Autoridades y personal. . (2024/206-21)
Resolución de 16 de octubre 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se resuelven los recursos de reposición interpuestos contra la Resolución de 27 de junio de 2024, por la que se aprobaba, a propuesta de la Comisión Central de Valoración, un primer listado de profesionales certificados, a excluir y a no certificar definitivo del Primer Proceso de Certificación de Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud de 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Martes, 22 de octubre de 2024

página 52591/3

Quinto. Establece el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), que, «contra las
resoluciones y los actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el
fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen
indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrán interponerse
por los interesados los recursos de alzada y potestativo de reposición, que cabrá fundar
en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48
de esta ley».
Por otra parte, dispone el artículo 57 de la misma que, el órgano administrativo que
inicie o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación,
podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los que
guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano quien
deba tramitar y resolver el procedimiento.
Sexto. Corresponde a esta Dirección General de Personal del Servicio Andaluz
de Salud la resolución de los presentes recursos, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 123, en relación con el 114.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Vistas las razones de impugnación aducidas por los/las recurrentes y la documentación
obrante en sus expedientes, así como las certificaciones definitivas del Primer Proceso
Permanente de 2023, atendiendo a los antecedentes de hecho y fundamentos de
derecho expuestos, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 198/2024, de 3
de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud
y Consumo (BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre de 2024), esta Dirección
General
RESU ELV E
Primero. Acordar la acumulación de los recursos de reposición interpuestos contra
la Resolución de 7 de junio de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio
Andaluz de Salud (BOJA número 111, de 13 de junio), por la que se aprueban los listados
definitivos de profesionales certificados, a excluir y a no certificar del Primer Proceso
de Certificación de 2023 en los distintos niveles de Carrera Profesional, conforme
a lo dispuesto por el artículo 57 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. Ordenar la publicación del citado listado en la página web del Servicio
Andaluz de Salud http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud y en los
tablones físicos o virtuales que dispongan los Servicios Centrales y los centros directivos
del Servicio Andaluz de Salud.
Notifíquese la presente resolución a los interesados en legal forma, con indicación
de que, contra la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00309540

Segundo. Resolver los recursos de reposición interpuestos contra los listados
aprobados mediante la citada Resolución de 7 de junio de 2023, aprobando el
correspondiente Listado de Recursos interpuestos contra la resolución definitiva del
1.er Proceso de Certificación de 2023, donde se relacionan: nombre y apellidos de las
personas recurrentes, una fracción de su Número de Identificación Fiscal, la categoría
profesional en la que han solicitado carrera, el nivel de certificación solicitado y obtenido
y, en su caso, el código numérico de la causa de desestimación o inadmisión del recurso
presentado, que se exponen en el anexo que forma parte de la presente resolución