Disposiciones generales. . (2024/219-2)
Orden de 5 de noviembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas al fomento del empleo de personas con problemas de adicciones en proceso de incorporación social «Programa Arquímedes».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Lunes, 11 de noviembre de 2024
página 53665/12
(Página 5 de 14)
9.- Subcontratación (Artículo 8).
9.a). Posibilidad de subcontratación:
Sí. Porcentaje máximo:
No.
9.b). En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la subcontratación:
Ninguna.
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d).1.ª, del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:
10.- Solicitudes y escritos (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a). Obtención del formulario:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html
En las sedes de los siguientes órganos:
En los siguientes lugares:
10.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes:
- Persona titular de la Delegación Territorial de la Consejeria
competente en materia de salud de la provincia donde se
encuentre ubicado el centro de trabajo en el que vaya a trabajar
la persona con problemas de adicciones.
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de
la dirección electrónica https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml
,
en los siguientes lugares y registros:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros
electrónicos:
Preferentemente en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y
registros:
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes sistemas de firma electrónica:
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes en el mismo, determina el inicio del plazo para dictar la resolución expresa y
notificarla.
Las solicitudes se irán resolviendo atendiendo al orden de entrada en la Ventanilla Electrónica de
la Administración de la Junta de Andalucía dirigidas a las Delegaciones Territoriales de la
Consejería competente en materia de salud, para su tramitación.
.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se publicarán en:
Convocatoria: La página web de la Consejería competente en materia de salud.
El extracto de la convocatoria: La página web de la Consejería competente en materia de salud.
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es :
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
12.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es:
Además de las funciones de Instrucción le corresponde las siguientes funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
• Evaluar las solicitudes presentadas atendiendo al orden de entrada y su
Otras funciones:
admisibilidad.
• Recabar del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Recurso
responsable
del
seguimiento
de
la
persona
a
contratar,
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310613
Comisión de Evaluación de la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente en
materia de salud.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 219 - Lunes, 11 de noviembre de 2024
página 53665/12
(Página 5 de 14)
9.- Subcontratación (Artículo 8).
9.a). Posibilidad de subcontratación:
Sí. Porcentaje máximo:
No.
9.b). En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la subcontratación:
Ninguna.
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d).1.ª, del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:
10.- Solicitudes y escritos (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a). Obtención del formulario:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html
En las sedes de los siguientes órganos:
En los siguientes lugares:
10.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes:
- Persona titular de la Delegación Territorial de la Consejeria
competente en materia de salud de la provincia donde se
encuentre ubicado el centro de trabajo en el que vaya a trabajar
la persona con problemas de adicciones.
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de
la dirección electrónica https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml
,
en los siguientes lugares y registros:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros
electrónicos:
Preferentemente en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y
registros:
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes sistemas de firma electrónica:
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes en el mismo, determina el inicio del plazo para dictar la resolución expresa y
notificarla.
Las solicitudes se irán resolviendo atendiendo al orden de entrada en la Ventanilla Electrónica de
la Administración de la Junta de Andalucía dirigidas a las Delegaciones Territoriales de la
Consejería competente en materia de salud, para su tramitación.
.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se publicarán en:
Convocatoria: La página web de la Consejería competente en materia de salud.
El extracto de la convocatoria: La página web de la Consejería competente en materia de salud.
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es :
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
12.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es:
Además de las funciones de Instrucción le corresponde las siguientes funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
• Evaluar las solicitudes presentadas atendiendo al orden de entrada y su
Otras funciones:
admisibilidad.
• Recabar del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
Recurso
responsable
del
seguimiento
de
la
persona
a
contratar,
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310613
Comisión de Evaluación de la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente en
materia de salud.