Autoridades y personal. . (2024/212-20)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se establece la convocatoria de contratos predoctorales para la formación de doctores, contemplada en el Subprograma Estatal de Formación del Programa Estatal para desarrollar, atraer y retener talento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
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Número 212 - Miércoles, 30 de octubre de 2024

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21.1.3. Proporcionar al personal investigador contratado el apoyo necesario y
facilitarle la utilización de las instalaciones, equipos y medios materiales, formativos o de
cualquier otro tipo que resulten precisos para el adecuado desarrollo de su actividad.
21.1.4. Velar por el desarrollo adecuado del programa de doctorado, sin que pueda
exigirse al personal investigador predoctoral en formación la realización de cualquier otra
actividad que no esté relacionada con el desarrollo de su investigación o de la formación
específica requerida, sin perjuicio de lo recogido en el artículo 2.4.
21.1.5. Comunicar al órgano concedente, la fecha del acto de defensa y aprobación
de la tesis doctoral del personal investigador predoctoral en formación contratado en
el plazo máximo de 20 días hábiles desde que se produzca, cuando esta tenga lugar
durante el período de ejecución de la ayuda o en el año posterior a la finalización del
período de ejecución.
21.1.6. La falta de presentación de la información indicada en los apartados 21.1.1
y 21.1.2 conllevará la devolución de las cantidades percibidas y no justificadas y, en
su caso, la pérdida del derecho al cobro de las cantidades pendientes de percibir, sin
perjuicio del régimen de control de las ayudas.
21.1.7. Comunicar al órgano concedente las renuncias y demás incidencias en la
ejecución de las ayudas en el plazo máximo de 2 meses a contar desde la fecha en que
se produzcan y, en todo caso, siempre durante el período de ejecución de la ayuda. No
será necesaria la comunicación de las interrupciones de los contratos que no sean objeto
de solicitud de prórroga.
21.1.8. Dar publicidad al carácter público de la financiación de la actividad
subvencionada, haciendo referencia expresa a la convocatoria, al órgano concedente
(Agencia Estatal de Investigación) y a la cofinanciación por parte del FSE+, en los
contratos laborales, así como en las publicaciones, ponencias, actividades de difusión
de resultados y cualquier otra actuación que resulte de las ayudas para la formación de
personal investigador predoctoral concedidas al amparo de la presente convocatoria.
A estos efectos, la referencia a la financiación por parte de la Agencia Estatal de
Investigación deberá realizarse del siguiente modo:
«El contrato/publicación/resultado/equipamiento/video/actividad/otros es parte de la
ayuda REFERENCIA DE LA AYUDA, financiado por MCIU/AEI/10.13039/501100011033
y por el FSE+», según corresponda, siendo: REFERENCIA DE LA AYUDA la referencia
de la ayuda que figura en la resolución de concesión; MCIN el acrónimo del Ministerio
de Ciencia, Innovación y Universidades; AEI el acrónimo de la Agencia Estatal de
Investigación; 10.13039/501100011033 el DOI (Digital Object Identifier) de la Agencia; y
FSE+ el acrónimo de Fondo Social Europeo Plus.
Asimismo, se deberán incluir los siguientes logos, en el orden según se citan:
1.º El logo del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
2.º El emblema de la Unión Europea y, junto al emblema de la Unión, se incluirá el
texto «Cofinanciado por la Unión Europea».
3.º El logo de la Agencia Estatal de Investigación.
Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los colores
normalizados establecidos en el Anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 de
Disposiciones Comunes. Esta mención debe aparecer de manera visible y siempre
distanciada y de manera destacada frente al resto de logotipos de otras entidades que
hayan realizado una aportación económica menor.
En la página web de la agencia se podrán dictar instrucciones y normas gráficas a
este respecto.
21.1.9. Las entidades beneficiarias y el personal contratado deberán aportar la
información necesaria para la correcta elaboración de indicadores requeridos por el
FSE+, de conformidad con el Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 24 de junio de 2021, en base a las instrucciones que se den en la página web
de la Agencia Estatal de Investigación. La aportación de información podrá requerirse
antes, durante y una vez terminada la actuación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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