3. Otras disposiciones. . (2024/234-67)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica el Reglamento 11/2024, de 21 de noviembre, de Administración Electrónica de la Universidad de Málaga.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Lunes, 2 de diciembre de 2024
página 54947/17
a) Fecha y hora de presentación.
b) Identificación del interesado.
c) Órgano administrativo remitente, si procede.
d) Persona u órgano administrativo al que se envía.
e) Referencia a la naturaleza y contenido del documento que se envía.
2. Como acreditación de la presentación de los documentos, se emitirá
automáticamente un recibo consistente en una copia autenticada del documento de que
se trate, incluyendo la fecha y hora de presentación y el número de entrada de Registro,
así como un recibo acreditativo de otros documentos que, en su caso, lo acompañen, que
garantice la integridad y el no repudio de los mismos.
3. La inscripción de los asientos en el Registro Electrónico General se realizará según
el orden temporal de su válida presentación.
4. La falta de incorporación por el interesado de los documentos necesarios para
tramitar la solicitud válidamente presentada podrá ser subsanada en el plazo de diez
días desde la notificación del requerimiento de subsanación. En los casos en los que la
omisión se refiere a la acreditación de la representación del interesado, dicha omisión
podrá ser subsanada en los términos dispuestos en este Reglamento.
Artículo 27. Admisión de documentos.
1. Se admitirá por el Registro Electrónico General de la Universidad de Málaga
cualquier solicitud, escrito o comunicación dirigido a los órganos de la Universidad de
Málaga o a los órganos de las restantes Administraciones Públicas y demás entidades
pertenecientes al sector público institucional que estén integradas en el sistema de
interconexión de registros, en los términos establecidos en la normativa vigente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311892
Artículo 26. Medios de presentación.
1. Los interesados obligados a relacionarse por medios electrónicos presentarán los
documentos en formato electrónico a través de la Sede Electrónica de la Universidad de
Málaga.
2. Los interesados no obligados a relacionarse por medios electrónicos con la
Universidad de Málaga podrán presentar los documentos en formato papel. Esta
presentación se realizará en las oficinas de asistencia en materia de registros, donde el
empleado público procederá a digitalizar los documentos presentados y a devolverlos al
interesado tras su conversión en formato electrónico, junto con el recibo justificativo de
dicha presentación.
3. Cuando así lo exijan el volumen de la documentación presentada en formato papel
en las oficinas de asistencia en materia de registros de la Universidad de Málaga, la
concurrencia de un gran número de usuarios o la previsión de esta circunstancia por la
existencia de convocatorias de gran afluencia de interesados, las tareas de asistencia
que se realizan en el acto de presentación podrán trasladarse a un momento posterior
para que se pueda proceder a dicha asistencia adecuadamente y de forma eficaz. En
estos casos, se facilitará al interesado, junto con el recibo correspondiente al asiento
registral, para la debida constancia de fecha y hora de presentación, un recibo de la
documentación entregada con indicación de la fecha prevista para su devolución, una
vez que se hayan realizado las tareas de digitalización.
4. La entrega en la oficina de asistencia en materia de registro de documentación en
soporte que impida su incorporación electrónica al Registro General deberá acompañarse
de un escrito de remisión. La oficina de asistencia en materia de registro remitirá la
documentación recibida en sobre cerrado, junto con el escrito de remisión, a la unidad
tramitadora destinataria de la entrega.
5. Se garantizará, en todo caso, la confidencialidad en las comunicaciones que
puedan afectar a la seguridad pública, al honor, a la intimidad y seguridad de las personas,
de acuerdo con la legislación aplicable en materia de archivos, bases de datos públicos y
protección de datos personales.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Lunes, 2 de diciembre de 2024
página 54947/17
a) Fecha y hora de presentación.
b) Identificación del interesado.
c) Órgano administrativo remitente, si procede.
d) Persona u órgano administrativo al que se envía.
e) Referencia a la naturaleza y contenido del documento que se envía.
2. Como acreditación de la presentación de los documentos, se emitirá
automáticamente un recibo consistente en una copia autenticada del documento de que
se trate, incluyendo la fecha y hora de presentación y el número de entrada de Registro,
así como un recibo acreditativo de otros documentos que, en su caso, lo acompañen, que
garantice la integridad y el no repudio de los mismos.
3. La inscripción de los asientos en el Registro Electrónico General se realizará según
el orden temporal de su válida presentación.
4. La falta de incorporación por el interesado de los documentos necesarios para
tramitar la solicitud válidamente presentada podrá ser subsanada en el plazo de diez
días desde la notificación del requerimiento de subsanación. En los casos en los que la
omisión se refiere a la acreditación de la representación del interesado, dicha omisión
podrá ser subsanada en los términos dispuestos en este Reglamento.
Artículo 27. Admisión de documentos.
1. Se admitirá por el Registro Electrónico General de la Universidad de Málaga
cualquier solicitud, escrito o comunicación dirigido a los órganos de la Universidad de
Málaga o a los órganos de las restantes Administraciones Públicas y demás entidades
pertenecientes al sector público institucional que estén integradas en el sistema de
interconexión de registros, en los términos establecidos en la normativa vigente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311892
Artículo 26. Medios de presentación.
1. Los interesados obligados a relacionarse por medios electrónicos presentarán los
documentos en formato electrónico a través de la Sede Electrónica de la Universidad de
Málaga.
2. Los interesados no obligados a relacionarse por medios electrónicos con la
Universidad de Málaga podrán presentar los documentos en formato papel. Esta
presentación se realizará en las oficinas de asistencia en materia de registros, donde el
empleado público procederá a digitalizar los documentos presentados y a devolverlos al
interesado tras su conversión en formato electrónico, junto con el recibo justificativo de
dicha presentación.
3. Cuando así lo exijan el volumen de la documentación presentada en formato papel
en las oficinas de asistencia en materia de registros de la Universidad de Málaga, la
concurrencia de un gran número de usuarios o la previsión de esta circunstancia por la
existencia de convocatorias de gran afluencia de interesados, las tareas de asistencia
que se realizan en el acto de presentación podrán trasladarse a un momento posterior
para que se pueda proceder a dicha asistencia adecuadamente y de forma eficaz. En
estos casos, se facilitará al interesado, junto con el recibo correspondiente al asiento
registral, para la debida constancia de fecha y hora de presentación, un recibo de la
documentación entregada con indicación de la fecha prevista para su devolución, una
vez que se hayan realizado las tareas de digitalización.
4. La entrega en la oficina de asistencia en materia de registro de documentación en
soporte que impida su incorporación electrónica al Registro General deberá acompañarse
de un escrito de remisión. La oficina de asistencia en materia de registro remitirá la
documentación recibida en sobre cerrado, junto con el escrito de remisión, a la unidad
tramitadora destinataria de la entrega.
5. Se garantizará, en todo caso, la confidencialidad en las comunicaciones que
puedan afectar a la seguridad pública, al honor, a la intimidad y seguridad de las personas,
de acuerdo con la legislación aplicable en materia de archivos, bases de datos públicos y
protección de datos personales.