Autoridades y personal. . (2024/206-20)
Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba, a propuesta de la Comisión Central de Valoración, un segundo listado definitivo de profesionales a certificar, no certificar y/o excluir, del Primer Proceso de certificación de Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud de 2023; así como un listado de revocaciones y de correcciones al primer listado definitivo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 206 - Martes, 22 de octubre de 2024

página 52587/2

casos se ha reconocido carrera profesional en una categoría que, aun siendo la solicitada,
esta ni es ni era la ocupada o reservada a sus titulares en el periodo de presentación de
solicitudes, por lo que también se procede a su corrección.
A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal
estatutario de los Servicios de Salud, prevé, en su artículo 40, el establecimiento de
mecanismos de carrera profesional para el personal de sus servicios de salud, lo que
ha supuesto el derecho de los profesionales a progresar de forma individualizada como
reconocimiento a su desarrollo profesional, en cuanto a conocimientos, experiencia y
cumplimiento de los objetivos de la organización a la cual prestan sus servicios.
Por otra parte, el apartado 1 de dicho artículo, dispone que las comunidades
autónomas, previa negociación en las mesas correspondientes, establecerán, para el
personal estatutario de sus servicios de salud, mecanismos de carrera profesional de
acuerdo con lo establecido con carácter general en las normas aplicables al personal del
resto de sus servicios públicos, de forma tal que se posibilite el derecho a la promoción
de este personal conjuntamente con la mejor gestión de las instituciones sanitarias.

Tercero. El proceso de certificación, cuyo segundo listado definitivo se resuelve
mediante la presente resolución, está amparado por la Resolución de 23 de mayo de 2022,
de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se regula el
procedimiento de certificación de los distintos niveles de carrera profesional y de promoción
y de los niveles de carrera profesional reconocidos para personal sanitario y de gestión y
servicios (BOJA núm. 100, de 27 de mayo), y se convoca, con carácter abierto y permanente,
el proceso de acceso al modelo de Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud, y de
promoción y mantenimiento de niveles de Carrera Profesional reconocidos, para el personal
Sanitario y de Gestión y Servicios del Servicio Andaluz de Salud; se publica el baremo
que regirá en las convocatorias; y se establece el plazo de presentación de solicitudes en
cada uno de los procesos de certificación semestrales, entre otras cuestiones relativas al
procedimiento de certificación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00309536

Segundo. En desarrollo de lo dispuesto en la Ley 55/2003, el Servicio Andaluz de
Salud llegó a un acuerdo en el seno de la Mesa Sectorial de Negociación de la Sanidad
sobre política de personal para el periodo 2006-2008, que rige el modelo de carrera
profesional del personal estatutario de su ámbito territorial. El citado Acuerdo, de 16 de
mayo de 2006, fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de julio de 2006.
Y en particular, el Anexo V del Acuerdo regula, respecto a la carrera profesional, su ámbito
de aplicación, la definición y niveles de carrera profesional, los requisitos de ascenso, los
efectos y retribuciones, el proceso de certificación, etc.
Posteriormente, con fecha de 19 de abril de 2022, mediante Acuerdo del Consejo
de Gobierno, se aprobó el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad, de
fecha 18 de abril de 2022, por el que se adoptaban tres aspectos retributivos estratégicos:
revisión del modelo de carrera, incluyendo las categorías que actualmente no la tenían
desarrollada, subida retributiva para el Grupo A2 sanitario y la implementación del
concepto retributivo de continuidad asistencial en atención primaria para el personal
médico (BOJA núm. 78, de 26 de abril de 2022).
Dicho acuerdo modificaba sustancialmente al de 16 de mayo de 2006, en tanto que
extiende la carrera profesional a todas las categorías del Servicio Andaluz de Salud, y
procede a dar una novedosa redacción al Anexo V del anterior Acuerdo, determinando,
entre otros; su ámbito de aplicación, los requisitos, la definición, los niveles y el proceso
de ascenso del sistema de Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud.