Autoridades y personal. . (2024/213-24)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, de Maestros y de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.
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Secretaría General Técnica
BoletínEDUCATIVO
OficialY FORMACIÓN
de la Junta
de Andalucía
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO
PROFESIONAL
Hoja 48 de 169
BOJA
Número 213 - Jueves, 31 de octubre de 2024
ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
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página 53260/46
En el caso de libros y revistas, las citas bibliográficas han de anotarse a pie de página, al final del
capítulo o de la publicación.
Las obras de carácter científico, además de la utilización del método y técnicas científicas, deberán
incluir, resumen, introducción, materiales, resultados, discusión y bibliografía.
Las publicaciones de ponencias en congresos, jornadas, etc. se considerarán como publicaciones en
revistas especializadas.
Por lo que respecta a los méritos literarios, se valorará:
• Por autorías de obras literarias :
◦ Autor: hasta 1,0000 punto.
◦ Coautor: hasta 0,5000 puntos
◦ 3 autores: hasta 0,4000 puntos.
◦ 4 autores: hasta 0,3000 puntos.
◦ 5 autores: hasta 0,2000 puntos
◦ Más de 5 autores: hasta 0,1000 puntos.
• Por ilustraciones de obras literarias y carteles grabados hasta 0,2000 puntos.
b) A los efectos previstos en el apartado 6.2 y 6.3, se valorarán los premios, según ámbito y categoría, (dividido
por el número de participantes):
Ámbito
Internacional
Nacional
Autonómico
Primer premio
1,5000
1,0000
0,5000
Segundo premio
0,7500
0,5000
0,2500
Tercer premio
0,5000
0,2500
0,1000
c) En el subapartado 6.2.a), por premios de ámbito autonómico, nacional o internacional, convocados por el
ministerio competente en materia de educación o por las Administraciones educativas, y por la
participación en proyectos de investigación e innovación en el ámbito de la educación, se valorarán:
• Premios convocados por una Administración educativa, de acuerdo con el cuadro del apartado anterior.
• En los premios de proyecto de centro en los que no se relacione el personal participante, la puntuación
se dividirá entre el número de profesores del centro, con un mínimo de 0,0500 puntos.
• Cuando se trate de premios al centro se deberá acompañar certificado del mismo respecto a la
participación del funcionario o funcionaria que lo alega.
• La participación en proyectos de investigación y de innovación educativa se valorará con 0,2000 puntos.
00310209
d) En el subapartado 6.2.b), por la coordinación o participación en planes y proyectos educativos de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, en el I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos
Laborales y en el I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en la Educación, se valorará:
• La coordinación de planes y proyectos educativos aprobados por la consejería competente en materia de
educación con reconocimiento en los procedimientos de provisión y del I Plan Andaluz de Salud Laboral y
Prevención de Riesgos Laborales, con 0,5000 puntos por curso escolar y la participación con 0,2000 puntos,
con la excepción del Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en la Educación que se valorará con 1,0000
punto por curso escolar, de acuerdo con el artículo 4.1 de la Orden de 15 de mayo de 2006, por la que se
regulan y desarrollan las actuaciones y medidas establecidas en el I Plan de Igualdad entre Hombres y
Mujeres en la Educación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
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capítulo o de la publicación.
Las obras de carácter científico, además de la utilización del método y técnicas científicas, deberán
incluir, resumen, introducción, materiales, resultados, discusión y bibliografía.
Las publicaciones de ponencias en congresos, jornadas, etc. se considerarán como publicaciones en
revistas especializadas.
Por lo que respecta a los méritos literarios, se valorará:
• Por autorías de obras literarias :
◦ Autor: hasta 1,0000 punto.
◦ Coautor: hasta 0,5000 puntos
◦ 3 autores: hasta 0,4000 puntos.
◦ 4 autores: hasta 0,3000 puntos.
◦ 5 autores: hasta 0,2000 puntos
◦ Más de 5 autores: hasta 0,1000 puntos.
• Por ilustraciones de obras literarias y carteles grabados hasta 0,2000 puntos.
b) A los efectos previstos en el apartado 6.2 y 6.3, se valorarán los premios, según ámbito y categoría, (dividido
por el número de participantes):
Ámbito
Internacional
Nacional
Autonómico
Primer premio
1,5000
1,0000
0,5000
Segundo premio
0,7500
0,5000
0,2500
Tercer premio
0,5000
0,2500
0,1000
c) En el subapartado 6.2.a), por premios de ámbito autonómico, nacional o internacional, convocados por el
ministerio competente en materia de educación o por las Administraciones educativas, y por la
participación en proyectos de investigación e innovación en el ámbito de la educación, se valorarán:
• Premios convocados por una Administración educativa, de acuerdo con el cuadro del apartado anterior.
• En los premios de proyecto de centro en los que no se relacione el personal participante, la puntuación
se dividirá entre el número de profesores del centro, con un mínimo de 0,0500 puntos.
• Cuando se trate de premios al centro se deberá acompañar certificado del mismo respecto a la
participación del funcionario o funcionaria que lo alega.
• La participación en proyectos de investigación y de innovación educativa se valorará con 0,2000 puntos.
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d) En el subapartado 6.2.b), por la coordinación o participación en planes y proyectos educativos de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, en el I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos
Laborales y en el I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en la Educación, se valorará:
• La coordinación de planes y proyectos educativos aprobados por la consejería competente en materia de
educación con reconocimiento en los procedimientos de provisión y del I Plan Andaluz de Salud Laboral y
Prevención de Riesgos Laborales, con 0,5000 puntos por curso escolar y la participación con 0,2000 puntos,
con la excepción del Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en la Educación que se valorará con 1,0000
punto por curso escolar, de acuerdo con el artículo 4.1 de la Orden de 15 de mayo de 2006, por la que se
regulan y desarrollan las actuaciones y medidas establecidas en el I Plan de Igualdad entre Hombres y
Mujeres en la Educación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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