3. Otras disposiciones. . (2024/232-18)
Instrucción conjunta 1/2024, de 20 de noviembre, de la Viceconsejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, y de la Secretaría General para la Administración Pública, para la aplicación del artículo 12 de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades y Retribuciones del personal Alto Cargo de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones del personal Alto Cargo y otros Cargos Públicos.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Jueves, 28 de noviembre de 2024
página 54818/3
Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones del personal Alto Cargo y
otros Cargos Públicos, así como de lo previsto en el artículo 98 de la Ley 9/2007, 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
INSTRUCCIONES
Segunda. Documentación a enviar al Registro de Actividades, Bienes, Intereses y
Retribuciones para su custodia.
1. Para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 12 de la Ley
3/2005, de 8 de abril, el personal Alto Cargo y otros Cargos Públicos remitirán, antes del
1 de agosto de cada año natural, en el momento de la toma de posesión, o en el plazo de
dos meses desde que se produjera el cese o modificación de las circunstancias de hecho,
la siguiente documentación al Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones:
a) Con carácter preceptivo, sus autoliquidaciones tributarias íntegras del último
ejercicio económico declarado, correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas y, en su caso, al Impuesto sobre el Patrimonio. No obstante, en las
autoliquidaciones de tipo individual la declaración se presentará con los datos de terceras
personas que pudieran aparecer en la declaración y el código seguro de verificación que
figura en la primera página de la declaración y al final del resto de páginas de la misma
tachados.
No se deberán ocultar más datos que los referidos a terceras personas, puesto
que la obligación de la Ley 3/2005, de 8 de abril, establece la aportación íntegra de la
declaración para Altos Cargos y otros Cargos Públicos.
b) Con carácter opcional, las autoliquidaciones tributarias individuales íntegras del
último ejercicio económico declarado, de su cónyuge o pareja de hecho debidamente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311765
Primera. Objeto de la Instrucción.
1. El objeto de esta Instrucción es facilitar el cumplimiento de lo establecido en el
artículo 12 de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades y Retribuciones del
personal Alto Cargo de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de
Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones del personal Alto Cargo y otros Cargos
Públicos, en el cual se establece que las personas Altos Cargos y otros Cargos Públicos
deberán presentar en el Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones
las autoliquidaciones tributarias íntegras del último ejercicio económico declarado
correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y, en su caso, al
Impuesto sobre el Patrimonio, las cuales serán objeto de publicidad en la Sección de
Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía conforme a la normativa vigente y las
presentes Instrucciones.
2. Asimismo, la Instrucción aborda la cumplimentación, remisión y publicación, que
en cada caso corresponda, de los formularios contenidos en el Anexo IA (Formulario
de información de declaración tributaria individual del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas del Alto Cargo o Cargo Público); Anexo IB (Formulario de información
de declaración tributaria individual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
del cónyuge o pareja de hecho debidamente inscrita); Anexo II (Formulario de información
de declaración tributaria conjunta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas);
Anexo IIIA (Formulario de información de declaración tributaria del Impuesto sobre el
Patrimonio del Alto Cargo o Cargo Público); y Anexo IIIB (Formulario de información de
declaración tributaria del Impuesto sobre el Patrimonio del cónyuge o pareja de hecho
debidamente inscrita).
Los formularios, que figuran como anexo de esta Instrucción, estarán disponibles
de forma electrónica en el enlace «https://lajunta.es/rdac», así como en el Registro de
Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Jueves, 28 de noviembre de 2024
página 54818/3
Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones del personal Alto Cargo y
otros Cargos Públicos, así como de lo previsto en el artículo 98 de la Ley 9/2007, 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
INSTRUCCIONES
Segunda. Documentación a enviar al Registro de Actividades, Bienes, Intereses y
Retribuciones para su custodia.
1. Para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 12 de la Ley
3/2005, de 8 de abril, el personal Alto Cargo y otros Cargos Públicos remitirán, antes del
1 de agosto de cada año natural, en el momento de la toma de posesión, o en el plazo de
dos meses desde que se produjera el cese o modificación de las circunstancias de hecho,
la siguiente documentación al Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones:
a) Con carácter preceptivo, sus autoliquidaciones tributarias íntegras del último
ejercicio económico declarado, correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas y, en su caso, al Impuesto sobre el Patrimonio. No obstante, en las
autoliquidaciones de tipo individual la declaración se presentará con los datos de terceras
personas que pudieran aparecer en la declaración y el código seguro de verificación que
figura en la primera página de la declaración y al final del resto de páginas de la misma
tachados.
No se deberán ocultar más datos que los referidos a terceras personas, puesto
que la obligación de la Ley 3/2005, de 8 de abril, establece la aportación íntegra de la
declaración para Altos Cargos y otros Cargos Públicos.
b) Con carácter opcional, las autoliquidaciones tributarias individuales íntegras del
último ejercicio económico declarado, de su cónyuge o pareja de hecho debidamente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311765
Primera. Objeto de la Instrucción.
1. El objeto de esta Instrucción es facilitar el cumplimiento de lo establecido en el
artículo 12 de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades y Retribuciones del
personal Alto Cargo de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de
Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones del personal Alto Cargo y otros Cargos
Públicos, en el cual se establece que las personas Altos Cargos y otros Cargos Públicos
deberán presentar en el Registro de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones
las autoliquidaciones tributarias íntegras del último ejercicio económico declarado
correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y, en su caso, al
Impuesto sobre el Patrimonio, las cuales serán objeto de publicidad en la Sección de
Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía conforme a la normativa vigente y las
presentes Instrucciones.
2. Asimismo, la Instrucción aborda la cumplimentación, remisión y publicación, que
en cada caso corresponda, de los formularios contenidos en el Anexo IA (Formulario
de información de declaración tributaria individual del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas del Alto Cargo o Cargo Público); Anexo IB (Formulario de información
de declaración tributaria individual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
del cónyuge o pareja de hecho debidamente inscrita); Anexo II (Formulario de información
de declaración tributaria conjunta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas);
Anexo IIIA (Formulario de información de declaración tributaria del Impuesto sobre el
Patrimonio del Alto Cargo o Cargo Público); y Anexo IIIB (Formulario de información de
declaración tributaria del Impuesto sobre el Patrimonio del cónyuge o pareja de hecho
debidamente inscrita).
Los formularios, que figuran como anexo de esta Instrucción, estarán disponibles
de forma electrónica en el enlace «https://lajunta.es/rdac», así como en el Registro de
Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía.