Autoridades y personal. . (2024/239-34)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca procedimiento selectivo por acceso libre, mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso como personal funcionario en la escala Auxiliar de la Universidad de Sevilla, en plazas reservadas para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 11 de diciembre de 2024

página 55330/11

7.3. Publicación de la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Dicha relación se remitirá al Rector, el cual, previa declaración de conformidad
ordenará su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

9. Bolsa de trabajo. En cumplimiento del artículo 26 del Reglamento General de
Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla, una vez finalizado el
proceso selectivo se elaborará una bolsa de trabajo que se ajustará en su composición,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00312275

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios/as de carrera.
8.1. Documentación a presentar. En el plazo de veinte días naturales, a contar
desde el día siguiente a aquél en que se hagan públicas las listas de aspirantes que han
superado el proceso selectivo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, deberán
aportar la siguiente documentación:
a) Original del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad
Extranjero, en vigor a la fecha de presentación de la documentación requerida.
b) Original del título académico oficial exigido para el acceso a esta escala, o
justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos
para su obtención. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
presentarse original de la documentación que acredite su homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia.
c) Declaración bajo juramento o promesa de no haber sido separado/a del servicio de
ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio
de las correspondientes funciones de la escala Administrativa (especialidad Informática)
de la Universidad de Sevilla.
d) Original del certificado de discapacidad.
e) Original del dictamen técnico facultativo y del certificado que acredite poseer
la capacidad funcional para el desempeño del puesto de trabajo. En él debe constar
expresamente el informe de compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones
del puesto.
8.2. Anulación de actuaciones. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos
de fuerza mayor, no presentasen la documentación requerida o del examen de la misma
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2 de esta
convocatoria, no podrán ser nombrados personal funcionario de carrera y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
8.3. Elección de destinos. La elección de las plazas se realizará por las personas que
han superado el proceso selectivo según el orden de puntuación obtenida. El mecanismo
de elección y adjudicación de destinos será acordado y resuelto por Resolución de la
Dirección de Recursos Humanos.
8.4. Nombramientos. La autoridad convocante, a propuesta del Tribunal de Valoración,
dictará resolución por la que se nombren funcionarios/as de carrera a las personas
candidatas que hayan superado el proceso selectivo, la cual se publicará en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
En el supuesto de que existiera personal funcionario interino ocupando dicha plaza,
será revocado su nombramiento.
8.5. Con la finalidad de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, cuando se
produzcan renuncias, falta de acreditación de los requisitos exigidos en la convocatoria para
ser nombrado/a funcionario/a de carrera, o concurra alguna de las causas de pérdida de
la condición de funcionario en las personas propuestas antes de su nombramiento o toma
de posesión, el Rector requerirá del Tribunal de Valoración la relación complementaria de
personas aspirantes aprobadas, según el turno en donde se produzca la falta de cobertura,
para su posible nombramiento como funcionario/a de carrera.