3. Otras disposiciones. . (2024/229-44)
Orden de 18 de noviembre de 2024, por la que se aprueba el Protocolo Marco de Actuación para la Protección de las Personas Menores frente a la Violencia en el Deporte.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 25 de noviembre de 2024
página 54510/13
Buen trato: según el artículo 1.3 de la citada ley, “Se entiende por buen trato a los efectos de la presente ley
aquel que, respetando los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, promueve activamente
los principios de respeto mutuo, dignidad del ser humano, convivencia democrática, solución pacífica de
conflictos, derecho a igual protección de la ley, igualdad de oportunidades y prohibición de discriminación de
los niños, niñas y adolescentes”.
Interés superior de la persona menor: el principio del interés superior del niño, niña o adolescente, es un
conjunto de acciones y procesos tendentes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna, así como las
condiciones materiales y afectivas que permitan vivir plenamente y alcanzar el máximo de bienestar posible
a las personas menores. Se trata de una garantía de que las personas menores tienen derecho a que, antes
de tomar una medida respecto de ellos, se adopten aquellas que promuevan y protejan sus derechos y no
las que los conculquen (Jefatura del Estado, 1996).
b) Conceptos deportivos relacionados con las actividades deportivas desarrolladas en Andalucía
El sistema deportivo, hasta no hace mucho tiempo, ha sido visto como un entorno “naturalmente” positivo
y donde no se requería ningún tipo de acción específica para hacer aflorar estas bondades inherentes del
mismo más allá de la propia práctica deportiva. El reciente desarrollo en la materia, lejos de ser una
“casualidad”, responde a un desarrollo histórico marcada por una genealogía de escándalos cuyo epicentro
cabe ubicarse en algunos casos especialmente graves y mediáticos que tuvieron lugar en el Reino Unido en
la década de los noventa (Garrat et al., 2013). Aunque inicialmente impulsado por estos escándalos de
abusos sexuales (problemática que sigue condicionando el resto de la agenda política), el "movimiento" de
protección infantil en el deporte ha ido abarcando otros daños que sufren las personas menores de edad,
como el abuso físico y psicológico, el abandono y los rituales dañinos de iniciación, pues se han ido
acumulando evidencias de los mismos (Brackenridge et al., 2010). Un estudio reciente de la Comisión
Europea constataba la variedad de proyectos puestos en marcha sobre la materia, pero con desigual
desarrollo y despliegue, destacando, principalmente, el proyecto Start To Talk Initiative (Consejo de Europa,
2018), orientado a la erradicación de los abusos sexuales a personas menores de edad en el deporte, y
sucesor de los proyectos Pro Safe Sport (Consejo de Europa, 2014) y Pro Safe Sport+ (Consejo de Europa,
2017), que se han desarrollado en colaboración entre el Consejo de Europa y la Unión Europea. Otros
proyectos que también se han desarrollado son los siguientes:
1. “Prevention of sexualized violence in sports – Impulses for an open, secure and sound sporting
environment in Europe”.
2. VOICE.
3. Sport Respect Your Rights.
4. Safeguarding Youth Sport.
5. Leveraging sport to tackle gender inequalities.
00311457
6. I-Protect in sport.
11
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 25 de noviembre de 2024
página 54510/13
Buen trato: según el artículo 1.3 de la citada ley, “Se entiende por buen trato a los efectos de la presente ley
aquel que, respetando los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes, promueve activamente
los principios de respeto mutuo, dignidad del ser humano, convivencia democrática, solución pacífica de
conflictos, derecho a igual protección de la ley, igualdad de oportunidades y prohibición de discriminación de
los niños, niñas y adolescentes”.
Interés superior de la persona menor: el principio del interés superior del niño, niña o adolescente, es un
conjunto de acciones y procesos tendentes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna, así como las
condiciones materiales y afectivas que permitan vivir plenamente y alcanzar el máximo de bienestar posible
a las personas menores. Se trata de una garantía de que las personas menores tienen derecho a que, antes
de tomar una medida respecto de ellos, se adopten aquellas que promuevan y protejan sus derechos y no
las que los conculquen (Jefatura del Estado, 1996).
b) Conceptos deportivos relacionados con las actividades deportivas desarrolladas en Andalucía
El sistema deportivo, hasta no hace mucho tiempo, ha sido visto como un entorno “naturalmente” positivo
y donde no se requería ningún tipo de acción específica para hacer aflorar estas bondades inherentes del
mismo más allá de la propia práctica deportiva. El reciente desarrollo en la materia, lejos de ser una
“casualidad”, responde a un desarrollo histórico marcada por una genealogía de escándalos cuyo epicentro
cabe ubicarse en algunos casos especialmente graves y mediáticos que tuvieron lugar en el Reino Unido en
la década de los noventa (Garrat et al., 2013). Aunque inicialmente impulsado por estos escándalos de
abusos sexuales (problemática que sigue condicionando el resto de la agenda política), el "movimiento" de
protección infantil en el deporte ha ido abarcando otros daños que sufren las personas menores de edad,
como el abuso físico y psicológico, el abandono y los rituales dañinos de iniciación, pues se han ido
acumulando evidencias de los mismos (Brackenridge et al., 2010). Un estudio reciente de la Comisión
Europea constataba la variedad de proyectos puestos en marcha sobre la materia, pero con desigual
desarrollo y despliegue, destacando, principalmente, el proyecto Start To Talk Initiative (Consejo de Europa,
2018), orientado a la erradicación de los abusos sexuales a personas menores de edad en el deporte, y
sucesor de los proyectos Pro Safe Sport (Consejo de Europa, 2014) y Pro Safe Sport+ (Consejo de Europa,
2017), que se han desarrollado en colaboración entre el Consejo de Europa y la Unión Europea. Otros
proyectos que también se han desarrollado son los siguientes:
1. “Prevention of sexualized violence in sports – Impulses for an open, secure and sound sporting
environment in Europe”.
2. VOICE.
3. Sport Respect Your Rights.
4. Safeguarding Youth Sport.
5. Leveraging sport to tackle gender inequalities.
00311457
6. I-Protect in sport.
11
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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