5. Anuncios. . (2024/247-93)
Anuncio de 11 de diciembre de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la CTOTU, por el que se aprueba definitivamente la Modificación núm. 35 del PGOU, en el ámbito del Sector IC-3 de Vera (Almería).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 247 - Lunes, 23 de diciembre de 2024
página 55669/4
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. De conformidad con el Decreto de la Presidencia de 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías (corrección de errores BOJA extraordinario núm. 25,
de 27/07/2022), modificado por Decreto 13/2022, de 25 de julio, y Decreto 160/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda; corresponde a ésta, entre otras, las competencias
en materia de ordenación del territorio y del litoral, urbanismo, sostenibilidad urbana e
inspección territorial y urbanística.
El Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, asigna las competencias que en materia de urbanismo tiene la
Administración de la Junta de Andalucía, entre los diferentes órganos de la Administración
Andaluza.
En virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria tercera del Decreto 160/2022,
de 9 de agosto, en lo relativo al ejercicio de las competencias de la Administración de
la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo recogidas
en el Decreto 36/2014, de 11 de febrero, hasta tanto no se adapten a lo dispuesto en el
presente decreto y en la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad
del territorio de Andalucía, se entenderán atribuidas a los órganos equivalentes de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a que se refiere
el artículo 7 del Decreto 36/2014, está adscrita a la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, de conformidad con lo establecido en disposición
adicional décima del Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el
Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
II. La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo es el órgano
competente para adoptar el Acuerdo que proceda sobre la aprobación definitiva de
este expediente, de conformidad con los artículos 31.2.B.a) de la LOUA y 12.1.d) del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, al no encontrarse incluido el municipio de Vera en el
anexo del citado Decreto 36/2014, relativo a las Ciudades Principales y Ciudades Medias
de nivel 1 del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.
III. A tenor del art. 32.4 de la LOUA, la aprobación definitiva por la Consejería
competente en materia de Urbanismo deberá producirse de forma expresa en el plazo
máximo de cinco meses, a contar desde el día siguiente al de la presentación en el
registro de dicha Consejería por el Ayuntamiento interesado del expediente completo,
comprensivo del proyecto de instrumento de planeamiento y las actuaciones practicadas
en el procedimiento de aprobación municipal.
Por lo expuesto, vista la propuesta formulada por la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, en virtud de lo establecido en el art. 10.1 del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, de conformidad con la disposición transitoria tercera de
la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía
y, en aplicación de ésta la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y demás
normativa de aplicación, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo
de Almería, por unanimidad de los miembros asistentes con derecho a voto,
1.º Aprobar definitivamente conforme al artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de 17 de
diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, la Modificación núm. 35 del Plan
General de Ordenación Urbanística de Vera, en el ámbito del Sector IC-3, por adecuarse
a la normativa sectorial y urbanística de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312616
ACUERDA
BOJA
Número 247 - Lunes, 23 de diciembre de 2024
página 55669/4
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. De conformidad con el Decreto de la Presidencia de 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías (corrección de errores BOJA extraordinario núm. 25,
de 27/07/2022), modificado por Decreto 13/2022, de 25 de julio, y Decreto 160/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda; corresponde a ésta, entre otras, las competencias
en materia de ordenación del territorio y del litoral, urbanismo, sostenibilidad urbana e
inspección territorial y urbanística.
El Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, asigna las competencias que en materia de urbanismo tiene la
Administración de la Junta de Andalucía, entre los diferentes órganos de la Administración
Andaluza.
En virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria tercera del Decreto 160/2022,
de 9 de agosto, en lo relativo al ejercicio de las competencias de la Administración de
la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo recogidas
en el Decreto 36/2014, de 11 de febrero, hasta tanto no se adapten a lo dispuesto en el
presente decreto y en la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad
del territorio de Andalucía, se entenderán atribuidas a los órganos equivalentes de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a que se refiere
el artículo 7 del Decreto 36/2014, está adscrita a la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, de conformidad con lo establecido en disposición
adicional décima del Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el
Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
II. La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo es el órgano
competente para adoptar el Acuerdo que proceda sobre la aprobación definitiva de
este expediente, de conformidad con los artículos 31.2.B.a) de la LOUA y 12.1.d) del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, al no encontrarse incluido el municipio de Vera en el
anexo del citado Decreto 36/2014, relativo a las Ciudades Principales y Ciudades Medias
de nivel 1 del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.
III. A tenor del art. 32.4 de la LOUA, la aprobación definitiva por la Consejería
competente en materia de Urbanismo deberá producirse de forma expresa en el plazo
máximo de cinco meses, a contar desde el día siguiente al de la presentación en el
registro de dicha Consejería por el Ayuntamiento interesado del expediente completo,
comprensivo del proyecto de instrumento de planeamiento y las actuaciones practicadas
en el procedimiento de aprobación municipal.
Por lo expuesto, vista la propuesta formulada por la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, en virtud de lo establecido en el art. 10.1 del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, de conformidad con la disposición transitoria tercera de
la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía
y, en aplicación de ésta la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y demás
normativa de aplicación, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo
de Almería, por unanimidad de los miembros asistentes con derecho a voto,
1.º Aprobar definitivamente conforme al artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de 17 de
diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, la Modificación núm. 35 del Plan
General de Ordenación Urbanística de Vera, en el ámbito del Sector IC-3, por adecuarse
a la normativa sectorial y urbanística de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312616
ACUERDA