Autoridades y personal. . (2024/240-25)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesorado Permanente Laboral/Profesorado Contratado Doctor, mediante contrato laboral especial.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 240 - Jueves, 12 de diciembre de 2024
página 55408/4
por lo que ésta no podrá entender que ha concluido el trámite de presentación de la
solicitud si no ha finalizado el mismo con la obtención del citado recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de
la persona aspirante.
Las personas que opten a más de una plaza deberán presentar solicitud independiente
para cada una de ellas, salvo que se trate de plazas de la misma especialidad de
conocimiento, en cuyo caso bastará con una sola solicitud y documentación acreditativa.
En estos supuestos, deberán quedar identificadas en la solicitud las plazas a que se
concursa, especificando el número de plaza indicado en el Anexo I de plazas convocadas.
En aplicación del apartado 1 de la disposición transitoria primera del Real Decreto
678/2023, de 18 de julio, las referencias a especialidades de conocimiento se entienden
realizadas en este momento a las áreas de conocimiento relacionadas en el Anexo I del
Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre.
3.3. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad; pasaporte; número de identidad de
extranjero o tarjeta de identidad de extranjero, en vigor.
b) Copia del título académico de Doctor o Doctora o de la justificación acreditativa de
haber solicitado el título y abonado los correspondientes derechos para su obtención.
c) Copia de la evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o de la Agencia de Calidad Andaluza.
d) Resguardo acreditativo del abono de las tasas de participación en el proceso,
que serán de 30 euros. Se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049-487086-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz»,
indicando el código «PS PPL 24 + nombre de la persona aspirante».
La falta de pago de la tasa por participación en este proceso selectivo durante el
plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de
la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.4. Estarán exentas del pago de los derechos de participación:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha del periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
participación mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial
firme del reconocimiento de tal condición.
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la norma vigente, tendrán
derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros
de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de
la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título
vigente de tal condición.
Las personas exentas del pago de los derechos de participación tendrán que aportar
justificación documental de la condición que proceda, en el momento de realizar la
solicitud.
3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312355
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 55408/4
por lo que ésta no podrá entender que ha concluido el trámite de presentación de la
solicitud si no ha finalizado el mismo con la obtención del citado recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de
la persona aspirante.
Las personas que opten a más de una plaza deberán presentar solicitud independiente
para cada una de ellas, salvo que se trate de plazas de la misma especialidad de
conocimiento, en cuyo caso bastará con una sola solicitud y documentación acreditativa.
En estos supuestos, deberán quedar identificadas en la solicitud las plazas a que se
concursa, especificando el número de plaza indicado en el Anexo I de plazas convocadas.
En aplicación del apartado 1 de la disposición transitoria primera del Real Decreto
678/2023, de 18 de julio, las referencias a especialidades de conocimiento se entienden
realizadas en este momento a las áreas de conocimiento relacionadas en el Anexo I del
Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre.
3.3. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad; pasaporte; número de identidad de
extranjero o tarjeta de identidad de extranjero, en vigor.
b) Copia del título académico de Doctor o Doctora o de la justificación acreditativa de
haber solicitado el título y abonado los correspondientes derechos para su obtención.
c) Copia de la evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o de la Agencia de Calidad Andaluza.
d) Resguardo acreditativo del abono de las tasas de participación en el proceso,
que serán de 30 euros. Se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049-487086-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz»,
indicando el código «PS PPL 24 + nombre de la persona aspirante».
La falta de pago de la tasa por participación en este proceso selectivo durante el
plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de
la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.4. Estarán exentas del pago de los derechos de participación:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha del periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
participación mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial
firme del reconocimiento de tal condición.
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la norma vigente, tendrán
derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros
de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de
la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará adjuntando el título
vigente de tal condición.
Las personas exentas del pago de los derechos de participación tendrán que aportar
justificación documental de la condición que proceda, en el momento de realizar la
solicitud.
3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312355
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía