Autoridades y personal. . (2024/213-24)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, de Maestros y de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.
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Secretaría General Técnica
BoletínEDUCATIVO
OficialY FORMACIÓN
de la Junta
de Andalucía
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO
PROFESIONAL
Hoja 38 de 169
BOJA
Número 213 - Jueves, 31 de octubre de 2024
ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
MÉRITOS
extranjeros admitidos por ACLES (Asociación de
Centros de Lenguas de Educación Superior),
conforme a la tabla de certificados que esté
vigente en el momento de finalización del plazo
de presentación de instancias.
Cuando se presenten para su valoración en este
apartado varios certificados acreditativos de la
competencia lingüística en un mismo idioma, se
valorará un solo certificado por idioma que se
corresponderá con el de nivel superior.
Los certificados de conocimiento de un idioma
extranjero, acreditados de acuerdo con lo
dispuesto en este apartado o en el apartado 3, se
valorarán por una sola vez en uno o en otro
apartado. Asimismo, cuando se presenten en
esos apartados para su valoración varios
certificados
de
los
diferentes
niveles
acreditativos de la competencia lingüística en un
mismo idioma, se valorará un solo certificado en
uno de los apartados que se corresponderá con
aquel que acredite un nivel superior de
conocimiento de ese idioma.
VALORACIÓN
6. Otros méritos (ver disposición
complementaria quinta)
MÁXIMO
15 PUNTOS
6.1. Publicaciones.
Hasta 8,0000
puntos
Por publicaciones de carácter didáctico y
científico sobre disciplinas objeto del concurso o
directamente relacionadas con aspectos
generales del currículo o con la organización
escolar.
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
En el caso de libros (en papel, DVD o
CD), la siguiente documentación:
-Los
ejemplares
originales
correspondientes.
-Certificado de la editorial donde
conste: título del libro, autor/es, ISBN,
depósito legal y fecha de la primera
edición, el número de ejemplares y que
la difusión de los mismos ha sido en
librerías comerciales.
En relación con los libros editados por
Administraciones
públicas
y
universidades (públicas/privadas), que
no se han difundido en librerías
comerciales, además de los datos
00310209
Aquellas publicaciones que, estando obligadas a
consignar el ISBN en virtud de lo dispuesto por el
Decreto 2984/1972, de 2 de noviembre, y el Real
Decreto 2063/2008, de 12 de diciembre, o, en su
caso, el ISSN o el ISMN, carezcan de ellos, no
serán valoradas, así como aquellas en las que el
autor sea el editor de las mismas.
página 53260/36
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BoletínEDUCATIVO
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de Andalucía
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO
PROFESIONAL
Hoja 38 de 169
BOJA
Número 213 - Jueves, 31 de octubre de 2024
ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
MÉRITOS
extranjeros admitidos por ACLES (Asociación de
Centros de Lenguas de Educación Superior),
conforme a la tabla de certificados que esté
vigente en el momento de finalización del plazo
de presentación de instancias.
Cuando se presenten para su valoración en este
apartado varios certificados acreditativos de la
competencia lingüística en un mismo idioma, se
valorará un solo certificado por idioma que se
corresponderá con el de nivel superior.
Los certificados de conocimiento de un idioma
extranjero, acreditados de acuerdo con lo
dispuesto en este apartado o en el apartado 3, se
valorarán por una sola vez en uno o en otro
apartado. Asimismo, cuando se presenten en
esos apartados para su valoración varios
certificados
de
los
diferentes
niveles
acreditativos de la competencia lingüística en un
mismo idioma, se valorará un solo certificado en
uno de los apartados que se corresponderá con
aquel que acredite un nivel superior de
conocimiento de ese idioma.
VALORACIÓN
6. Otros méritos (ver disposición
complementaria quinta)
MÁXIMO
15 PUNTOS
6.1. Publicaciones.
Hasta 8,0000
puntos
Por publicaciones de carácter didáctico y
científico sobre disciplinas objeto del concurso o
directamente relacionadas con aspectos
generales del currículo o con la organización
escolar.
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
En el caso de libros (en papel, DVD o
CD), la siguiente documentación:
-Los
ejemplares
originales
correspondientes.
-Certificado de la editorial donde
conste: título del libro, autor/es, ISBN,
depósito legal y fecha de la primera
edición, el número de ejemplares y que
la difusión de los mismos ha sido en
librerías comerciales.
En relación con los libros editados por
Administraciones
públicas
y
universidades (públicas/privadas), que
no se han difundido en librerías
comerciales, además de los datos
00310209
Aquellas publicaciones que, estando obligadas a
consignar el ISBN en virtud de lo dispuesto por el
Decreto 2984/1972, de 2 de noviembre, y el Real
Decreto 2063/2008, de 12 de diciembre, o, en su
caso, el ISSN o el ISMN, carezcan de ellos, no
serán valoradas, así como aquellas en las que el
autor sea el editor de las mismas.
página 53260/36
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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