Autoridades y personal. . (2024/206-21)
Resolución de 16 de octubre 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se resuelven los recursos de reposición interpuestos contra la Resolución de 27 de junio de 2024, por la que se aprobaba, a propuesta de la Comisión Central de Valoración, un primer listado de profesionales certificados, a excluir y a no certificar definitivo del Primer Proceso de Certificación de Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud de 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Martes, 22 de octubre de 2024

página 52591/2

profesional en cuanto a conocimientos, experiencia en las tareas asistenciales, investigación
y cumplimiento de los objetivos de la organización en la cual prestan sus servicios.
Segundo. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal
estatutario de los Servicios de Salud, prevé, en su artículo 40, el establecimiento de
mecanismos de carrera profesional para el personal de sus servicios de salud, que
supondrá el derecho de los profesionales a progresar de forma individualizada como
reconocimiento a su desarrollo profesional en cuanto a conocimientos, experiencia y
cumplimiento de los objetivos de la organización a la cual prestan sus servicios.
Asimismo, el apartado 1 de dicho artículo, dispone que las comunidades autónomas,
previa negociación en las mesas correspondientes, establecerán, para el personal
estatutario de sus servicios de salud, mecanismos de carrera profesional de acuerdo con
lo establecido con carácter general en las normas aplicables al personal del resto de
sus servicios públicos, de forma tal que se posibilite el derecho a la promoción de este
persona, conjuntamente con la mejor gestión de las instituciones sanitarias.
De otra parte, el Estatuto Marco dispone, en su Capítulo X, las posibles situaciones
laborales del personal estatutario de los servicios de salud, y en particular se pronuncia
sobre el alcance de las mismas en relación con la carrera profesional.
Por último, es de aplicación en el ámbito de la carrera profesional lo dispuesto por el
artículo 39 de la citada ley en relación con la situación de promoción interna temporal.

Cuarto. El proceso de certificación cuyos recursos de reposición se resuelven en el
presente acto, está amparado por la Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección
General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se regula el procedimiento
de certificación de los distintos niveles de carrera profesional y de promoción y de los
niveles de carrera profesional reconocidos para personal sanitario y de gestión y servicios
(BOJA núm. 100, de 27 de mayo), y se convoca, con carácter abierto y permanente, el
proceso de acceso al modelo de Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud, y
de promoción y mantenimiento de niveles de Carrera Profesional reconocidos, para el
personal Sanitario y de Gestión y Servicios del Servicio Andaluz de Salud, se publica
el baremo que regirá en las convocatorias y se establece el plazo de presentación
de solicitudes en cada uno de los procesos de certificación semestrales, entre otras
cuestiones relativas al procedimiento de certificación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00309540

Tercero. En aplicación de lo dispuesto en la Ley 55/2003, el Servicio Andaluz de Salud
acordó, en el seno de la Mesa Sectorial de Negociación de la Sanidad, sobre política
de personal para el periodo 2006-2008, el establecimiento y regulación del modelo de
carrera profesional para el personal de instituciones sanitarias dependientes del Servicio
Andaluz de Salud. Dicho acuerdo fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de
18 de julio de 2006.
Posteriormente, con fecha de 19 de abril de 2022, mediante Acuerdo del Consejo de
Gobierno, se aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad, de
fecha 18 de abril de 2022, por el que se adoptan tres aspectos retributivos estratégicos:
revisión del modelo de carrera incluyendo las categorías que actualmente no la tienen
desarrollada, subida retributiva para el Grupo A2 sanitario y la implementación del
concepto retributivo de continuidad asistencial en atención primaria para el personal
médico. (BOJA núm. 78, de 26 de abril de 2022).
Dicho acuerdo modifica sustancialmente a su antecesor de 16 de mayo de 2006, en
tanto que extiende la carrera profesional a todas las categorías del Servicio Andaluz de
Salud, y procede a dar una novedosa redacción al Anexo V del anterior, determinando,
entre otros, su ámbito de aplicación, los requisitos, la definición, los niveles y el proceso
de ascenso del sistema de Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud.