Disposiciones generales. . (2024/206-4)
Orden de 14 de octubre de 2024, por la que se convoca la concesión del distintivo empresarial Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad correspondiente al año 2024 y se establecen sus bases reguladoras.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Martes, 22 de octubre de 2024

página 52402/3

Base tercera. Documentación y confidencialidad de la información recibida.
1. Junto con la candidatura, las empresas deberán acompañar la siguiente
documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos generales:
a) En el caso de una persona física, documento nacional de identidad o número de
identificación de extranjero, cuando la persona solicitante se haya opuesto a la consulta
de sus datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad. Y
en el caso de persona jurídica la tarjeta de identificación fiscal.
b) En caso de actuar por representante, documento acreditativo de su identidad, salvo
que se haya autorizado su consulta, así como poder bastante en derecho para actuar en
nombre y representación de la persona física o jurídica candidata.
c) Certificado acreditativo de estar inscrita en el correspondiente régimen de la
Seguridad Social así como, cuando proceda, de encontrarse formalmente constituida.
d) Certificado acreditativo de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones en materia tributaria y de Seguridad Social, en el caso en que no se autorice
su consulta.
2. Además, las empresas candidatas tendrán que acompañar la siguiente
documentación acreditativa de los requisitos específicos:
a) Plan de igualdad vigente y registrado en el Registro de convenios y acuerdos
colectivos de trabajo, de conformidad con el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre,
por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto
713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos
de trabajo.
b) Diagnóstico de igualdad completo correspondiente al plan de igualdad vigente.
c) Documento acreditativo del depósito del acuerdo relativo a las medidas específicas
para prevenir y hacer frente al acoso sexual y por razón de sexo en el trabajo que se
produzca en el seno de la empresa conforme a lo previsto en el artículo 48 de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el
que se regula los planes de igualdad y su registro.
3. Asimismo, junto con la candidatura las empresas acompañarán la siguiente
documentación que acredite la información dada en el anexo de Solicitud:
a) Documento íntegro del protocolo de prevención y actuación ante el acoso sexual y
acoso por razón de sexo, para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que se puedan
formular y acta de aprobación del protocolo por la comisión negociadora o de seguimiento
del plan.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00309351

anexo de solicitud, que se firmará electrónicamente por la persona que represente
legalmente a la empresa y se acompañará de la documentación requerida en la base
tercera.
3. Cada una de las empresas de un mismo grupo que concurran a la convocatoria
deberán presentar una candidatura individual, indicando en la Solicitud el nombre o razón
social y el número de identificación fiscal de las otras empresas del grupo que también se
presenten a esta convocatoria.
4. Las notificaciones que proceda practicar se realizarán por medios electrónicos
a través del sistema de notificaciones de la Junta de Andalucía y se tramitará su alta
en caso de no estarlo y suscribirse obligatoriamente al procedimiento correspondiente,
salvo que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las
Administraciones Públicas en los términos establecidos en el artículo 14 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre. La notificación electrónica se entenderá rechazada, por tanto
realizada, cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición
de la notificación sin que se acceda a su contenido, excepto si de oficio o a instancia de la
solicitante se comprueba la imposibilidad técnica o material del acceso.
5. El plazo de presentación de candidaturas será de un mes, contado desde el día
siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.