3. Otras disposiciones. . (2024/229-44)
Orden de 18 de noviembre de 2024, por la que se aprueba el Protocolo Marco de Actuación para la Protección de las Personas Menores frente a la Violencia en el Deporte.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 25 de noviembre de 2024
página 54510/14
7. Sport Against Violence and Exclusion (SAVE).
8. Child Abuse in Sport: European Statistics (CASES).
9. POINTS Project.
10. SPORTPARENT EU Project.
11. iCoachKids.
12. Get Addicted to Sport Values.
En la mayoría de los casos, destaca la importancia otorgada a los abusos sexuales y físicos, y un menor
desarrollo respecto a la violencia psíquica y emocional se refiere (Comisión Europea, 2019), tanto a nivel
español, como en general, a nivel europeo.
6) Principios básicos del Protocolo Marco propuesto
Los principios básicos en materia de protección a la infancia y adolescencia del presente Protocolo Marco
de la Junta de Andalucía y que deben ser trasladados a las entidades deportivas que trabajan con las
personas menores son:
PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS MENORES FRENTE A LA VIOLENCIA. Todas las medidas,
actuaciones y acciones que se desarrollen en el ámbito del presente Protocolo Marco, tienen que ir
dirigidas al fin primordial de proteger a los NNA frente a la violencia que se pueda producir en el
ámbito de las actividades deportivas.
INTERÉS SUPERIOR DE LAS PERSONAS MENORES. En todas las actuaciones que se desarrollen con
personas menores en el ámbito deportivo, deberá primar el interés de las personas menores sobre
cualquier otro. Este interés superior de la persona menor se configura no sólo con objetivo del
Protocolo Marco sino como finalidad de todas las actuaciones que se realicen.
DERECHO DE LAS PERSONAS MENORES A SER OÍDOS Y ESCUCHADOS. Es un principio fundamental
que debe imperar en todas las fases del Protocolo Marco, tanto en la detección, como en la
actuación, como en la imposición de medidas preventivas ante las situaciones de violencia.
RESPETO A LA ORIENTACIÓN SEXUAL E IDENTIDAD DE GÉNERO DE LAS PERSONAS MENORES.
Además se debe recibir el apoyo y asistencia precisa cuando sean víctimas de discriminación o
violencia por tales motivos. Es frecuente este tipo de violencia en el deporte, con lo que deberá
prestarse especial atención a la detección y prevención en este ámbito.
00311457
12
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 25 de noviembre de 2024
página 54510/14
7. Sport Against Violence and Exclusion (SAVE).
8. Child Abuse in Sport: European Statistics (CASES).
9. POINTS Project.
10. SPORTPARENT EU Project.
11. iCoachKids.
12. Get Addicted to Sport Values.
En la mayoría de los casos, destaca la importancia otorgada a los abusos sexuales y físicos, y un menor
desarrollo respecto a la violencia psíquica y emocional se refiere (Comisión Europea, 2019), tanto a nivel
español, como en general, a nivel europeo.
6) Principios básicos del Protocolo Marco propuesto
Los principios básicos en materia de protección a la infancia y adolescencia del presente Protocolo Marco
de la Junta de Andalucía y que deben ser trasladados a las entidades deportivas que trabajan con las
personas menores son:
PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS MENORES FRENTE A LA VIOLENCIA. Todas las medidas,
actuaciones y acciones que se desarrollen en el ámbito del presente Protocolo Marco, tienen que ir
dirigidas al fin primordial de proteger a los NNA frente a la violencia que se pueda producir en el
ámbito de las actividades deportivas.
INTERÉS SUPERIOR DE LAS PERSONAS MENORES. En todas las actuaciones que se desarrollen con
personas menores en el ámbito deportivo, deberá primar el interés de las personas menores sobre
cualquier otro. Este interés superior de la persona menor se configura no sólo con objetivo del
Protocolo Marco sino como finalidad de todas las actuaciones que se realicen.
DERECHO DE LAS PERSONAS MENORES A SER OÍDOS Y ESCUCHADOS. Es un principio fundamental
que debe imperar en todas las fases del Protocolo Marco, tanto en la detección, como en la
actuación, como en la imposición de medidas preventivas ante las situaciones de violencia.
RESPETO A LA ORIENTACIÓN SEXUAL E IDENTIDAD DE GÉNERO DE LAS PERSONAS MENORES.
Además se debe recibir el apoyo y asistencia precisa cuando sean víctimas de discriminación o
violencia por tales motivos. Es frecuente este tipo de violencia en el deporte, con lo que deberá
prestarse especial atención a la detección y prevención en este ámbito.
00311457
12
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja