3. Otras disposiciones. . (2024/234-67)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Universidad de Málaga, por la que se publica el Reglamento 11/2024, de 21 de noviembre, de Administración Electrónica de la Universidad de Málaga.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Lunes, 2 de diciembre de 2024
página 54947/16
2. El calendario y horario de apertura de las Oficinas de Asistencia en Materia de
Registros será establecido por resolución de la Secretaría General, a propuesta del
responsable del Registro Electrónico General y con respeto del calendario y horario de
funcionamiento de los servicios administrativos correspondientes a la localización física
de cada oficina.
3. En el supuesto de puntos específicos de atención en materia de Registro, el
calendario y horario de estos puntos de atención será establecido por la dirección de la
unidad tramitadora, con el visto bueno de la persona responsable del Registro General.
4. El funcionamiento del Registro Electrónico General se regirá por las siguientes
reglas:
a) A los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al
cumplimiento de plazos por los interesados, la presentación en un día inhábil se entenderá
realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, salvo que una norma permita
expresamente la recepción en día inhábil.
b) Los documentos se considerarán presentados por el orden de hora efectiva en el
que lo fueron en el día inhábil. Los documentos presentados en el día inhábil se reputarán
anteriores, según el mismo orden, a los que lo fueran el primer día hábil posterior.
c) El inicio del cómputo de los plazos que haya de cumplir la Universidad de Málaga
vendrá determinado por la fecha y hora de presentación en el Registro General de la
Universidad de Málaga. En todo caso, la fecha y hora efectiva de inicio del cómputo
de plazos deberá ser comunicada al interesado y/o al representante o a quien inició el
procedimiento.
La Universidad de Málaga publicará en su Sede Electrónica el calendario de días
inhábiles, a efectos del cómputo de los plazos correspondientes a procedimientos
incoados en la misma.
Artículo 25. Presentación válida de documentos en el Registro Electrónico General y
asiento de presentación.
1. La válida presentación de un documento en el Registro Electrónico General de la
Universidad de Málaga generará un asiento de presentación que reflejará la siguiente
información:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311892
Artículo 24. Presentación de documentos.
1. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de la Universidad de
Málaga podrán presentarse:
a) En el Registro Electrónico General de la Universidad de Málaga.
b) En los restantes Registros Electrónicos de las Administraciones Públicas
y entidades del sector público institucional que estén integradas en el sistema de
interconexión de Registros.
c) En las oficinas de Correos, en la forma en que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el
extranjero.
e) En las oficinas de asistencia en materia de registros de la Universidad de Málaga.
f) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
2. Los documentos que los interesados dirijan a otras Administraciones Públicas y
entidades del sector público institucional podrán presentarse en los términos previstos en
la normativa vigente.
3. No se tendrán por presentados en el Registro aquellos documentos e información
cuya regulación específica establezca su presentación a través de sistemas de información
o desarrollos electrónicos puestos a disposición de los interesados por la Universidad
de Málaga. En estos supuestos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.4 del
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, el órgano administrativo competente para la
tramitación del procedimiento comunicará esta circunstancia al interesado e informará de
los requisitos exigidos por la legislación aplicable.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Lunes, 2 de diciembre de 2024
página 54947/16
2. El calendario y horario de apertura de las Oficinas de Asistencia en Materia de
Registros será establecido por resolución de la Secretaría General, a propuesta del
responsable del Registro Electrónico General y con respeto del calendario y horario de
funcionamiento de los servicios administrativos correspondientes a la localización física
de cada oficina.
3. En el supuesto de puntos específicos de atención en materia de Registro, el
calendario y horario de estos puntos de atención será establecido por la dirección de la
unidad tramitadora, con el visto bueno de la persona responsable del Registro General.
4. El funcionamiento del Registro Electrónico General se regirá por las siguientes
reglas:
a) A los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al
cumplimiento de plazos por los interesados, la presentación en un día inhábil se entenderá
realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, salvo que una norma permita
expresamente la recepción en día inhábil.
b) Los documentos se considerarán presentados por el orden de hora efectiva en el
que lo fueron en el día inhábil. Los documentos presentados en el día inhábil se reputarán
anteriores, según el mismo orden, a los que lo fueran el primer día hábil posterior.
c) El inicio del cómputo de los plazos que haya de cumplir la Universidad de Málaga
vendrá determinado por la fecha y hora de presentación en el Registro General de la
Universidad de Málaga. En todo caso, la fecha y hora efectiva de inicio del cómputo
de plazos deberá ser comunicada al interesado y/o al representante o a quien inició el
procedimiento.
La Universidad de Málaga publicará en su Sede Electrónica el calendario de días
inhábiles, a efectos del cómputo de los plazos correspondientes a procedimientos
incoados en la misma.
Artículo 25. Presentación válida de documentos en el Registro Electrónico General y
asiento de presentación.
1. La válida presentación de un documento en el Registro Electrónico General de la
Universidad de Málaga generará un asiento de presentación que reflejará la siguiente
información:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311892
Artículo 24. Presentación de documentos.
1. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de la Universidad de
Málaga podrán presentarse:
a) En el Registro Electrónico General de la Universidad de Málaga.
b) En los restantes Registros Electrónicos de las Administraciones Públicas
y entidades del sector público institucional que estén integradas en el sistema de
interconexión de Registros.
c) En las oficinas de Correos, en la forma en que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el
extranjero.
e) En las oficinas de asistencia en materia de registros de la Universidad de Málaga.
f) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
2. Los documentos que los interesados dirijan a otras Administraciones Públicas y
entidades del sector público institucional podrán presentarse en los términos previstos en
la normativa vigente.
3. No se tendrán por presentados en el Registro aquellos documentos e información
cuya regulación específica establezca su presentación a través de sistemas de información
o desarrollos electrónicos puestos a disposición de los interesados por la Universidad
de Málaga. En estos supuestos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.4 del
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, el órgano administrativo competente para la
tramitación del procedimiento comunicará esta circunstancia al interesado e informará de
los requisitos exigidos por la legislación aplicable.