Autoridades y personal. . (2024/245-34)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan para su provisión por acceso libre, mediante el sistema de concurso-oposición, plazas vacantes en régimen laboral con carácter fijo, correspondientes a los Grupos II y III del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
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Número 245 - Jueves, 19 de diciembre de 2024
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6.3.2.3. Formación (máximo: 8,75 puntos).
Por la participación en actividades formativas, siempre que tengan relación con las
funciones a desarrollar en el puesto al que se aspira, o con el temario exigido para el
acceso a la plaza, según la siguiente distribución:
a) Formación impartida u homologada por el Servicio de Formación del Personal de
Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla: 0,06 puntos por hora.
La formación a que se hace referencia en este apartado deberá acreditarse mediante
certificación que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto
al formulario de autobaremo por el Servicio de Formación del Personal de Administración
y Servicios de la Universidad de Sevilla.
b) Formación impartida u homologada por otras Administraciones Públicas y otros
órganos de la Universidad de Sevilla: 0,02 puntos por hora.
c) Participación como docentes en acciones formativas impartidas u homologadas
por el Centro de Formación del Personal de Administración y Servicios de la Universidad
de Sevilla: 0,07 puntos por hora.
La formación a que se hace referencia en este apartado deberá acreditarse mediante
certificación que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto
al formulario de autobaremo por el Servicio de Formación del Personal de Administración
y Servicios de la Universidad de Sevilla.
d) Participación como docentes en acciones formativas impartidas u homologadas
por otras Administraciones Públicas y otros órganos de la Universidad de Sevilla: 0,025
puntos por hora.
e) Titulación académica oficial directamente relacionada con el puesto. Se puntuará el
nivel máximo de estudios alcanzados, siempre que se trate de titulaciones directamente
relacionadas con las funciones a desempeñar en el puesto al que se opta (Anexo I, punto 6
«Titulaciones relacionadas»). Se valorará del siguiente modo:
- Doctorado: 2,5 puntos.
- Máster Oficial: 2 puntos.
- Grado/Licenciatura: 1,5 puntos.
- Diplomatura o titulación equivalente: 1 punto.
Únicamente se valorarán las titulaciones reconocidas por el Ministerio competente
en la materia, como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio
nacional, debiendo citarse en el caso de equivalencia de titulación la disposición en la
que se establece la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.
f) Acreditación oficial de idioma. Según el Marco Común Europeo de referencia
para las lenguas (MCER), o equivalencia reconocida en el marco del convenio de
colaboración entre las Universidades Públicas de Andalucía, para la acreditación de las
lenguas extranjeras. Se valorará sólo la titulación de nivel superior que posea la persona
aspirante, del siguiente modo:
- Nivel C2: 2,5 puntos.
- Nivel C1: 2 puntos.
- Nivel B2: 1,5 puntos.
- Nivel B1: 1 punto.
Se tendrán en cuenta además las siguientes circunstancias:
a) Las actividades formativas relativas a atención al público, ofimática, idiomas,
prevención de riesgos laborales, igualdad y mejora de la calidad del servicio y
todas aquellas incluidas en la resolución del Servicio de Formación del Personal de
Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla, sobre formación estratégica
serán consideradas como formación relacionada con las funciones a desempeñar en
todas las categorías objeto de esta convocatoria y serán valoradas conforme al apartado
anterior que corresponda.
b) Sólo serán valorables aquellos cursos que sean impartidos u homologados por un
organismo público, debiendo constar expresamente, en su caso, dicha homologación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312791
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 55845/12
6.3.2.3. Formación (máximo: 8,75 puntos).
Por la participación en actividades formativas, siempre que tengan relación con las
funciones a desarrollar en el puesto al que se aspira, o con el temario exigido para el
acceso a la plaza, según la siguiente distribución:
a) Formación impartida u homologada por el Servicio de Formación del Personal de
Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla: 0,06 puntos por hora.
La formación a que se hace referencia en este apartado deberá acreditarse mediante
certificación que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto
al formulario de autobaremo por el Servicio de Formación del Personal de Administración
y Servicios de la Universidad de Sevilla.
b) Formación impartida u homologada por otras Administraciones Públicas y otros
órganos de la Universidad de Sevilla: 0,02 puntos por hora.
c) Participación como docentes en acciones formativas impartidas u homologadas
por el Centro de Formación del Personal de Administración y Servicios de la Universidad
de Sevilla: 0,07 puntos por hora.
La formación a que se hace referencia en este apartado deberá acreditarse mediante
certificación que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto
al formulario de autobaremo por el Servicio de Formación del Personal de Administración
y Servicios de la Universidad de Sevilla.
d) Participación como docentes en acciones formativas impartidas u homologadas
por otras Administraciones Públicas y otros órganos de la Universidad de Sevilla: 0,025
puntos por hora.
e) Titulación académica oficial directamente relacionada con el puesto. Se puntuará el
nivel máximo de estudios alcanzados, siempre que se trate de titulaciones directamente
relacionadas con las funciones a desempeñar en el puesto al que se opta (Anexo I, punto 6
«Titulaciones relacionadas»). Se valorará del siguiente modo:
- Doctorado: 2,5 puntos.
- Máster Oficial: 2 puntos.
- Grado/Licenciatura: 1,5 puntos.
- Diplomatura o titulación equivalente: 1 punto.
Únicamente se valorarán las titulaciones reconocidas por el Ministerio competente
en la materia, como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio
nacional, debiendo citarse en el caso de equivalencia de titulación la disposición en la
que se establece la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.
f) Acreditación oficial de idioma. Según el Marco Común Europeo de referencia
para las lenguas (MCER), o equivalencia reconocida en el marco del convenio de
colaboración entre las Universidades Públicas de Andalucía, para la acreditación de las
lenguas extranjeras. Se valorará sólo la titulación de nivel superior que posea la persona
aspirante, del siguiente modo:
- Nivel C2: 2,5 puntos.
- Nivel C1: 2 puntos.
- Nivel B2: 1,5 puntos.
- Nivel B1: 1 punto.
Se tendrán en cuenta además las siguientes circunstancias:
a) Las actividades formativas relativas a atención al público, ofimática, idiomas,
prevención de riesgos laborales, igualdad y mejora de la calidad del servicio y
todas aquellas incluidas en la resolución del Servicio de Formación del Personal de
Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla, sobre formación estratégica
serán consideradas como formación relacionada con las funciones a desempeñar en
todas las categorías objeto de esta convocatoria y serán valoradas conforme al apartado
anterior que corresponda.
b) Sólo serán valorables aquellos cursos que sean impartidos u homologados por un
organismo público, debiendo constar expresamente, en su caso, dicha homologación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312791
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía