Disposiciones generales. . (2024/211-4)
Orden de 22 de octubre de 2024, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de tipología residencial colectiva en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Martes, 29 de octubre de 2024
página 52978/2
subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias
administrativas y de régimen especial, con carácter previo a esta convocatoria se han
tramitado los expedientes de aprobación del gasto por la cuantía total prevista para la
línea de subvenciones convocada.
De acuerdo con lo previsto en el apartado 2.d) de los cuadros resumen publicados
como anexos a la Orden de 1 de agosto de 2023, se establecen, para cada línea de
subvenciones, como ámbitos territoriales de competitividad cada una de las provincias
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, según corresponda en función de la ubicación
de la vivienda o edificio objeto de las actuaciones. La distribución de los créditos entre
los ámbitos territoriales de competitividad se ha realizado teniendo en cuenta el peso
poblacional de las provincias en el conjunto de la Comunidad Autónoma, según las cifras
oficiales de población resultantes de la revisión del padrón municipal a fecha 1 de enero
de 2023.
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria de
las subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de tipología residencial
colectiva, y conforme con lo establecido en las disposiciones mencionadas, en el Título VII
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el Decreto 160/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda,
DISPONGO
Segundo. Objeto de las subvenciones y conceptos subvencionables.
1. Las subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de tipología
residencial colectiva tienen por objeto el fomento de la mejora de la accesibilidad en
dichos edificios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309927
Primero. Convocatoria.
1. Se convoca, en la modalidad de concesión en concurrencia competitiva, la siguiente
línea de subvenciones: Línea 2. Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en
edificios de tipología residencial colectiva.
2. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora de la accesibilidad
en viviendas y edificios de tipología residencial colectiva en la Comunidad Autónoma
de Andalucía, aprobadas por la Orden de 1 de agosto de 2023, publicada en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía número 150, de 7 de agosto de 2023.
3. Conforme a lo previsto en el artículo 4.5 del Reglamento de los Procedimientos
de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía aprobado
por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, junto con la presente orden se incorporan como
anexos los formularios para la presentación y subsanación de solicitudes (Anexos I), los
formularios para las alegaciones, presentación de documentos y aceptación (Anexos II),
así como los formularios de comunicación de datos (Anexos III), a los que se refieren los
apartados 10 y 15 de los cuadros resumen publicados como anexos a la Orden de 1 de
agosto de 2023.
4. El procedimiento correspondiente a la tramitación de las subvenciones
contempladas en la presente convocatoria se encuentra dado de alta en el Registro de
Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía con el siguientes código:
Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de tipología residencial
colectiva: Código número 25372.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Martes, 29 de octubre de 2024
página 52978/2
subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias
administrativas y de régimen especial, con carácter previo a esta convocatoria se han
tramitado los expedientes de aprobación del gasto por la cuantía total prevista para la
línea de subvenciones convocada.
De acuerdo con lo previsto en el apartado 2.d) de los cuadros resumen publicados
como anexos a la Orden de 1 de agosto de 2023, se establecen, para cada línea de
subvenciones, como ámbitos territoriales de competitividad cada una de las provincias
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, según corresponda en función de la ubicación
de la vivienda o edificio objeto de las actuaciones. La distribución de los créditos entre
los ámbitos territoriales de competitividad se ha realizado teniendo en cuenta el peso
poblacional de las provincias en el conjunto de la Comunidad Autónoma, según las cifras
oficiales de población resultantes de la revisión del padrón municipal a fecha 1 de enero
de 2023.
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria de
las subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de tipología residencial
colectiva, y conforme con lo establecido en las disposiciones mencionadas, en el Título VII
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el Decreto 160/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda,
DISPONGO
Segundo. Objeto de las subvenciones y conceptos subvencionables.
1. Las subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de tipología
residencial colectiva tienen por objeto el fomento de la mejora de la accesibilidad en
dichos edificios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309927
Primero. Convocatoria.
1. Se convoca, en la modalidad de concesión en concurrencia competitiva, la siguiente
línea de subvenciones: Línea 2. Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en
edificios de tipología residencial colectiva.
2. La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora de la accesibilidad
en viviendas y edificios de tipología residencial colectiva en la Comunidad Autónoma
de Andalucía, aprobadas por la Orden de 1 de agosto de 2023, publicada en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía número 150, de 7 de agosto de 2023.
3. Conforme a lo previsto en el artículo 4.5 del Reglamento de los Procedimientos
de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía aprobado
por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, junto con la presente orden se incorporan como
anexos los formularios para la presentación y subsanación de solicitudes (Anexos I), los
formularios para las alegaciones, presentación de documentos y aceptación (Anexos II),
así como los formularios de comunicación de datos (Anexos III), a los que se refieren los
apartados 10 y 15 de los cuadros resumen publicados como anexos a la Orden de 1 de
agosto de 2023.
4. El procedimiento correspondiente a la tramitación de las subvenciones
contempladas en la presente convocatoria se encuentra dado de alta en el Registro de
Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía con el siguientes código:
Subvenciones para la mejora de la accesibilidad en edificios de tipología residencial
colectiva: Código número 25372.