Disposiciones generales. . (2024/249-7)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de cortometrajes en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024
página 56124/5
Quinto. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.
5.1. De conformidad con la disposición adicional única de la Orden de 19 de mayo de
2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de
concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de
cortometrajes en Andalucía, se aprueba el formulario de solicitud (Anexo I) y el formulario
para presentar alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación y la presentación
de documentos (Anexo II) de las subvenciones reguladas en la citada orden.
Tanto las citadas solicitudes, Anexo I, como los formularios de alegaciones, aceptación,
reformulación y presentación de documentación, Anexo II, a los que se refiere la Orden
de 19 de mayo de 2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), citada anteriormente, estarán
disponibles para su cumplimentación en el Catálogo de procedimientos y servicios de la
Administración de la Junta de Andalucía en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/10604.html, así como en la
página web de la Agencia en la dirección electrónica
https://juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector.html.
5.2. Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Dirección de la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales, deberán ir cumplimentadas por los interesados
directamente o por personas que acrediten su representación por cualquier medio válido
en Derecho y a las mismas se acompañara, a efectos de aplicar los criterios de valoración
establecidos en la Orden de 19 de mayo de 2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), la
documentación referida en el artículo 10 apartado 1.j) de las bases reguladoras así como
la declaración responsable contemplada en el apartado 1.i) del mismo artículo, debiendo
corresponderse el contenido de la información facilitada con el título del documento al
que se refiere.
A este fin, el Director de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en ejecución
de la facultad atribuida por la Disposición Final Primera de la Orden de 19 de mayo de
2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), aprueba mediante la presente resolución y a fin
de facilitar a los solicitantes la aportación de la documentación que ha de acompañar a
la solicitud de subvención, los modelos de documentos que se relacionan a continuación:
- Modelo presupuesto y modelo plan de financiación.
- Modelo de ficha artística y técnica.
- Modelo plan de rodaje.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313070
La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una Comisión de Valoración
constituida por un Presidente, cinco Vocalías y una Secretaría, en cuya composición
se tendrá en cuenta la presencia equilibrada de mujeres y hombres. Dicha comisión
llevará a cabo la evaluación de las solicitudes aplicando los siguientes criterios de
valoración, conforme al orden decreciente de importancia y ponderación que se señalan
a continuación:
a) Calidad y valor artístico y técnico del guión: Hasta 30 puntos.
b) Generación de actividad económica en Andalucía: Hasta 25 puntos.
c) El desarrollo del cortometraje en Andalucía: Hasta 20 puntos.
d) Interés cultural: Hasta 15 puntos.
e) Grado de acreditación del plan de financiación: Hasta 12 puntos.
f) El porcentaje de participación de mujeres en el equipo técnico de la producción
otorgando a cada proyecto: Hasta 10 puntos.
g) La experiencia y trayectoria profesional en los dos últimos años: Hasta 9 puntos.
h) Presentación, claridad en la exposición y descripción de los diferentes elementos
que conforman el dossier del proyecto, así como la concreción y coherencia del mismo:
Hasta 2 puntos.
i) Adecuación del presupuesto al proyecto: Hasta 2 puntos.
La resolución de la presente convocatoria de concesión de subvenciones corresponde
a la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024
página 56124/5
Quinto. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.
5.1. De conformidad con la disposición adicional única de la Orden de 19 de mayo de
2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de
concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de
cortometrajes en Andalucía, se aprueba el formulario de solicitud (Anexo I) y el formulario
para presentar alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación y la presentación
de documentos (Anexo II) de las subvenciones reguladas en la citada orden.
Tanto las citadas solicitudes, Anexo I, como los formularios de alegaciones, aceptación,
reformulación y presentación de documentación, Anexo II, a los que se refiere la Orden
de 19 de mayo de 2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), citada anteriormente, estarán
disponibles para su cumplimentación en el Catálogo de procedimientos y servicios de la
Administración de la Junta de Andalucía en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/10604.html, así como en la
página web de la Agencia en la dirección electrónica
https://juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector.html.
5.2. Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Dirección de la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales, deberán ir cumplimentadas por los interesados
directamente o por personas que acrediten su representación por cualquier medio válido
en Derecho y a las mismas se acompañara, a efectos de aplicar los criterios de valoración
establecidos en la Orden de 19 de mayo de 2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), la
documentación referida en el artículo 10 apartado 1.j) de las bases reguladoras así como
la declaración responsable contemplada en el apartado 1.i) del mismo artículo, debiendo
corresponderse el contenido de la información facilitada con el título del documento al
que se refiere.
A este fin, el Director de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en ejecución
de la facultad atribuida por la Disposición Final Primera de la Orden de 19 de mayo de
2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), aprueba mediante la presente resolución y a fin
de facilitar a los solicitantes la aportación de la documentación que ha de acompañar a
la solicitud de subvención, los modelos de documentos que se relacionan a continuación:
- Modelo presupuesto y modelo plan de financiación.
- Modelo de ficha artística y técnica.
- Modelo plan de rodaje.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313070
La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una Comisión de Valoración
constituida por un Presidente, cinco Vocalías y una Secretaría, en cuya composición
se tendrá en cuenta la presencia equilibrada de mujeres y hombres. Dicha comisión
llevará a cabo la evaluación de las solicitudes aplicando los siguientes criterios de
valoración, conforme al orden decreciente de importancia y ponderación que se señalan
a continuación:
a) Calidad y valor artístico y técnico del guión: Hasta 30 puntos.
b) Generación de actividad económica en Andalucía: Hasta 25 puntos.
c) El desarrollo del cortometraje en Andalucía: Hasta 20 puntos.
d) Interés cultural: Hasta 15 puntos.
e) Grado de acreditación del plan de financiación: Hasta 12 puntos.
f) El porcentaje de participación de mujeres en el equipo técnico de la producción
otorgando a cada proyecto: Hasta 10 puntos.
g) La experiencia y trayectoria profesional en los dos últimos años: Hasta 9 puntos.
h) Presentación, claridad en la exposición y descripción de los diferentes elementos
que conforman el dossier del proyecto, así como la concreción y coherencia del mismo:
Hasta 2 puntos.
i) Adecuación del presupuesto al proyecto: Hasta 2 puntos.
La resolución de la presente convocatoria de concesión de subvenciones corresponde
a la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.