme al contenido, plazos y procedimiento que a tal efecto se establezcan en
esta convocatoria, mediante su validación por el personal técnico asignado a su control
y seguimiento. Para poder dar por válida la ejecución de una acción formativa a efectos
de justificación económica y de acreditación de la formación, todos estos documentos y
trámites deben estar debidamente validados/aplicados en dicho sistema informático.
10. Las entidades beneficiarias darán la adecuada publicidad a la financiación de
la Junta de Andalucía de acuerdo con las medidas de publicidad e imagen corporativa
establecidas en el Manual de Buenas Prácticas para la normalización de Fuentes
y Registros Administrativos de la Junta de Andalucía del Instituto de Estadística y
Cartografía de Andalucía. Además, todos los materiales, imágenes y documentación
utilizados evitarán cualquier imagen discriminatoria y estereotipos sexistas y deberán
fomentar valores de igualdad, pluralidad de roles y corresponsabilidad entre mujeres
y hombres, de conformidad con el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el
Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, el cual fue aprobado a través del
Decreto 218/2020, de 21 de diciembre.