3. Otras disposiciones. . (2024/251-57)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades locales beneficiarias para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como para la atención del alumnado inmigrante, curso 2024-2025.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024

página 56421/15

subvenciones y ayudas concedidas, y a las previstas en la legislación del Tribunal de
Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, facilitando cuanta información le sea
requerida por dichos órganos.
e) Comunicar al órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, la
obtención de otras subvenciones, ayudas,ingresos o recursos que financien las
actividades subvencionadas, de cualesquiera Administraciones o entes públicos o
privados, nacionales o internacionales. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto
como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada
a los fondos percibidos.
Asimismo, se comunicará cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta
para la concesión de la subvención.
f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos
debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial
aplicable a la persona beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados contables
y registros específicos sean exigidos en el apartado 22 del Cuadro resumen, con la
finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
h) Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u
objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Administración de la
Junta de Andalucía, indicando la Consejería o Agencia que la ha concedido, utilizando
un lenguaje no sexista. En los supuestos de subvenciones financiadas con fondos
comunitarios, se deberá cumplir con las disposiciones que sobre información y publicidad
se dicten por la Unión Europea. En todo caso, se deberán adoptar las medidas específicas
de información y publicidad que se indican en el apartado 23.a) del Cuadro resumen:
1.º Hacer constar en toda la información o publicidad que se efectúe de las
actividades, que éstas han sido subvencionadas por la Junta de Andalucía a través
de la Consejería competente en materia de educación.
2.º En el caso de editarse materiales didácticos o publicitarios, e imputarse gastos
de este tipo, deberá adjuntarse un ejemplar de los mismos en el que figurará
inexcusablemente la referencia de la financiación de la Junta de Andalucía.
i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el
Artículo 28 de la Orden citada, y que se especifican en el punto 8.
j) Comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio o de la dirección de correo
electrónico durante el período en el que la subvención es susceptible de control.
8. Asimismo, en aplicación de lo establecido en el apartado Duodécimo de la
Resolución de 13 de junio de 2024 (BOJA N.º 119, de 20/06/2024), que convoca
estas ayudas para el curso 2024/2025 y en cumplimiento del artículo 13.5 de la Ley
Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del menor, cuya aplicación se
regula a través de la Instrucción 1/2016, de 05 de febrero, de la Secretaría General para
la Administración Pública, que, cuando las subvenciones se destinen en todo o en parte al
desempeño de funciones que impliquen contacto habitual con menores, será obligatorio
para la entidad solicitante de la subvención, la aportación de la declaración responsable
de que todo el personal al que corresponde la realización de esas tareas cuenta con el
Certificado Negativo del Registro Central de delincuentes sexuales.
9. Como se señala en el Artículo 28 de las Bases reguladoras de la Orden de 15 de
abril de 2011 y tal como se concreta en el apartado 27 del Cuadro resumen, se producirá
reintegro:
9.1. Además de los casos de nulidad y anulabilidad de la resolución de concesión
previstos en el artículo 36 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, procederá también
el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313364

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía