3. Otras disposiciones. . (2024/251-57)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades locales beneficiarias para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como para la atención del alumnado inmigrante, curso 2024-2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024

página 56421/14

Gastos:
- Personal contratado:
Integrador/a Social: Técnico Superior Integración Social - 18,75 horas/semana - 3,5 meses
Núm.

Conceptos

Retribución
Devengada

Seguridad
Social

Total

1

Retribución mensual

1.128,06 €

360,19 €

1.488,26 €

2

Retribución total (01/03/2025-15/06/2025)

4.512,25 €

1.440,77 €

5.953,02 €

La cantidad total concedida para la ejecución de este proyecto, que asciende a
5.953,02 € (cinco mil novecientos cincuenta y tres euros con dos céntimos), se hará efectiva
en un pago, con cargo a la aplicación presupuestaria 1100020000/G/42F/46100/11/01 del
ejercicio económico del año 2024, correspondiente al 100% de la subvención concedida,
que se efectuará tras la firma de esta Resolución Definitiva y que deberá ser justificado a
los seis meses tras el abono del mismo, nunca después del 31 de agosto de 2025.
5. Como recoge el apartado 4.c) del Cuadro resumen de la Orden de 15 de abril
de 2011, se establece como excepción a los requisitos señalados en el artículo 3.3 de
las Bases reguladoras, que deben cumplir las entidades locales beneficiarias de esta
línea de subvención, el no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no
tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Junta
de Andalucía.
6. Justificación de la subvención: Las entidades locales, objeto de estas subvenciones,
estarán sujetas a lo que se establece en el artículo 27 de las Bases reguladoras aprobadas
en la Orden de 15 de abril de 2011 y tal como se concreta en el Cuadro resumen según
el apartado 26. f) 6º, esto es, Justificación mediante certificación de la Intervención de
la entidad beneficiaria, según el modelo que queda recogido en en ANEXO III de la
presente Resolución. La Memoria relativa a la ejecución del proyecto, que forma parte
del citado ANEXO III, no podrá tener carácter genérico y, por tanto, deberá especificar,
en todos y cada uno de los centros donde se haya producido la intervención, el colectivo,
alumnos, curso a los que pertenecen los mismos, las tareas realizadas por los mismos
en cada una de las actividades de manera que sea plenamente identificada a la actividad
subvencionada para el centro y el curso 2024-2025.
7. Como se recoge en el Artículo 24 de las Bases reguladoras de la Orden de 15 de
abril de 2011, son obligaciones de la entidad local beneficiaria:
a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el
comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones en la forma y plazos
establecidos.
b) Justificar ante el órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, el
cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el
cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente
o, en su caso, la entidad colaboradora, así como cualesquiera otras de comprobación
y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto
nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el
ejercicio de las actuaciones anteriores.
d) El sometimiento a las actuaciones de comprobación y control financiero que
corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación con las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313364

Presupuesto aceptado: 5.953,02 €.
Subvención concedida: 5.953,02 € (1.º pago: 5.953,02 €).
Porcentaje de subvención: 100%.