3. Otras disposiciones. . (2024/249-51)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se publica el Presupuesto de esta Universidad para el ejercicio económico 2025.
42 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024

página 56263/11

Artículo 39. Derechos derivados de actividades realizadas al amparo del artículo 60
de la Ley Orgánica del Sistema Universitario.
1. Los recursos derivados de las actividades realizadas al amparo del artículo 60 de
la Ley Orgánica del Sistema Universitario serán liquidados en el tiempo y la forma que se
establezcan en el correspondiente documento contractual.
2. El 85 por ciento de los derechos reconocidos quedarán afectados a la financiación
de los gastos que las actividades generen.
3. El 15 por ciento restante se distribuirá de la siguiente manera:
a) Si el beneficiario elegido es un Instituto de Investigación creado al amparo de los
Estatutos de la Universidad de Huelva y aprobado por Junta de Andalucía, la cuantía de
retorno resultará de aplicar los porcentajes progresivos que se especifican a continuación
a los costes indirectos totales generados.
a.1. Se aplicará el 70% a los costes indirectos generados hasta un máximo de
75.000 euros.
a.2. Se aplicará el 60% a los costes indirectos generados en la horquilla entre los
75.000,01 y los 150.000 euros.
a.3. Se aplicará el 50% a los costes indirectos generados a partir de 150.000,01 euros.
b) Si el beneficiario elegido es un Centro de Investigación creado al amparo de los
Estatutos de la Universidad de Huelva, resultará de aplicar el 50% a los costes indirectos
totales generados por Proyectos, Contratos o Convenios, en todos los casos.
c) Cuando el beneficiario elegido sea un Departamento, resultará de aplicar el 33% a
los costes indirectos totales generados por Proyectos, Contratos o Convenios, en todos
los casos.
d) El resto para el vicerrectorado con competencias en materia de investigación y
transferencia.
CAPÍTULO II
Gastos

Artículo 40. Centros de gasto.
1. Los centros de gasto son unidades dotadas de autonomía para la gestión de los
créditos que les son asignados dentro del Presupuesto de Gasto de la Universidad, así
como para proponer modificaciones de crédito a lo largo del ejercicio económico.
2. Corresponderá a los responsables de los centros de gasto:
a) Garantizar la economía, eficacia y eficiencia del gasto.
b) Asegurar el cumplimiento de la normativa de ejecución del Presupuesto, en
especial la relativa a contratación del Sector Público.
c) Disponer los gastos, que tendrán como límite el total de los créditos que tengan
asignados.
3. El Gerente, autorizará el establecimiento de Centros de Gasto, asignándoles la
gestión de los créditos recogidos en el Presupuesto, de conformidad con lo establecido
en estas bases. Asimismo, establecerá Centros de Gasto para cada uno de los proyectos
y contratos de investigación con una asignación equivalente a la disponibilidad del crédito
del proyecto o contrato y, en general, de aquéllos que tengan financiación externa, con
una asignación equivalente a dicha financiación. Dichos Centros de Gastos permanecerán
activos, como máximo, hasta el 31 de diciembre del ejercicio económico posterior a la
finalización de la actividad para la que se haya recibido la financiación afectada o finalista,
en que serán dados de baja por el Servicio de Asuntos Económicos.
Igualmente, se procederá a dar de baja a todos los centros de gasto con financiación
afectada o finalista que no hayan contraído obligaciones con cargo a dicha financiación
en los cuatro ejercicios anteriores.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313208

Sección I. Gestión de los gastos