Disposiciones generales. . (2024/228-4)
Acuerdo de 19 de noviembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Primera Estrategia de Recursos Hídricos no Convencionales de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Viernes, 22 de noviembre de 2024

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de que se alcanzarán los objetivos establecidos y que el recurso hídrico no será un factor
limitante de su desarrollo sostenible y equilibrado.
Para la consecución de dichos objetivos resulta imprescindible contar con un
instrumento estratégico que sirva de marco conceptual para la definición de las líneas
de trabajo necesarias para el fomento de la producción y utilización de este tipo de
recursos, y que dé respuesta a los desafíos presentes y futuros en la gestión de los
recursos hídricos en nuestra Comunidad, para lo cual por la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural se plantea la definición y puesta en marcha de la Primera
Estrategia de Recursos Hídricos no Convencionales de Andalucía, en cuya elaboración
deberán ser tenidas en cuenta las necesidades de los distintos sectores implicados a
través de un diálogo fluido y constante con todos los agentes económicos y sociales
afectados.
Por otro lado, es necesario destacar que la Estrategia que ahora se formula, será
objeto de aprobación en desarrollo de los compromisos adquiridos por este Gobierno
en el marco del Pacto Social y Económico por el Impulso de Andalucía, firmado el 13 de
marzo de 2023.
En su virtud, de conformidad con el artículo 27.12 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,
del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y previa deliberación del Consejo de
Gobierno en su reunión del día 19 de noviembre de 2024,
ACUERDA

Segundo. Objetivos.
1. La Estrategia tiene como objetivo general el fomento de la producción y utilización
de los recursos no convencionales en la Comunidad Autónoma de Andalucía para
contribuir a la seguridad hídrica de la ciudadanía andaluza, los sectores productivos y el
patrimonio natural, incrementando la capacidad de adaptación frente a los episodios de
sequía y escasez presentes y futuros.
2. A su vez, este objetivo general se concreta en una serie de objetivos específicos,
que son:
a) Contribuir al cumplimiento de los objetivos ambientales establecidos por
la planificación hidrológica para las masas de agua y las zonas protegidas de las
Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía.
b) Reducir el uso no sostenible de los recursos superficiales y/o subterráneos
mediante la sustitución de su consumo por recursos hídricos no convencionales.
c) Asegurar la disponibilidad y garantía para el uso de abastecimiento a la población
mediante el suministro o liberación de recursos adecuados en términos de cantidad,
calidad, salubridad y garantía.
d) Consolidar las demandas de los sectores productivos de Andalucía, generando
condiciones de estabilidad, previsibilidad y competitividad para su progreso y, por esta
vía, para el desarrollo sostenible de Andalucía.
e) Participar en la implantación de los criterios de circularidad en la gestión del ciclo
integral del agua.
f) Incrementar la capacidad de adaptación de la sociedad andaluza a los efectos del
cambio climático en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Primero. Formulación.
Se aprueba la formulación de la Primera Estrategia de Recursos Hídricos no
Convencionales de Andalucía, en adelante la Estrategia, cuya estructura, elaboración
y aprobación se realizará conforme a las disposiciones establecidas en el presente
acuerdo.