3. Otras disposiciones. . (2024/218-27)
Acuerdo de 5 de noviembre 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la revisión del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Zonas Húmedas del Sur de Córdoba.
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Número 218 - Viernes, 8 de noviembre de 2024
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mandato establecido en la disposición transitoria séptima de la Ley 18/2003, de 29 de
diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.
Asimismo, mediante el Decreto 493/2012, de 25 de septiembre, por el que se
declaran determinados lugares de importancia comunitaria como Zonas Especiales de
Conservación de la Red Ecológica Europea Natura 2000, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía, se declaró la Zona Especial de Conservación (ZEC) Lagunas del Sur de
Córdoba (ES0000034).
De esta forma, se solapan en un mismo ámbito territorial diferentes figuras de
protección: las Reservas Naturales Laguna de Zóñar, Laguna Amarga, Laguna del
Rincón, Laguna de Tíscar, Laguna del Conde o del Salobral, Laguna de los Jarales, los
Parajes Naturales Embalse de Cordobilla y Embalse de Malpasillo, la Zona Especial de
Conservación (ZEC) Lagunas del Sur de Córdoba y las Zonas de Especial Protección
para las Aves (ZEPA) Lagunas del Sur de Córdoba, Embalse de Cordobilla y Embalse de
Malpasillo.
Las Zonas Húmedas del Sur de Córdoba destacan por su excepcional biodiversidad,
albergando hábitats singulares y raros que permiten la supervivencia de numerosas
especies de flora y fauna. Su ubicación estratégica las convierte en refugios vitales para
aves migratorias, proporcionando alimento, descanso y zonas de reproducción. Estas
características contrastan con el entorno agrícola predominante, haciendo de estas
lagunas y embalses auténticos refugios para una rica variedad de especies.
Respecto a los hábitats de interés comunitario (HIC), en las Zonas Húmedas del Sur
de Córdoba se ha registrado la presencia de 11 HIC recogidos en el anexo I de la Directiva
92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats
naturales y de la fauna y flora silvestres, y siete especies de interés comunitario (Riella
helicophylla, Miniopterus schreibersii, Myotis blythi, Myotis myotis, Mauremys leprosa,
Discoglossus jeanneae y Lutra lutra) incluidas en el anexo II de la citada Directiva.
Las Zonas Húmedas del Sur de Córdoba albergan una rica biodiversidad aviar, con
más de un centenar de especies registradas. Entre ellas, destacan por su valores de
conservación, la focha moruna (Fulica cristata) y la malvasía cabeciblanca (Oxyura
leucocephala), cuya supervivencia en España estuvo ligada a estos humedales durante
las décadas de 1970 y 1980. Además de estas joyas ornitológicas, podemos encontrar
otras especies tan emblemáticas como el flamenco (Phoenicopterus ruber), la garza
imperial (Ardea purpurea) o el calamón (Porphyrio porphyrio), así como numerosas
anátidas y paseriformes de carrizal. Este enclave se revela así como un refugio esencial
para la avifauna acuática, subrayando la importancia de su protección y conservación.
En cuanto a la planificación de estos espacios, mediante el Decreto 52/2011, de 8
de marzo, se aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Zonas
Húmedas del Sur de Córdoba, teniendo dicho plan la consideración de Plan de Gestión
del espacio Red Natura 2000.
Teniendo en consideración que la planificación de los espacios naturales protegidos
es un proceso dinámico, se considera necesario adecuar el PORN vigente a los cambios
que se han ido produciendo en cuanto a las circunstancias ambientales, sociales, legales
y económicas, así como a la mejora del conocimiento.
En este sentido, deben destacarse dos circunstancias. En primer lugar, el compromiso
de adecuar los contenidos del PORN a los requerimientos de la Red Natura 2000. Y
en segundo lugar, la necesidad de adecuarlos a los requerimientos de la Comisión
Europea, en cuanto a la simplificación administrativa e incremento de la transparencia
de los procedimientos, reduciendo las cargas administrativas pero garantizando la
debida protección ambiental, integrando en un mismo documento los mecanismos de
planificación de las distintas figuras de protección, Reserva Natural, Paraje Natural, ZEC
y ZEPA que se solapan en el mismo ámbito geográficos de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310571
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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mandato establecido en la disposición transitoria séptima de la Ley 18/2003, de 29 de
diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.
Asimismo, mediante el Decreto 493/2012, de 25 de septiembre, por el que se
declaran determinados lugares de importancia comunitaria como Zonas Especiales de
Conservación de la Red Ecológica Europea Natura 2000, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía, se declaró la Zona Especial de Conservación (ZEC) Lagunas del Sur de
Córdoba (ES0000034).
De esta forma, se solapan en un mismo ámbito territorial diferentes figuras de
protección: las Reservas Naturales Laguna de Zóñar, Laguna Amarga, Laguna del
Rincón, Laguna de Tíscar, Laguna del Conde o del Salobral, Laguna de los Jarales, los
Parajes Naturales Embalse de Cordobilla y Embalse de Malpasillo, la Zona Especial de
Conservación (ZEC) Lagunas del Sur de Córdoba y las Zonas de Especial Protección
para las Aves (ZEPA) Lagunas del Sur de Córdoba, Embalse de Cordobilla y Embalse de
Malpasillo.
Las Zonas Húmedas del Sur de Córdoba destacan por su excepcional biodiversidad,
albergando hábitats singulares y raros que permiten la supervivencia de numerosas
especies de flora y fauna. Su ubicación estratégica las convierte en refugios vitales para
aves migratorias, proporcionando alimento, descanso y zonas de reproducción. Estas
características contrastan con el entorno agrícola predominante, haciendo de estas
lagunas y embalses auténticos refugios para una rica variedad de especies.
Respecto a los hábitats de interés comunitario (HIC), en las Zonas Húmedas del Sur
de Córdoba se ha registrado la presencia de 11 HIC recogidos en el anexo I de la Directiva
92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats
naturales y de la fauna y flora silvestres, y siete especies de interés comunitario (Riella
helicophylla, Miniopterus schreibersii, Myotis blythi, Myotis myotis, Mauremys leprosa,
Discoglossus jeanneae y Lutra lutra) incluidas en el anexo II de la citada Directiva.
Las Zonas Húmedas del Sur de Córdoba albergan una rica biodiversidad aviar, con
más de un centenar de especies registradas. Entre ellas, destacan por su valores de
conservación, la focha moruna (Fulica cristata) y la malvasía cabeciblanca (Oxyura
leucocephala), cuya supervivencia en España estuvo ligada a estos humedales durante
las décadas de 1970 y 1980. Además de estas joyas ornitológicas, podemos encontrar
otras especies tan emblemáticas como el flamenco (Phoenicopterus ruber), la garza
imperial (Ardea purpurea) o el calamón (Porphyrio porphyrio), así como numerosas
anátidas y paseriformes de carrizal. Este enclave se revela así como un refugio esencial
para la avifauna acuática, subrayando la importancia de su protección y conservación.
En cuanto a la planificación de estos espacios, mediante el Decreto 52/2011, de 8
de marzo, se aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Zonas
Húmedas del Sur de Córdoba, teniendo dicho plan la consideración de Plan de Gestión
del espacio Red Natura 2000.
Teniendo en consideración que la planificación de los espacios naturales protegidos
es un proceso dinámico, se considera necesario adecuar el PORN vigente a los cambios
que se han ido produciendo en cuanto a las circunstancias ambientales, sociales, legales
y económicas, así como a la mejora del conocimiento.
En este sentido, deben destacarse dos circunstancias. En primer lugar, el compromiso
de adecuar los contenidos del PORN a los requerimientos de la Red Natura 2000. Y
en segundo lugar, la necesidad de adecuarlos a los requerimientos de la Comisión
Europea, en cuanto a la simplificación administrativa e incremento de la transparencia
de los procedimientos, reduciendo las cargas administrativas pero garantizando la
debida protección ambiental, integrando en un mismo documento los mecanismos de
planificación de las distintas figuras de protección, Reserva Natural, Paraje Natural, ZEC
y ZEPA que se solapan en el mismo ámbito geográficos de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310571
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía