Autoridades y personal. . (2024/245-34)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan para su provisión por acceso libre, mediante el sistema de concurso-oposición, plazas vacantes en régimen laboral con carácter fijo, correspondientes a los Grupos II y III del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 19 de diciembre de 2024
página 55845/13
c) No serán valorados aquellos cursos que no tengan suficientemente acreditadas el
número de horas de duración o aquellos cursos en los que la documentación justificativa
no permita determinar la relación con las funciones a desarrollar en la categoría en la que
se participa.
d) No se valorarán aquellos cursos cuyos contenidos no sean de aplicación en la
actualidad.
e) En el supuesto de que en el curso se hubieran realizado pruebas calificadas y
éstas no se hubieran superado, no se valorarán como méritos.
f) En ningún caso se valorarán las horas de formación que excedan del límite
establecido por la normativa interna de la Universidad de Sevilla en función del tiempo de
servicios efectivamente prestados en ella.
El Tribunal de Valoración hará público en la página web de Recursos Humanos https://
recursoshumanos.us.es el acuerdo con la calificación provisional de los méritos de la fase
de concurso, desglosando la puntuación obtenida por cada uno de los conceptos que
integran el baremo. Contra dicha publicación, las personas interesadas podrán reclamar
en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación.
8. Documentación previa a la formalización del contrato.
Antes de la formalización del contrato, las personas candidatas seleccionadas
deberán justificar adecuadamente los requisitos establecidos en la base 2, en un plazo
de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución
definitiva de personas aprobadas, en el Registro General y/o Auxiliar de la Universidad de
Sevilla, mediante los siguientes documentos:
a) Original del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad
Extranjero, en vigor a la fecha de presentación de la documentación requerida.
b) Original del título académico correspondiente, o certificación que acredite haber
realizado todos los estudios para la obtención del título y haber abonado los derechos de
expedición de este.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas mediante
Sentencia Judicial.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312791
7. Relación de personas que han superado el proceso selectivo.
Finalizado el plazo señalado en el punto anterior, y una vez revisadas las
reclamaciones por el Tribunal de Valoración, éste publicará las puntuaciones definitivas
totales del concurso-oposición y propondrá la contratación que corresponda de las
personas seleccionadas al Rector quien, previa declaración de conformidad dispondrá su
publicación definitiva.
En caso de empate en la puntuación final, el orden de la relación de personas
aprobadas se establecerá atendiendo a:
1.º Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2.º Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
3.º Mayor puntuación obtenida en los distintos méritos valorados, según el orden
establecido en las presentes bases, es decir 6.3.2.1, 6.3.2.2, 6.3.2.3.
4.º Mayor experiencia profesional en la base 6.3.2.1 y por el orden que ésta establece.
5.º Mayor puntuación en el apartado 6.3.2.3 e). Se valorarán todas las titulaciones
académicas presentadas, sin que resulte de aplicación el límite de 2,5 puntos previsto en
dicho apartado.
6.º Mayor puntuación en el apartado 6.3.2.3 f).
7.º Como último criterio se procederá a la aplicación de la resolución de la Dirección
de Recursos Humanos de la Universidad de Sevilla en la que se determinan las dos letras
del primer apellido que servirán para llevar a cabo los desempates en las puntuaciones
totales de los procesos selectivos que se desarrollen en el año 2025.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 19 de diciembre de 2024
página 55845/13
c) No serán valorados aquellos cursos que no tengan suficientemente acreditadas el
número de horas de duración o aquellos cursos en los que la documentación justificativa
no permita determinar la relación con las funciones a desarrollar en la categoría en la que
se participa.
d) No se valorarán aquellos cursos cuyos contenidos no sean de aplicación en la
actualidad.
e) En el supuesto de que en el curso se hubieran realizado pruebas calificadas y
éstas no se hubieran superado, no se valorarán como méritos.
f) En ningún caso se valorarán las horas de formación que excedan del límite
establecido por la normativa interna de la Universidad de Sevilla en función del tiempo de
servicios efectivamente prestados en ella.
El Tribunal de Valoración hará público en la página web de Recursos Humanos https://
recursoshumanos.us.es el acuerdo con la calificación provisional de los méritos de la fase
de concurso, desglosando la puntuación obtenida por cada uno de los conceptos que
integran el baremo. Contra dicha publicación, las personas interesadas podrán reclamar
en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación.
8. Documentación previa a la formalización del contrato.
Antes de la formalización del contrato, las personas candidatas seleccionadas
deberán justificar adecuadamente los requisitos establecidos en la base 2, en un plazo
de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución
definitiva de personas aprobadas, en el Registro General y/o Auxiliar de la Universidad de
Sevilla, mediante los siguientes documentos:
a) Original del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad
Extranjero, en vigor a la fecha de presentación de la documentación requerida.
b) Original del título académico correspondiente, o certificación que acredite haber
realizado todos los estudios para la obtención del título y haber abonado los derechos de
expedición de este.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas mediante
Sentencia Judicial.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312791
7. Relación de personas que han superado el proceso selectivo.
Finalizado el plazo señalado en el punto anterior, y una vez revisadas las
reclamaciones por el Tribunal de Valoración, éste publicará las puntuaciones definitivas
totales del concurso-oposición y propondrá la contratación que corresponda de las
personas seleccionadas al Rector quien, previa declaración de conformidad dispondrá su
publicación definitiva.
En caso de empate en la puntuación final, el orden de la relación de personas
aprobadas se establecerá atendiendo a:
1.º Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2.º Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
3.º Mayor puntuación obtenida en los distintos méritos valorados, según el orden
establecido en las presentes bases, es decir 6.3.2.1, 6.3.2.2, 6.3.2.3.
4.º Mayor experiencia profesional en la base 6.3.2.1 y por el orden que ésta establece.
5.º Mayor puntuación en el apartado 6.3.2.3 e). Se valorarán todas las titulaciones
académicas presentadas, sin que resulte de aplicación el límite de 2,5 puntos previsto en
dicho apartado.
6.º Mayor puntuación en el apartado 6.3.2.3 f).
7.º Como último criterio se procederá a la aplicación de la resolución de la Dirección
de Recursos Humanos de la Universidad de Sevilla en la que se determinan las dos letras
del primer apellido que servirán para llevar a cabo los desempates en las puntuaciones
totales de los procesos selectivos que se desarrollen en el año 2025.