Disposiciones generales. . (2024/249-7)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de cortometrajes en Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024
página 56124/6
- Modelo plan de distribución.
- Modelo trayectoria empresa.
- Modelo sinopsis.
- Modelo carta de compromiso.
- Modelo carta de interés.
Dichos modelos estarán disponibles para su uso en la web de la Agencia junto con
un modelo para comunicar la información y solicitar la autorización para subcontratar
servicios que deberán de utilizar con carácter obligatorio en el supuesto de que se prevea
recurrir a dicha figura para la ejecución de parte de la actividad que constituya el objeto
de la subvención concedida.
La documentación aportada con el Anexo I que no sea requerida por las bases
reguladoras no será tenida en cuenta a efectos de la valoración de la solicitud, ni
tampoco podrá tenerse por presentada cuando su aportación corresponda a otra fase
de la tramitación del procedimiento de concesión de la subvención, por lo que deberá
reiterarse la presentación de la misma en la fase procedimental que corresponda o bien
indicar a la Agencia el trámite en el que fue aportada.
Tampoco podrá tenerse en cuenta a efectos de la valoración de las solicitudes
los documentos no aportados, total o parcialmente, cuando dicha presentación fuere
preceptiva.
5.3. La presentación de la solicitud y del resto de documentación que ha de adjuntarse
a la misma, cuando los solicitantes sean personas jurídicas será exclusivamente
por medios telemáticos a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración
de la Junta de Andalucía (VEAJA), siendo la dirección electrónica de envío
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC
En consecuencia, la documentación aportada al procedimiento por las personas
jurídicas solicitantes por vías distintas a la establecida con carácter exclusivo determinará
la inadmisión de dicha documentación.
Cuando los solicitantes sean personas físicas el medio de presentación telemático
a través de Ventanilla Electrónica será preferente, siendo la dirección electrónica de
envío https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC sin perjuicio de su
presentación a través de los restantes medios referidos en el artículo 11.1 de la Orden de
19 de mayo de 2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo).
Cuando las personas físicas solicitantes utilicen los medios alternativos a la
Ventanilla Electrónica para la presentación de sus solicitudes deberán comunicarlo a la
Agencia el mismo día de su presentación, enviando un correo electrónico a la dirección
subvenciones.convocatoria.aaiicc@juntadeandalucia.es al que adjuntaran el recibo
acreditativo de dicha presentación.
No obstante, cuando la persona física solicitante reitere la presentación de la solicitud
u otra documentación por la Ventanilla Electrónica y por los diferentes medios permitidos,
en la misma fecha, se atenderá solamente a la documentación aportada a través de la
Ventanilla Electrónica, dado el carácter preferente otorgado a este medio. Si la misma
documentación es aportada por Ventanilla Electrónica y por los medios alternativos
permitidos a las personas físicas, en distintas fechas, se atenderá a la documentación
que sea presentada en fecha posterior siempre que la presentación se lleve a cabo dentro
del plazo concedido al efecto. Todo ello en aras a agilizar la tramitación procedimental y
facilitar la colaboración de los interesados en el procedimiento.
El plazo de presentación de solicitudes iniciará su cómputo el primer día hábil siguiente
al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en
el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones hasta el
29 de enero de 2025.
Una vez concluido dicho plazo se publicará en la página web de la Agencia
https://juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector.html el listado
provisional con la relación de solicitudes recepcionadas, con el objetivo de que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313070
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 56124/6
- Modelo plan de distribución.
- Modelo trayectoria empresa.
- Modelo sinopsis.
- Modelo carta de compromiso.
- Modelo carta de interés.
Dichos modelos estarán disponibles para su uso en la web de la Agencia junto con
un modelo para comunicar la información y solicitar la autorización para subcontratar
servicios que deberán de utilizar con carácter obligatorio en el supuesto de que se prevea
recurrir a dicha figura para la ejecución de parte de la actividad que constituya el objeto
de la subvención concedida.
La documentación aportada con el Anexo I que no sea requerida por las bases
reguladoras no será tenida en cuenta a efectos de la valoración de la solicitud, ni
tampoco podrá tenerse por presentada cuando su aportación corresponda a otra fase
de la tramitación del procedimiento de concesión de la subvención, por lo que deberá
reiterarse la presentación de la misma en la fase procedimental que corresponda o bien
indicar a la Agencia el trámite en el que fue aportada.
Tampoco podrá tenerse en cuenta a efectos de la valoración de las solicitudes
los documentos no aportados, total o parcialmente, cuando dicha presentación fuere
preceptiva.
5.3. La presentación de la solicitud y del resto de documentación que ha de adjuntarse
a la misma, cuando los solicitantes sean personas jurídicas será exclusivamente
por medios telemáticos a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración
de la Junta de Andalucía (VEAJA), siendo la dirección electrónica de envío
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC
En consecuencia, la documentación aportada al procedimiento por las personas
jurídicas solicitantes por vías distintas a la establecida con carácter exclusivo determinará
la inadmisión de dicha documentación.
Cuando los solicitantes sean personas físicas el medio de presentación telemático
a través de Ventanilla Electrónica será preferente, siendo la dirección electrónica de
envío https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC sin perjuicio de su
presentación a través de los restantes medios referidos en el artículo 11.1 de la Orden de
19 de mayo de 2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo).
Cuando las personas físicas solicitantes utilicen los medios alternativos a la
Ventanilla Electrónica para la presentación de sus solicitudes deberán comunicarlo a la
Agencia el mismo día de su presentación, enviando un correo electrónico a la dirección
subvenciones.convocatoria.aaiicc@juntadeandalucia.es al que adjuntaran el recibo
acreditativo de dicha presentación.
No obstante, cuando la persona física solicitante reitere la presentación de la solicitud
u otra documentación por la Ventanilla Electrónica y por los diferentes medios permitidos,
en la misma fecha, se atenderá solamente a la documentación aportada a través de la
Ventanilla Electrónica, dado el carácter preferente otorgado a este medio. Si la misma
documentación es aportada por Ventanilla Electrónica y por los medios alternativos
permitidos a las personas físicas, en distintas fechas, se atenderá a la documentación
que sea presentada en fecha posterior siempre que la presentación se lleve a cabo dentro
del plazo concedido al efecto. Todo ello en aras a agilizar la tramitación procedimental y
facilitar la colaboración de los interesados en el procedimiento.
El plazo de presentación de solicitudes iniciará su cómputo el primer día hábil siguiente
al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en
el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones hasta el
29 de enero de 2025.
Una vez concluido dicho plazo se publicará en la página web de la Agencia
https://juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector.html el listado
provisional con la relación de solicitudes recepcionadas, con el objetivo de que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313070
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía