3. Otras disposiciones. . (2024/234-67)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica el Reglamento 11/2024, de 21 de noviembre, de Administración Electrónica de la Universidad de Málaga.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Lunes, 2 de diciembre de 2024

página 54947/37

documentos en soporte papel. Una vez restablecida la Sede Electrónica se procederá a
su publicación en esta por el plazo que reste. A la publicación en la Sede Electrónica se
acompañará una diligencia en la que se exprese la incidencia del sistema y se indique la
fecha real de publicación.
2. Para la publicación de documentación de carácter sensible, se procederá publicando
en el Tablón de Anuncios de la Universidad de Málaga el acto o resolución correspondiente
con indicación del enlace web en el que se puede consultar la totalidad del documento.
CAPÍTULO IV
Tablón de Difusión Pública
Artículo 79. Contenido.
Será objeto de publicación en el Tablón de Difusión Pública todos los proyectos
normativos acordados en Consejo de Dirección y con carácter previo a su aprobación por
el Consejo de Gobierno.
Igualmente, podrán ser objeto de difusión pública cualquier otra actuación o iniciativa
que, en aras del interés general, requiera del trámite de información pública.
Artículo 80. Plazo de exposición pública.
1. Cualquier miembro de la comunidad universitaria podrá presentar en el plazo
máximo de quince días naturales las alegaciones, sugerencias u observaciones que
considere oportunas.
2. Dicho plazo podrá ser reducido por motivos de urgencia debidamente justificados,
sin que, en ningún caso, el plazo de exposición pública pueda ser inferior a diez días
naturales.
3. La participación en este trámite se realizará a través de escrito dirigido a la
Secretaría General y presentado por registro electrónico.
Artículo 81. Requisitos.
Corresponde a la Secretaría General establecer el formato del Tablón de Difusión
Pública y determinar los requisitos formales que deben reunir los documentos a insertar
en el citado Tablón.
TÍTULO IX
ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DE LA UNIVERSIDAD
DE MÁLAGA

Artículo 83. Comisión de Administración Electrónica de la Universidad de Málaga.
1. La Comisión de Administración Electrónica de la Universidad de Málaga es el
órgano colegiado encargado de la planificación e implantación, gestión y control de la
Administración Electrónica en la Universidad de Málaga.
2. La Comisión de Administración Electrónica tendrá la siguiente composición:
a) La persona titular de la Secretaría General.
b) La persona titular de la Vicesecretaría General o persona que designe la Secretaria
General.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00311892

Artículo 82. Órganos colegiados de asesoramiento y control de funcionamiento de la
Administración Electrónica en la Universidad de Málaga.
La Universidad de Málaga para apoyar a los órganos responsables del funcionamiento
de su Administración Electrónica cuenta con la Comisión de Administración Electrónica y
la Comisión de Seguridad de la Información y Protección de Datos de la Universidad de
Málaga.