Disposiciones generales. . (2024/251-5)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca en el año 2024 la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, para los años 2025 y 2026, destinadas a la financiación de la oferta formativa de Formación Profesional para el Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y personas trabajadoras ocupadas, en la provincia de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024

página 56372/11

II. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO
Para participar en las acciones formativas subvencionadas en esta convocatoria la
persona solicitante deberá cumplir los requisitos del resuelve quinto. En el caso de que en
los requisitos de acceso a la especialidad se exija una prueba de acceso, será requisito
imprescindible la superación de la misma.
III. PROCESO DE ADMISIÓN
A) Solicitudes:
1. La solicitud de participación para esta oferta formativa, que se presentará mediante
el modelo normalizado que figura como Anexo III Solicitud Participación en la presente
convocatoria, se encontrará disponible en la siguiente URL:
https://www.juntadeandalucia.es/empleoformacionytrabajoautonomo/oficinavirtualFPE/
ov-fpe/#!welcome
2. La solicitud podrá presentarse de forma telemática, ante el Registro Electrónico
Único de la Administración de la Junta de Andalucía o presencialmente en la entidad de
formación adjudicataria. En este último caso, presentada la solicitud y documentación,
la entidad de formación deberá entregar a la persona solicitante un resguardo donde
constarán sus datos personales, la denominación del programa formativo solicitado, la
fecha de presentación y el sello de la empresa o entidad.
3. La entidad de formación determinará, para cada una de las acciones formativas a
impartir, el plazo de presentación de solicitudes por parte de las personas participantes.

C) Admisión:
1. Las solicitudes presentadas de forma presencial, serán mecanizadas por la entidad
de formación en el aplicativo de gestión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313318

B) Documentación acreditativa de acceso del resuelve quinto:
1. El cumplimiento de los requisitos de titulación de acceso se acredita con la siguiente
documentación acreditativa del requisito de nivel máximo de formación:
a) La aportación del correspondiente título o certificado profesional.
b) Certificados que acrediten el cumplimiento de los requisitos de las pruebas de
acceso a la universidad para mayores de 25 años o de 45 años.
c) Certificados que acrediten haber superado con evaluación positiva las pruebas de
acceso al ciclo formativo de grado medio o superior.
2. En el caso de personas trabajadoras desempleadas, serán tenidos en cuenta para
la acreditación de los requisitos de acceso únicamente los que se encuentren registrados
en la demanda de empleo del Sistema de Intermediación Laboral del Servicio Andaluz
de Empleo, salvo en los casos b) y c) del apartado 1, en los que, junto a la solicitud de
participación deberá presentarse dicha documentación acreditativa.
3. En el caso de personas trabajadoras ocupadas ademas deberán presentar copia
del documento nacional de identidad (DNI) de solicitante o del documento o tarjeta de
identidad de extranjero (NIE) y la acreditación de la condición de persona trabajadora
ocupada que se realizará con la aportación de informe de vida laboral
4. En aplicación del artículo 29.2 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los
Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía en el caso de
persona con discapacidad, deberá acreditar tener reconocida una discapacidad igual o
superior al 33%, mediante certificación emitida por el órgano competente de la Junta de
Andalucía u otras Administraciones Públicas competentes.
5. La entidad de formación deberá custodiar y mantener a disposición de la
Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de Cádiz las solicitudes y
la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.