Autoridades y personal. . (2024/210-38)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal investigador predoctoral en formación asociado a proyectos de investigación por haber resultado plazas vacantes.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 210 - Lunes, 28 de octubre de 2024

página 52913/7

1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador Predoctoral en
Formación. La nueva persona contratada completará el período que reste de contrato de
la persona a la que sustituya.
La suma total del período de contrato de la persona seleccionada junto con el período
de contrato de la persona que se incorpore como reserva por renuncia de la titular, no
podrá ser superior a cuatro años, período correspondiente al período de ejecución de la
actuación para la formación del personal investigador.
La incorporación de candidatas/os de reserva deberá realizarse de acuerdo con el
siguiente procedimiento:
a) Se comunicará la incorporación a la candidata o candidato de reserva situado en
primer lugar de la lista de reservas del proyecto en cuestión.
b) Si la vacante no puede ser cubierta por el primer reserva, se comunicará la
incorporación al siguiente o siguientes reservas en la adjudicación, caso de que existan,
respetando el orden de prelación de los mismos.

10. Obligaciones de los beneficiarios.
El personal investigador en formación contratado deberá elaborar informes de
seguimiento científico-técnico. Un informe a la finalización de cada anualidad del contrato,
y un informe final relativo a todo el periodo de ejecución del mismo, utilizando para ello
los modelos que le facilitarán desde el Servicio de Gestión de Investigación, del Área de
Investigación y Transferencia.
Adicionalmente, junto a los informes de seguimiento, se adjuntará el currículum vitae
actualizado del investigador en formación. El resultado de la evaluación de cada informe
anual antes indicado, será determinante para mantener la continuidad en la financiación
del contrato.
El incumplimiento de lo indicado en este apartado será motivo del cese del contrato.
En el caso de que el doctorando obtuviera el título de Doctor durante la ejecución
del contrato predoctoral, la presentación del documento acreditativo del acto de defensa
y aprobación de la tesis doctoral sustituirá al informe o informes de seguimiento que
correspondan.
En el caso en que el solicitante acceda al período de orientación posdoctoral (POP),
queda obligado a presentar un informe final sobre dicho período, junto con el currículum
actualizado en el que conste la trayectoria desarrollada y los méritos alcanzados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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9. Transición de la etapa predoctoral al periodo de orientación posdoctoral.
Si la investigadora o investigador en formación defendiera y aprobara su tesis doctoral
durante el período de ejecución de la actuación y cumpliera con los requisitos recogidos
en el Anexo III, tendrá derecho a un período de orientación posdoctoral por un período
máximo de 12 meses, siempre y cuando el periodo de tiempo de la fase predoctoral junto
con la fase posdoctoral no exceda de cuatro años.
Este nuevo período se deberá formalizar en un plazo de diez días hábiles,
computables desde el día de la defensa y aprobación de su Tesis. Para ello, la
investigadora o investigador debe comunicar al Servicio de Gestión de Investigación del
Área de Investigación y Transferencia la presentación de la solicitud de depósito de la
tesis. Así mismo, en el plazo de 10 días hábiles anteriores al acto de exposición y defensa
de la tesis, deberá comunicar la fecha de dicho acto y presentar un plan de trabajo de la
actividad a desarrollar en el POP.
Se valorará positivamente que dicho plan de trabajo incluya la realización de una
estancia en un centro extranjero de prestigio, de al menos un mes, y preferentemente
por una duración que alcance la mitad del POP, aportándose carta de aceptación en el
centro de destino.
Las doctoras o doctores deberán presentar, junto al acta de lectura de la tesis el
justificante de haber abonado las tasas para la expedición del título de Doctor.