Autoridades y personal. . (2024/236-41)
Resolución de 27 de noviembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, mediante turno de promoción interna, en la escala de Facultativo de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Miércoles, 4 de diciembre de 2024
página 55050/6
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. El primer ejercicio de la fase de oposición no se celebrará antes del 1 de marzo
de 2025. La fecha, lugar y hora de celebración del mismo se hará pública en la página
web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) junto con el listado
definitivo de admisión y exclusión de aspirantes. La publicación de los anuncios de
celebración de los siguientes ejercicios se efectuará en la página web mencionada, con
veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de los mismos.
6.2. En cualquier momento, las personas aspirantes podrán ser requeridas por el
Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para el ejercicio en único llamamiento,
siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación
de las personas aspirantes en el que se requiera de una actuación individualizada se
iniciará, según la ordenación alfabética resultante del listado de admisión de aspirantes,
por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra que corresponda, al día de
publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la
Administración General del Estado.
6.4. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar
antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos
exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá
proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo,
las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
6.6. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo
establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311997
intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
el Edificio Hospital Real, Plaza de Falla, núm. 8, C.P. 11003 Cádiz, teléfono 956 015 039
y en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es. El Tribunal dispondrá
que, en esta sede, al menos una persona, integrante o no del Tribunal, atenderá cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.
5.12. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría primera
establecida en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz
sobre Indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.13. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo aquí establecido será
nula de pleno derecho.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Miércoles, 4 de diciembre de 2024
página 55050/6
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. El primer ejercicio de la fase de oposición no se celebrará antes del 1 de marzo
de 2025. La fecha, lugar y hora de celebración del mismo se hará pública en la página
web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) junto con el listado
definitivo de admisión y exclusión de aspirantes. La publicación de los anuncios de
celebración de los siguientes ejercicios se efectuará en la página web mencionada, con
veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de los mismos.
6.2. En cualquier momento, las personas aspirantes podrán ser requeridas por el
Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para el ejercicio en único llamamiento,
siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación
de las personas aspirantes en el que se requiera de una actuación individualizada se
iniciará, según la ordenación alfabética resultante del listado de admisión de aspirantes,
por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra que corresponda, al día de
publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la
Administración General del Estado.
6.4. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar
antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos
exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá
proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo,
las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
6.6. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo
establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311997
intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
el Edificio Hospital Real, Plaza de Falla, núm. 8, C.P. 11003 Cádiz, teléfono 956 015 039
y en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es. El Tribunal dispondrá
que, en esta sede, al menos una persona, integrante o no del Tribunal, atenderá cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.
5.12. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría primera
establecida en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz
sobre Indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.13. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo aquí establecido será
nula de pleno derecho.