Disposiciones generales. . (2024/247-4)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en Andalucía.
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Número 247 - Lunes, 23 de diciembre de 2024
página 55944/7
- C.V. del guionista, en el que se declare responsablemente la relación de obras
audiovisuales que tengan certificado de calificación del ICAA u organismo equivalente,
siempre y cuando dicha certificación haya sido emitida con anterioridad a la presentación
de la solicitud. Igualmente, solo se declararán obras televisivas emitidas con anterioridad
a finalizar dicho plazo.
- Dossier del proyecto que como mínimo, contendrá:
- La sinopsis argumental.
- La última versión del guion o escaleta o, en defecto del guion o escaleta, un
tratamiento íntegro que podrá ser secuenciado, capitular o narrativo completo. Para
aquellos proyectos que presenten un Tratamiento íntegro, tendrán que presentar también
5 minutos (máximo 5 folios) de lo que sería el guion definitivo. En caso de series, se
aportarán los 5 minutos del primer capítulo.
- Memoria de guión (máximo 10 folios) en la que se haga una descripción de la obra,
el formato, el universo, el argumento y la descripción de los personajes. Esta memoria es
opcional para los proyectos de documental.
- Memoria de producción (máximo 10 folios) donde se haga referencia al diseño de
producción y a la proyección del proyecto.
- Presupuesto estimado de la producción.
A este fin y en aras a facilitar a los interesados su aportación, la Dirección de la
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales aprueba mediante la presente resolución
los modelos de documentos que se relacionan a continuación
- Modelo de acuerdo y/o preacuerdo con la persona guionista.
- Modelo de presupuesto.
- Modelo de plan de financiación.
- Modelo de carta de compromiso.
Dichos modelos estarán disponibles para su uso en la web de la Agencia, junto con
un modelo para comunicar la información y solicitar la autorización para subcontratar
servicios que deberán de utilizar con carácter obligatorio en el supuesto de que se prevea
recurrir a dicha figura para la ejecución de parte de la actividad que constituye el objeto
de la subvención concedida.
La documentación aportada con el Anexo I que no sea requerida por las bases
reguladoras no será tenida en cuenta a efectos de valoración de la solicitud, ni tampoco
podrá tenerse por presentada cuando la aportación de ésta corresponda a otra fase
de la tramitación del procedimiento de concesión de la subvención, por lo que deberá
reiterarse su aportación en la fase procedimental que corresponda o bien indicar a la
Agencia el trámite en el que fue aportada. Tampoco podrá tenerse en cuenta a efectos
de la valoración de las solicitudes los documentos no aportados, total o parcialmente,
cuando dicha presentación fuere preceptiva.
5.3. Las solicitudes de las personas y/o entidades que pretendan concurrir a la
convocatoria que nos ocupa deberán presentarse de forma electrónica a través de la sede
electrónica de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en la siguiente dirección:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto?codProcedimiento=AAIICC_25603
sin perjuicio de su presentación en los registros electrónicos recogidos en el artículo
16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Asimismo, toda la documentación que las personas y/o entidades concurrentes
deban aportar al procedimiento en sus distintas fases deberán presentarla a través de
los medios indicados en el párrafo precedente, siendo en consecuencia inadmitida toda
documentación que no sea presentada a través de estos.
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días, iniciándose su cómputo el
primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
del extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones. Las solicitudes para concurrir a la presente convocatoria presentadas
fuera del mencionado plazo serán inadmitidas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312889
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 55944/7
- C.V. del guionista, en el que se declare responsablemente la relación de obras
audiovisuales que tengan certificado de calificación del ICAA u organismo equivalente,
siempre y cuando dicha certificación haya sido emitida con anterioridad a la presentación
de la solicitud. Igualmente, solo se declararán obras televisivas emitidas con anterioridad
a finalizar dicho plazo.
- Dossier del proyecto que como mínimo, contendrá:
- La sinopsis argumental.
- La última versión del guion o escaleta o, en defecto del guion o escaleta, un
tratamiento íntegro que podrá ser secuenciado, capitular o narrativo completo. Para
aquellos proyectos que presenten un Tratamiento íntegro, tendrán que presentar también
5 minutos (máximo 5 folios) de lo que sería el guion definitivo. En caso de series, se
aportarán los 5 minutos del primer capítulo.
- Memoria de guión (máximo 10 folios) en la que se haga una descripción de la obra,
el formato, el universo, el argumento y la descripción de los personajes. Esta memoria es
opcional para los proyectos de documental.
- Memoria de producción (máximo 10 folios) donde se haga referencia al diseño de
producción y a la proyección del proyecto.
- Presupuesto estimado de la producción.
A este fin y en aras a facilitar a los interesados su aportación, la Dirección de la
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales aprueba mediante la presente resolución
los modelos de documentos que se relacionan a continuación
- Modelo de acuerdo y/o preacuerdo con la persona guionista.
- Modelo de presupuesto.
- Modelo de plan de financiación.
- Modelo de carta de compromiso.
Dichos modelos estarán disponibles para su uso en la web de la Agencia, junto con
un modelo para comunicar la información y solicitar la autorización para subcontratar
servicios que deberán de utilizar con carácter obligatorio en el supuesto de que se prevea
recurrir a dicha figura para la ejecución de parte de la actividad que constituye el objeto
de la subvención concedida.
La documentación aportada con el Anexo I que no sea requerida por las bases
reguladoras no será tenida en cuenta a efectos de valoración de la solicitud, ni tampoco
podrá tenerse por presentada cuando la aportación de ésta corresponda a otra fase
de la tramitación del procedimiento de concesión de la subvención, por lo que deberá
reiterarse su aportación en la fase procedimental que corresponda o bien indicar a la
Agencia el trámite en el que fue aportada. Tampoco podrá tenerse en cuenta a efectos
de la valoración de las solicitudes los documentos no aportados, total o parcialmente,
cuando dicha presentación fuere preceptiva.
5.3. Las solicitudes de las personas y/o entidades que pretendan concurrir a la
convocatoria que nos ocupa deberán presentarse de forma electrónica a través de la sede
electrónica de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en la siguiente dirección:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto?codProcedimiento=AAIICC_25603
sin perjuicio de su presentación en los registros electrónicos recogidos en el artículo
16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Asimismo, toda la documentación que las personas y/o entidades concurrentes
deban aportar al procedimiento en sus distintas fases deberán presentarla a través de
los medios indicados en el párrafo precedente, siendo en consecuencia inadmitida toda
documentación que no sea presentada a través de estos.
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días, iniciándose su cómputo el
primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
del extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones. Las solicitudes para concurrir a la presente convocatoria presentadas
fuera del mencionado plazo serán inadmitidas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312889
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía