3. Otras disposiciones. . (2024/218-27)
Acuerdo de 5 de noviembre 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la revisión del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Zonas Húmedas del Sur de Córdoba.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 218 - Viernes, 8 de noviembre de 2024

página 53623/3

En su virtud, de conformidad con el artículo 18 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, y
el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente
y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 5 de noviembre de 2024,
ACUERDA
Primero. Formulación.
Aprobar la formulación de la revisión del Plan de Ordenación de los Recursos
Naturales (PORN) de las Zonas Húmedas del Sur de Córdoba, conforme a lo establecido
en los artículos 16 al 24 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y
de la Biodiversidad.
Segundo. Ámbito del PORN.
El ámbito territorial del PORN del que el presente Acuerdo formula su revisión
comprende el ámbito territorial de los siguientes espacios:
a) Reserva Natural Laguna de Zóñar.
b) Reserva Natural Laguna Amarga.
c) Reserva Natural Laguna del Rincón.
d) Reserva Natural Laguna de Tíscar.
e) Reserva Natural Laguna del Conde o del Salobral.
f) Reserva Natural Laguna de los Jarales.
g) Zona Especial de Conservación Lagunas del Sur de Córdoba, coincidente con la
Zona de Especial Protección para las Aves del mismo nombre. El ámbito territorial de
ambos espacios engloba el ámbito territorial de las Reservas Naturales citadas.
h) Paraje Natural Embalse de Cordobilla, coincidente con la Zona de Especial
Protección para las Aves del mismo nombre.
i) Paraje Natural Embalse de Malpasillo, coincidente con la Zona de Especial
Protección para las Aves del mismo nombre.
Tercero. Objetivos y contenidos.
1. Los objetivos y contenidos del PORN del que el presente Acuerdo formula
su revisión son los establecidos en los artículos 18 y 20 de la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, teniendo en cuenta también lo dispuesto en el artículo 21 en materia de
corredores ecológicos.
2. Los contenidos del PORN, al tener la consideración de Planes con Incidencia en la
Ordenación del Territorio, se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 7/2021,
de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.

Quinto. Procedimiento de elaboración.
1. El procedimiento de elaboración del PORN será el previsto en la normativa de
aplicación, correspondiendo su impulso y coordinación a la Dirección General de
Espacios Naturales Protegidos.
2. El PORN será informado por el Consejo Provincial de Medio Ambiente y
Biodiversidad de las provincias de Córdoba y Sevilla, el Patronato de las Zonas Húmedas
del Sur de Córdoba y las administraciones afectadas, incluyendo los ayuntamientos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00310571

Cuarto. Régimen de protección cautelar.
Durante el período de tramitación de la revisión del PORN de las Zonas Húmedas del
Sur de Córdoba, y hasta la fecha de entrada en vigor del mismo, se mantiene vigente el
régimen de protección establecido mediante el Decreto 52/2011, de 8 de marzo, por el
que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Zonas Húmedas
del Sur de Córdoba.