3. Otras disposiciones. . (2024/250-27)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio por el que se regula la encomienda de gestión de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía a la Junta Central de Usuarios del Canal de la Cota 100, para la explotación, mantenimiento y conservación del Canal de la Cota 100 de la margen izquierda del Río Guadalfeo y sus infraestructuras complementarias (tt.mm. de Motril, Gualchos, Lújar, Rubite, Polopos, Sorvilán y Albuñol, provincia de Granada).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Viernes, 27 de diciembre de 2024

página 56247/3

IV. La cuenca del río Guadalfeo cuenta con dos embalses para su regulación
formados por las presas de Béznar y Rules. Está prevista la construcción de una nueva
red de conducciones que partiendo de estas presas permita el aprovechamiento de las
aguas almacenadas en los embalses para riego y abastecimiento urbano de la costa de
Granada, desde Almuñécar hasta Albuñol, por debajo de la cota 400 aproximadamente.
Actualmente, y mientras no entre en funcionamiento la nueva red, el aprovechamiento
de las aguas se realiza a partir del Azud de Vélez, desde donde se alimentan los canales
de los antiguos riegos de Motril y Salobreña por debajo de la cota 50, los nuevos riegos
de Motril y Salobreña a través de los canales de la cota 100, y las ampliaciones de estos
últimos hasta la cota 200. El canal de la cota 100 de la margen izquierda del río Guadalfeo
también conduce agua para el abastecimiento urbano de Motril y Castell de Ferro.
El Canal de los Nuevos Regadíos de Motril, o Canal de la Cota 100 de la margen
izquierda del río Guadalfeo, comienza en un partidor que se localiza junto a la rambla de
Cañizares, y termina en los depósitos de cola que la Comunidad de Regantes de MotrilCarchuna y Cota 200, en Carchuna. La longitud total del canal es de unos 25,80 km, de los
que Confederación Hidrográfica del Sur construyó aproximadamente 22,50 km, el resto
fueron construidos por el IRYDA, dentro de las obras previstas en el Plan Coordinado de
las obras de Nuevos Regadíos de Motril y Salobreña.
Este canal se utiliza para transportar el agua para el riego de los terrenos
comprendidos entre las cotas 50 y 200 en la margen izquierda del río Guadalfeo, entre
dicho río y la rambla del Chozón. La titular de estos riegos es la Comunidad de Regantes
de Motril-Carchuna y Cota 200. Los planes coordinados de obras de los nuevos regadíos
de Motril y Salobreña (entre las cotas 50 y 100), y de las obras de ampliación (entre
las cotas 100 y 200) fueron aprobados por Orden de la Presidencia del Gobierno de
3.12.1953 y Orden Ministerial de 14.11.1984 respectivamente.
El agua necesaria para el abastecimiento del núcleo urbano de Motril se deriva
también desde este mismo canal, siendo la titular de la concesión la Mancomunidad de
Municipios de la Costa Tropical de Granada.
A continuación del Canal de la cota 100 existen otras obras hidráulicas construidas
por distintos órganos de la Administración, que son complementarias al canal, y que
permiten el aprovechamiento de las aguas derivadas en el Azud de Vélez por un territorio
que se extiende desde el municipio de Motril al de Sorvilán. Son las obras construidas
con los siguientes proyectos:
• El «Proyecto de Conducción desde el Canal de la Cota 100 de los Nuevos Regadíos
de Motril a la Rambla de Lújar. tt.mm. de Motril y Gualchos (Granada)» con Clave
A6.318.611/2141. Esta actuación fue impulsada por la Consejería de Obras Públicas y
Transportes de la Junta de Andalucía, finalizando las obras el 30 de marzo de 1992.
El proyecto incluyó, entre otras obras, una toma al final del Canal de la Cota 100, un
depósito de 3.000 m3 de capacidad para recoger el agua de la toma, una impulsión desde
dicho depósito a un segundo depósito elevado de 15.000 m³ (deposito de La Contraviesa),
una tubería de conducción desde el depósito elevado a un tercer depósito de regulación
de 35.000 m³ (balsa de las Estancias) y una tubería de distribución que parte del depósito
de regulación y llega hasta la barriada del Romeral de Gualchos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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que tienen por objeto garantizar la disponibilidad y aprovechamiento del agua en dicho
territorio.
En base a ello, se traspasaron a la Junta de Andalucía los bienes inmuebles
e instalaciones de los que era titular la Administración del Estado y la Confederación
Hidrográfica del Sur, que figuraban detallados en la relación número 1 del Real Decreto
2130/2004, así como de cualesquiera otros de los que fueran titulares por hechos o
circunstancias anteriores a la efectividad del traspaso, en el ámbito territorial de la
Confederación Hidrográfica del Sur.