3. Otras disposiciones. . (2024/233-40)
Resolución de 19 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla, por la que se conceden subvenciones en el ámbito provincial a Entidades Locales para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como para la atención del alumnado inmigrante, mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, durante el curso 2024-2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 233 - Viernes, 29 de noviembre de 2024

página 54628/4

2.º En el caso de editarse materiales didácticos o publicitarios, e imputarse
gastos de este tipo, deberá adjuntarse un ejemplar de los mismos en el que figurará
inexcusablemente la referencia de la financiación de la Junta de Andalucía.
i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el
artículo 28 de la orden citada.
j) Comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio o de la dirección de correo
electrónico durante el período en el que la subvención es susceptible de control.
11. Asimismo, en cumplimiento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15
de enero, de Protección Jurídica del Menor, y de la Instrucción 1/2016, de 5 de febrero,
de la Secretaría General para la Administración Pública, cuando las subvenciones se
destinen en todo o en parte al desempeño de funciones que impliquen contacto habitual
con menores, una vez identificada la persona a contratar e inmediatamente antes de la
formalización del contrato, será obligatorio para la entidad solicitante de la subvención,
la aportación de la declaración responsable de que todo el personal al que corresponde
la realización de esas tareas cuenta con el Certificado Negativo del Registro Central de
Delincuentes Sexuales.
12. El plazo previsto para la justificación de las subvenciones concedidas por la
presente Resolución finaliza el 31 de agosto de 2025, para lo cual se aportará un
certificado de la intervención de la Entidad Local acreditativo del empleo de las cantidades
a la finalidad para las que fueron concedidas, y que se acompañará de una memoria de
actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión,
con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, así como una
memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. Regulación aplicable de carácter específico.
1. La Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, establece que
la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación
educativa y social en la lucha contra el absentismo escolar, y consolidará el compromiso
con la igualdad de oportunidades. También, en su artículo 19.1, determina que la
Administración de la Comunidad Autónoma adoptará medidas que faciliten que el
alumnado cuyas familias se dediquen a tareas agrícolas de temporada o profesiones
itinerantes permanezca escolarizado en los centros docentes de su localidad de origen
para favorecer un proceso educativo sin interrupciones.
2. Como continuación de esta premisa, el Decreto 167/2003, de 17 de junio,
que establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con
necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00311575

Primero. Régimen jurídico aplicable con carácter general.
A esta resolución de concesión de subvenciones le es de aplicación lo establecido
tanto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como en el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo.
Asimismo, le son de aplicación el Título VII del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de
la Junta de Andalucía; la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía; el Decreto 282/2010, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
de los Procedimientos de Concesión de subvenciones de la Administración de la Junta
de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, así como las demás disposiciones de obligado cumplimiento en la
materia.