3. Otras disposiciones. . (2024/250-34)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Universidad de Córdoba, por la que se publica el presupuesto de la misma para el año 2025.
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DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
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CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:

ORGANISMO: UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA

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4.

Número 250 - Viernes, 27 de diciembre de 2024

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expedientes, estableciendo los procedimientos aplicables para la muestra, de manera que se
garantice la fiabilidad y objetividad de la información.
El desarrollo de la fiscalización e intervención previa se realizará mediante la fiscalización e
intervención en régimen de requisitos básicos. De acuerdo con lo anterior, se definen los requisitos
o trámites esenciales mínimos a comprobar en la fiscalización e intervención previa limitada, a los
efectos de la formulación de los reparos que procedan.
En este sentido, la no aplicación de la fiscalización plena y el reflejo de determinados extremos
objeto de verificación, podrán permitir la comprobación posterior de los aspectos no examinados en
las actuaciones de control previo, quedando englobada en las actuaciones de control financiero
permanente.
Por tanto, el examen de los expedientes de gasto en que consiste la fiscalización previa estará
limitado a comprobar que la documentación aportada por el órgano gestor del expediente reúne los
requisitos básicos que se establecen en el apartado siguiente.
La fiscalización e intervención previa a que se refieren los párrafos anteriores, se limitará a
comprobar los extremos siguientes:
a)
La existencia de crédito presupuestario y que el propuesto es el adecuado y suficiente a la
naturaleza del gasto u obligación que se proponga contraer.
b)
En los casos en los que el crédito presupuestario dé cobertura a gastos con financiación
afectada se comprobará que los recursos que los financian son ejecutivos, acreditándose con
la existencia de documentos fehacientes que acrediten su efectividad.
c)
Cuando se trate de contraer compromisos de gastos de carácter plurianual se comprobará,
además, si se cumple lo establecido en el Presupuesto de la Universidad de Córdoba.
d)
Se entenderá que el crédito es adecuado cuando financie gastos u obligaciones a contraer
cumpliendo los requisitos y reglas presupuestarias de temporalidad, especialidad y
especificación reguladas en el Texto Articulado de la Universidad de Córdoba.
e)
Que la autorización, el compromiso de los gastos y el reconocimiento de las obligaciones se
proponen al órgano competente.
f)
La competencia del órgano que dicte el acto administrativo, cuando dicho órgano no tenga
atribuida la facultad para la aprobación de los gastos de que se trate.
g)
Que los expedientes de compromiso de gasto responden a gastos aprobados y, en su caso,
fiscalizados favorablemente.
h)
Que los expedientes de reconocimiento de obligaciones corresponden a gastos aprobados y
comprometidos y, en su caso, fiscalizados favorablemente.
i)
Aquellos otros extremos que, atendiendo a la naturaleza de los distintos actos, documentos o
expedientes, estén contemplados en la normativa reguladora.
La revisión de los aspectos adicionales a los que hace referencia la letra i) anterior se limitará a la
siguiente comprobación:
a) Que existe el soporte documental requerido por la normativa aplicable.
b) Que los informes preceptivos sean favorables.
No obstante, en atención a la Disposición Adicional primera del Reglamento 5/2018 por el que se
regula el Control Interno en la Universidad de Córdoba, el Servicio de Control Interno, en el ámbito
de sus competencias, podrá emitir instrucciones precisas y/o guías de fiscalización que establezcan
un mayor alcance de verificación de normas, procedimientos, principios, planes y mecanismos
dentro del Sistema de Control Interno como proceso integral efectuado por los órganos de gobierno
y todo el conjunto del personal de la UCO.
Dicho Sistema de Control Interno se imbrica de manera transversal en la estructura de la
Universidad de Córdoba, integrándose en los procesos de gestión que esta desarrolla para la
consecución de sus fines y está diseñado con objeto de aportar una seguridad razonable de que, en
el ejercicio de las funciones que la Ley Orgánica del Sistema Universitario le encomienda, se

00313311

5.

ANEXO II yde
III la Junta de Andalucía
Boletín Oficial

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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