3. Otras disposiciones. . (2024/206-35)
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y los Ayuntamientos de Málaga, Torremolinos, Alhaurín de la Torre, Alhaurín el Grande y Cártama (provincia de Málaga) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Martes, 22 de octubre de 2024
página 52479/12
Sexta. Titularidad de las infraestructuras.
Una vez construidas las infraestructuras objeto de este convenio, recepcionadas las
obras por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (una vez realizada,
en su caso, la recepción al contratista por el órgano contratante) y realizado el informe
en el que conste la sujeción de las mismas al proyecto técnico, de conformidad con lo
señalado en el artículo 31.5 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, la
Consejería preavisará a los Ayuntamientos, con al menos quince días de antelación, la
entrega a los Ayuntamientos de las instalaciones ubicadas en sus territorios respectivos,
con objeto de que por los mismos se realicen las observaciones que procedan. Cumplido
este trámite, se notificará la puesta a disposición de las instalaciones a favor de los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309428
5.3. El presupuesto estimado para la ejecución de las obras (incluidos los costes
derivados de las expropiaciones e indemnizaciones por bienes y derechos afectados)
asciende a:
• Expediente 94/2011 A6.329.950 Agrupación de vertidos de los núcleos del Bajo
Guadalhorce: Cártama y Alhaurín el Grande (Málaga), con una valoración estimada de
6.581.479,28 euros.
Anualidades 2013-2024: 6.581.479,28 €
• Expediente A6.329.1178/2101 Anteproyecto de la EDAR Aglomeración urbana
Guadalhorce-Málaga Norte tt.mm. varios (Málaga), con una valoración estimada de
114.623.244,71 euros.
Anualidades 2022-2027: 113.414.082,47 €
Expropiaciones: 1.209.162,24 €
• Expediente A6.329.1178/2111 Proyecto de Agrupación de vertidos Aglomeración
urbana Guadalhorce-Málaga Norte tt.mm. varios (Málaga), con una valoración estimada
de 16.891.398,86 euros.
Anualidades 2022-2027: 16.698.625,92 €
Expropiaciones: 192.772,94 €
La partida presupuestaria y el código de proyecto son los siguientes:
1400208141 G/51D/61000/00 OIF2000 2014000393
Código de proyecto: 2014000393
La distribución temporal de anualidades podrán ser sujetas a reajuste en función
de las necesidades reales en el orden económico que el normal desarrollo de las
infraestructuras exija.
5.4. El presupuesto correspondiente a los costes derivados de las expropiaciones e
indemnizaciones por bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras asciende a:
• Expediente A6.329.1178/2101 Anteproyecto de la EDAR Aglomeración urbana
Guadalhorce-Málaga Norte tt.mm. varios (Málaga), con una valoración estimada de
1.209.162,24 euros, según documento anejo núm. 08 – Expropiaciones del Anteproyecto
de la EDAR Aglomeración urbana Guadalhorce. Málaga Norte (tt.mm. varios).
• Expediente A6.329.1178/2111 Proyecto de Agrupación de vertidos Aglomeración
urbana Guadalhorce-Málaga Norte tt.mm. varios (Málaga) con una valoración estimada
de 192.772,94 euros, según documento anejo núm. 23: Expropiaciones del Proyecto de
Agrupación de vertidos de la EDAR Aglomeración urbana Guadalhorce tt.mm. varios
(Málaga).
5.5. La financiación de las obras y los abonos de las indemnizaciones por
expropiaciones de bienes y derechos afectados por las obras, por parte de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, estarán limitados a las
disponibilidades presupuestarias existentes, debiendo someterse a fiscalización previa
los correspondientes expedientes de gasto y debiendo someterse para su ejecución a lo
establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
5.6. En todo caso, se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,
de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Martes, 22 de octubre de 2024
página 52479/12
Sexta. Titularidad de las infraestructuras.
Una vez construidas las infraestructuras objeto de este convenio, recepcionadas las
obras por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (una vez realizada,
en su caso, la recepción al contratista por el órgano contratante) y realizado el informe
en el que conste la sujeción de las mismas al proyecto técnico, de conformidad con lo
señalado en el artículo 31.5 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, la
Consejería preavisará a los Ayuntamientos, con al menos quince días de antelación, la
entrega a los Ayuntamientos de las instalaciones ubicadas en sus territorios respectivos,
con objeto de que por los mismos se realicen las observaciones que procedan. Cumplido
este trámite, se notificará la puesta a disposición de las instalaciones a favor de los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309428
5.3. El presupuesto estimado para la ejecución de las obras (incluidos los costes
derivados de las expropiaciones e indemnizaciones por bienes y derechos afectados)
asciende a:
• Expediente 94/2011 A6.329.950 Agrupación de vertidos de los núcleos del Bajo
Guadalhorce: Cártama y Alhaurín el Grande (Málaga), con una valoración estimada de
6.581.479,28 euros.
Anualidades 2013-2024: 6.581.479,28 €
• Expediente A6.329.1178/2101 Anteproyecto de la EDAR Aglomeración urbana
Guadalhorce-Málaga Norte tt.mm. varios (Málaga), con una valoración estimada de
114.623.244,71 euros.
Anualidades 2022-2027: 113.414.082,47 €
Expropiaciones: 1.209.162,24 €
• Expediente A6.329.1178/2111 Proyecto de Agrupación de vertidos Aglomeración
urbana Guadalhorce-Málaga Norte tt.mm. varios (Málaga), con una valoración estimada
de 16.891.398,86 euros.
Anualidades 2022-2027: 16.698.625,92 €
Expropiaciones: 192.772,94 €
La partida presupuestaria y el código de proyecto son los siguientes:
1400208141 G/51D/61000/00 OIF2000 2014000393
Código de proyecto: 2014000393
La distribución temporal de anualidades podrán ser sujetas a reajuste en función
de las necesidades reales en el orden económico que el normal desarrollo de las
infraestructuras exija.
5.4. El presupuesto correspondiente a los costes derivados de las expropiaciones e
indemnizaciones por bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras asciende a:
• Expediente A6.329.1178/2101 Anteproyecto de la EDAR Aglomeración urbana
Guadalhorce-Málaga Norte tt.mm. varios (Málaga), con una valoración estimada de
1.209.162,24 euros, según documento anejo núm. 08 – Expropiaciones del Anteproyecto
de la EDAR Aglomeración urbana Guadalhorce. Málaga Norte (tt.mm. varios).
• Expediente A6.329.1178/2111 Proyecto de Agrupación de vertidos Aglomeración
urbana Guadalhorce-Málaga Norte tt.mm. varios (Málaga) con una valoración estimada
de 192.772,94 euros, según documento anejo núm. 23: Expropiaciones del Proyecto de
Agrupación de vertidos de la EDAR Aglomeración urbana Guadalhorce tt.mm. varios
(Málaga).
5.5. La financiación de las obras y los abonos de las indemnizaciones por
expropiaciones de bienes y derechos afectados por las obras, por parte de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, estarán limitados a las
disponibilidades presupuestarias existentes, debiendo someterse a fiscalización previa
los correspondientes expedientes de gasto y debiendo someterse para su ejecución a lo
establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
5.6. En todo caso, se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,
de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.