Disposiciones generales. . (2024/230-1)
Orden de 20 de noviembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 27 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones para la ejecución del Programa de Emisión de Bonos Digitales para colectivos vulnerables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa UNICO-Bono Social).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 54607/3
en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Finalmente, se encuentra acreditado el principio de eficacia ya que se ha diseñado
bajo los principios de simplificación de trámites para la presentación de solicitud
y documentación necesaria, sin imponer cargas administrativas innecesarias, y
racionalizando la gestión de recursos públicos.
Por otra parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 12/2007,
de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, se ha
aplicado la perspectiva de la igualdad de género, tanto en el procedimiento de aprobación,
como en el conjunto de medidas que se establecen en la presente orden.
Asimismo, conforme a lo establecido en el Decreto 58/2006, de 14 de marzo, por el
que se regula el Consejo de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, se ha solicitado
informe al Consejo de las Personas Consumidoras y Usuarias de Andalucía.
Esta orden, de acuerdo con lo establecido en el artículo 118 del Texto Refundido de
la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y el artículo 45.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,
ha sido objeto de los informes preceptivos del Gabinete Jurídico y de la Intervención
General de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia
Digital de Andalucía, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 44.2 y
46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, el artículo 26.2. a) de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, los artículos 115.1 y 118.1 del
texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y el
artículo 4.6 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de
los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía,
Artículo único. Modificación de la Orden de 27 de septiembre de 2023, por la que
se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, de
las subvenciones para la ejecución del Programa de Emisión de Bonos Digitales
para colectivos vulnerables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa
UNICO-Bono Social).
La Orden de 27 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras,
en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones para la ejecución del
Programa de Emisión de Bonos Digitales para colectivos vulnerables en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión
Europea- Next Generation EU (Programa UNICO-Bono Social), queda modificada como
sigue:
Uno. Se elimina el apartado 4 del artículo 1, y sus apartados 2 y 3 quedan redactados
como siguen:
«2. El bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de
conexión a banda ancha o el mantenimiento de los ya contratados desde una ubicación
fija con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente en
condiciones de máxima demanda con la tecnología más adecuada en cada caso.»
«3. Esta Orden tiene por finalidad contribuir a la ejecución parcial de la inversión C15.
I3 «Bonos de conectividad para pymes y colectivos vulnerables» de la componente 15 del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Programa UNICO-Bono Social).»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311554
DISPONGO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024
página 54607/3
en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Finalmente, se encuentra acreditado el principio de eficacia ya que se ha diseñado
bajo los principios de simplificación de trámites para la presentación de solicitud
y documentación necesaria, sin imponer cargas administrativas innecesarias, y
racionalizando la gestión de recursos públicos.
Por otra parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 12/2007,
de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, se ha
aplicado la perspectiva de la igualdad de género, tanto en el procedimiento de aprobación,
como en el conjunto de medidas que se establecen en la presente orden.
Asimismo, conforme a lo establecido en el Decreto 58/2006, de 14 de marzo, por el
que se regula el Consejo de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, se ha solicitado
informe al Consejo de las Personas Consumidoras y Usuarias de Andalucía.
Esta orden, de acuerdo con lo establecido en el artículo 118 del Texto Refundido de
la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y el artículo 45.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,
ha sido objeto de los informes preceptivos del Gabinete Jurídico y de la Intervención
General de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia
Digital de Andalucía, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 44.2 y
46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, el artículo 26.2. a) de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, los artículos 115.1 y 118.1 del
texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y el
artículo 4.6 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de
los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía,
Artículo único. Modificación de la Orden de 27 de septiembre de 2023, por la que
se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, de
las subvenciones para la ejecución del Programa de Emisión de Bonos Digitales
para colectivos vulnerables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa
UNICO-Bono Social).
La Orden de 27 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras,
en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones para la ejecución del
Programa de Emisión de Bonos Digitales para colectivos vulnerables en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión
Europea- Next Generation EU (Programa UNICO-Bono Social), queda modificada como
sigue:
Uno. Se elimina el apartado 4 del artículo 1, y sus apartados 2 y 3 quedan redactados
como siguen:
«2. El bono digital contribuirá a financiar la contratación de nuevos servicios de
conexión a banda ancha o el mantenimiento de los ya contratados desde una ubicación
fija con una velocidad mínima de 30 Mbit por segundo en sentido descendente en
condiciones de máxima demanda con la tecnología más adecuada en cada caso.»
«3. Esta Orden tiene por finalidad contribuir a la ejecución parcial de la inversión C15.
I3 «Bonos de conectividad para pymes y colectivos vulnerables» de la componente 15 del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Programa UNICO-Bono Social).»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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00311554
DISPONGO