3. Otras disposiciones. . (2024/248-28)
Orden de 16 de diciembre de 2024, por la que se aprueba el Plan General de Inspección de Deporte para el año 2025.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Martes, 24 de diciembre de 2024
página 55949/14
10. El aseguramiento de la responsabilidad civil.
11. Que se hace constar en toda información o publicidad que se efectúe de la
actividad objeto de la subvención, que la misma está subvencionada por la por la
Consejería competente en materia de deporte de la Junta de Andalucía. Además,
todos los materiales, imágenes y documentación utilizados evitarán cualquier imagen
discriminatoria o estereotipos sexistas y deberá fomentar valores de igualdad, pluralidad
de roles y corresponsabilidad entre mujeres y hombres, utilizando un lenguaje no
sexista , de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
12. Si es una fase final de Campeonatos de Andalucía, se comprobará si la
participación es abierta o tiene un requisito de participación; en este caso, se indicará
cual o cuales.
13. Que la correspondiente federación deportiva andaluza que organiza la competición
oficial tenga solicitada la actualización de los datos registrados en el RAED. En el caso
de ser una competición por equipos, se comprobará que todos los clubes estén inscritos
en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
14. Que todas las personas participantes disponen de la licencia federativa en vigor
y el correspondiente seguro colectivo o individual de asistencia sanitaria y cobertura de
riesgos, solicitando a tales efectos la documentación acreditativa. Todas las pólizas de
seguros deberán acreditarse junto al documento que justifique su pago.
Programa 2025.08. Seguimiento de las subvenciones dirigidas al fomento del deporte
para personas con discapacidad para la adquisición de equipamiento y material deportivo
inventariables en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones
deportivas de Andalucía (Modalidad FDD).
Objeto: Comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión
de subvenciones a los clubes y secciones deportivas de Andalucía para la adquisición
de equipamiento y material deportivo inventariables, para el fomento del deporte para
personas con discapacidad.
Las actuaciones inspectoras consistirán en la realización de visitas de la inspección a
las sedes de las entidades beneficiarias de la subvención con el fin de comprobar:
1. El estado de conservación de los equipamientos deportivos objeto de la subvención.
2. Que se cumple el régimen documental y contable previsto en el artículo 14 del
Decreto 41/2022, de 8 de marzo.
3. Que se tiene algún programa deportivo incluido en el Plan del Deporte en Edad
Escolar.
4. Que los equipos y deportistas de la entidad deportiva participen en competiciones
oficiales federativas para deportistas con discapacidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312895
Programa 2025.07. Existencia y actividad de los clubes deportivos andaluces inscritos
en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas(RAED).
Objeto: Seguimiento de clubes deportivos andaluces para constatar que vienen
desarrollando actividad deportiva así como que tienen actualizados los datos inscritos en
el RAED, a los efectos de la depuración y actualización de este Registro.
Actuaciones inspectoras: Se realizarán visitas inspectoras a las sedes de los clubes
deportivos andaluces con el fin de comprobar la actividad o inactividad de los clubes
inscritos en el RAED, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.d) del Decreto
41/2022, de 8 de marzo.
Para constatar que el club tiene actividad, ésta se acreditará, entre otras
comprobaciones, mediante la aportación de las licencias federativas formalizadas, y/o
documentación que acredite la organización o participación en eventos deportivos.
Además se comprobará, que tiene solicitada la actualización de los datos que figuran
en el RAED y que los estatutos, sus modificaciones y los códigos de buen gobierno se
encuentren adaptados a lo dispuesto en el Decreto 41/2022, de 8 de marzo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Martes, 24 de diciembre de 2024
página 55949/14
10. El aseguramiento de la responsabilidad civil.
11. Que se hace constar en toda información o publicidad que se efectúe de la
actividad objeto de la subvención, que la misma está subvencionada por la por la
Consejería competente en materia de deporte de la Junta de Andalucía. Además,
todos los materiales, imágenes y documentación utilizados evitarán cualquier imagen
discriminatoria o estereotipos sexistas y deberá fomentar valores de igualdad, pluralidad
de roles y corresponsabilidad entre mujeres y hombres, utilizando un lenguaje no
sexista , de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley 12/2007, de 26 de
noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
12. Si es una fase final de Campeonatos de Andalucía, se comprobará si la
participación es abierta o tiene un requisito de participación; en este caso, se indicará
cual o cuales.
13. Que la correspondiente federación deportiva andaluza que organiza la competición
oficial tenga solicitada la actualización de los datos registrados en el RAED. En el caso
de ser una competición por equipos, se comprobará que todos los clubes estén inscritos
en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
14. Que todas las personas participantes disponen de la licencia federativa en vigor
y el correspondiente seguro colectivo o individual de asistencia sanitaria y cobertura de
riesgos, solicitando a tales efectos la documentación acreditativa. Todas las pólizas de
seguros deberán acreditarse junto al documento que justifique su pago.
Programa 2025.08. Seguimiento de las subvenciones dirigidas al fomento del deporte
para personas con discapacidad para la adquisición de equipamiento y material deportivo
inventariables en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones
deportivas de Andalucía (Modalidad FDD).
Objeto: Comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión
de subvenciones a los clubes y secciones deportivas de Andalucía para la adquisición
de equipamiento y material deportivo inventariables, para el fomento del deporte para
personas con discapacidad.
Las actuaciones inspectoras consistirán en la realización de visitas de la inspección a
las sedes de las entidades beneficiarias de la subvención con el fin de comprobar:
1. El estado de conservación de los equipamientos deportivos objeto de la subvención.
2. Que se cumple el régimen documental y contable previsto en el artículo 14 del
Decreto 41/2022, de 8 de marzo.
3. Que se tiene algún programa deportivo incluido en el Plan del Deporte en Edad
Escolar.
4. Que los equipos y deportistas de la entidad deportiva participen en competiciones
oficiales federativas para deportistas con discapacidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312895
Programa 2025.07. Existencia y actividad de los clubes deportivos andaluces inscritos
en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas(RAED).
Objeto: Seguimiento de clubes deportivos andaluces para constatar que vienen
desarrollando actividad deportiva así como que tienen actualizados los datos inscritos en
el RAED, a los efectos de la depuración y actualización de este Registro.
Actuaciones inspectoras: Se realizarán visitas inspectoras a las sedes de los clubes
deportivos andaluces con el fin de comprobar la actividad o inactividad de los clubes
inscritos en el RAED, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.d) del Decreto
41/2022, de 8 de marzo.
Para constatar que el club tiene actividad, ésta se acreditará, entre otras
comprobaciones, mediante la aportación de las licencias federativas formalizadas, y/o
documentación que acredite la organización o participación en eventos deportivos.
Además se comprobará, que tiene solicitada la actualización de los datos que figuran
en el RAED y que los estatutos, sus modificaciones y los códigos de buen gobierno se
encuentren adaptados a lo dispuesto en el Decreto 41/2022, de 8 de marzo.