5. Anuncios. . (2024/249-71)
Anuncio de 17 de diciembre de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la CTOTU, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial para la implantación en suelo no urbanizable de explotación minera Mercedes 2.ª Fracción núm. 39.789 en Paraje el Marchal de Araoz de Benahadux y Gádor (Almería).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024
página 56040/6
5. PLANOS
Plano núm. 1: Situación. 1:50.000
Plano núm. 2: Emplazamiento general de obras e instalaciones. 1:10.000
Plano núm. 3: Delimitación del área de actuación. 1:10.000
Plano núm. 4: P
lanta de explotación frente de explotación y situación de acceso.
1:1.000
A) Datos del promotor de la actividad.
a) Antecedentes.
Con fecha 14 de abril de 1989, el Ministerio de Industria y Energía, Dirección General de
Minas e lndustrias de la Construcción, expide el título de Concesión de Minera «Mercedes
2.ª Fracción», núm.39.798, a la Mercantil Minas de Gádor en los términos municipales de
Benahadux y Gádor, para todos los recursos de la Sección C y en particular de calizas y
margas, por un período de 30 años prorrogables por períodos de 30 años hasta un máximo
de 90 años, sobre una superficie de 2 cm. Su demarcación viene señalada en el plano
núm.2 a escala 1:10.000.
Posteriormente la Dirección General de Industria, Energía y Minas autorizó la transmisión
del derecho minero a la entidad Cementos Alba, S.A., actualmente Holcim España, S.A. En
el anejo núm. 1 se recoge el Título de Concesión.
Dentro de la demarcación del mismo se localiza un yacimiento de calizas margas y
arenas silíceas, que presentan características adecuadas para las mezclas necesarias para
la fabricación de Clinker.
El aprovechamiento actual del yacimiento viene realizándose en un único frente de
arranque. Los aprovechamientos de materiales para la fabricación de cemento proceden
de los materiales arrancados con voladura o con medios mecánicos. Las materias primas
obtenidas son tratadas en las instalaciones de la fábrica de cemento que la titular posee en
Gádor y que se sitúa próxima al yacimiento.
El frente de explotación se sitúa en la confluencia de los términos municipales de
Benahadux y Gádor. Hasta el día de hoy las labores de extracción se han realizado en
término de Gádor, en fechas próxima esta extracción avanzará al término de Benahadux,
desarrollándose en Gádor únicamente labores de restauración.
Con fecha 24.8.2009 fue autorizada la concentración de labores cuya resolución se
adjunta en el anejo núm. 2.
Desde el otorgamiento de la Concesión y hasta el día de hoy la misma se halla en
explotación habiendo presentado a la Autoridad Minera los preceptivos Planes de Labores
para el año 2010, que se encuentra a espera de autorización, se adjunta autorización del
año 2009 en el anejo núm. 3.
b) Legalizaciones de la actividad ante los órganos sustantivo y medioambiental.
La Concesión Directa de Explotación «Mercedes 2.a Fracción», núm. 39.798 como ya
hemos indicado fue otorgada en fecha 14 de abril de 1989. El expediente de la misma fue
tramitado conforme a la reglamentación en vigor, a saber Ley de Minas, al Reglamento
General para el Régimen de la Minería y al Reglamento General de Normas Básicas
de Seguridad Minera y en cuanto a la reglamentación ambiental fue adaptada al R.D.
2994/1982, de 15 de octubre, sobre restauración de espacio natural afectado por actividades
mineras, presentándose el preceptivo Plan de Restauración en fecha 27 de abril de 1998.
Con la intención de regularizar la situación urbanística de la Concesión y que además
sirvan de base para la autorización de la próxima primera prorroga de la concesión, de
forma paralela a este Plan Especial, ante los organismos sustantivos se pretende la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312985
6. DOCUMENTACIÓN ANEJA
Anejo núm. 1: Título de Concesión.
Anejo núm. 2: Autorización de agrupación de labores.
Anejo núm. 3: Autorización Plan de Labores año 2.009.
Anejo núm. 4: Acreditación de titularidad de los terrenos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024
página 56040/6
5. PLANOS
Plano núm. 1: Situación. 1:50.000
Plano núm. 2: Emplazamiento general de obras e instalaciones. 1:10.000
Plano núm. 3: Delimitación del área de actuación. 1:10.000
Plano núm. 4: P
lanta de explotación frente de explotación y situación de acceso.
1:1.000
A) Datos del promotor de la actividad.
a) Antecedentes.
Con fecha 14 de abril de 1989, el Ministerio de Industria y Energía, Dirección General de
Minas e lndustrias de la Construcción, expide el título de Concesión de Minera «Mercedes
2.ª Fracción», núm.39.798, a la Mercantil Minas de Gádor en los términos municipales de
Benahadux y Gádor, para todos los recursos de la Sección C y en particular de calizas y
margas, por un período de 30 años prorrogables por períodos de 30 años hasta un máximo
de 90 años, sobre una superficie de 2 cm. Su demarcación viene señalada en el plano
núm.2 a escala 1:10.000.
Posteriormente la Dirección General de Industria, Energía y Minas autorizó la transmisión
del derecho minero a la entidad Cementos Alba, S.A., actualmente Holcim España, S.A. En
el anejo núm. 1 se recoge el Título de Concesión.
Dentro de la demarcación del mismo se localiza un yacimiento de calizas margas y
arenas silíceas, que presentan características adecuadas para las mezclas necesarias para
la fabricación de Clinker.
El aprovechamiento actual del yacimiento viene realizándose en un único frente de
arranque. Los aprovechamientos de materiales para la fabricación de cemento proceden
de los materiales arrancados con voladura o con medios mecánicos. Las materias primas
obtenidas son tratadas en las instalaciones de la fábrica de cemento que la titular posee en
Gádor y que se sitúa próxima al yacimiento.
El frente de explotación se sitúa en la confluencia de los términos municipales de
Benahadux y Gádor. Hasta el día de hoy las labores de extracción se han realizado en
término de Gádor, en fechas próxima esta extracción avanzará al término de Benahadux,
desarrollándose en Gádor únicamente labores de restauración.
Con fecha 24.8.2009 fue autorizada la concentración de labores cuya resolución se
adjunta en el anejo núm. 2.
Desde el otorgamiento de la Concesión y hasta el día de hoy la misma se halla en
explotación habiendo presentado a la Autoridad Minera los preceptivos Planes de Labores
para el año 2010, que se encuentra a espera de autorización, se adjunta autorización del
año 2009 en el anejo núm. 3.
b) Legalizaciones de la actividad ante los órganos sustantivo y medioambiental.
La Concesión Directa de Explotación «Mercedes 2.a Fracción», núm. 39.798 como ya
hemos indicado fue otorgada en fecha 14 de abril de 1989. El expediente de la misma fue
tramitado conforme a la reglamentación en vigor, a saber Ley de Minas, al Reglamento
General para el Régimen de la Minería y al Reglamento General de Normas Básicas
de Seguridad Minera y en cuanto a la reglamentación ambiental fue adaptada al R.D.
2994/1982, de 15 de octubre, sobre restauración de espacio natural afectado por actividades
mineras, presentándose el preceptivo Plan de Restauración en fecha 27 de abril de 1998.
Con la intención de regularizar la situación urbanística de la Concesión y que además
sirvan de base para la autorización de la próxima primera prorroga de la concesión, de
forma paralela a este Plan Especial, ante los organismos sustantivos se pretende la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312985
6. DOCUMENTACIÓN ANEJA
Anejo núm. 1: Título de Concesión.
Anejo núm. 2: Autorización de agrupación de labores.
Anejo núm. 3: Autorización Plan de Labores año 2.009.
Anejo núm. 4: Acreditación de titularidad de los terrenos.