Disposiciones generales. . (2024/251-6)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones reguladas en la Orden de 17 de septiembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades de asistencia técnica y de actividades de información, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024

página 56290/4

Tercero. Régimen jurídico.
La solicitud, concesión y aplicación de estas subvenciones se regirán, además de por
la presente convocatoria, por lo establecido en las siguientes disposiciones:
a) Orden de 17 de septiembre de 2024 (BOJA núm. 185, de 23 de septiembre de
2024), y los cuadros resumen que en ella se insertan para cada una de las dos líneas de
subvención.
b) Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras
tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de
diciembre de 2019).
c) Con carácter específico, las presentes subvenciones se regirán por las normas
a las que hace referencia el apartado 3 de los cuadros resumen de la Orden de 17 de
septiembre de 2024, que a continuación se relacionan:
- Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7.1, 17.1, 18.1, y 20 a 25 de la Orden TES/864/2023, de 21
de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito
de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
prevención de Riesgos Laborales.
- Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313235

Estas acciones de información serán de acceso libre y totalmente gratuitas para las
personas destinatarias, cualquiera que sea el tipo de acción de información y medio por
el que se materialice, entre los especificados en el apartado 2.a) del cuadro resumen, u
otros que la entidad solicitante proponga y sean aprobados por el IAPRL.
De cada una de las acciones de información ejecutadas, al objeto de realizar la
completa justificación de la subvención conforme al apartado 26 del cuadro resumen, se
recabará y remitirá al IAPRL la información contenida en el apartado 23.b).3.º del cuadro
resumen que se relaciona a continuación:
a) Fecha y ámbito geográfico en que se realizó la acción de información.
b) Tipo de acción (campaña informativa, curso, conferencia...) y medio por el que se
realizó (cartel, portal web, canal de radio/televisión, seminario o jornada...).
c) Materia concreta que trata, de entre las determinadas para esta convocatoria
(riesgos psicosociales, riesgos de trabajos en altura, seguridad vial laboral, colectivos
vulnerables y enfermedades profesionales).
d) Número de personas destinatarias de la acción de información con desglose por
sexo.
e) Identificación de dichas personas, (nombre, teléfono de contacto y sector de
actividad).
f) Encuesta de valoración o satisfacción de las personas destinatarias de la acción de
información.
Los datos de las letras d), e), y f) anteriores, se requerirán sólo si el tipo de acción y
medio por el que se realice lo permite.
2. En toda información y publicidad de las acciones de ambas líneas de subvención,
conforme al apartado 23.a).1.º de los cuadros resumen de la Orden de 17 de septiembre
de 2024, las entidades beneficiarias, para dar la adecuada publicidad al carácter público
de la financiación de la actividad subvencionada, siempre deberán incorporar, en los
distintos soportes utilizados, el logotipo de la Junta de Andalucía, y la denominación
del órgano concedente «Junta de Andalucía. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo. Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales», situados ambos a la
misma altura y con el mismo tamaño que los propios de las entidades beneficiarias de la
subvención.