Disposiciones generales. . (2024/206-4)
Orden de 14 de octubre de 2024, por la que se convoca la concesión del distintivo empresarial Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad correspondiente al año 2024 y se establecen sus bases reguladoras.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Martes, 22 de octubre de 2024
página 52402/17
6. CRITERIOS DE VALORACIÓN (CONTINUACIÓN)
6.4.2. Datos desagregados por sexo sobre la retribución del personal que integra la empresa: por edad, tipo de
vinculación con la empresa, niveles, grupos, categorías o puesto de trabajo y actuaciones concretas para la corrección de
las desigualdades retributivas.
Que la empresa, después de realizar la auditoría retributiva según se recoge en el Real Decreto 902/2020, de 13 de
octubre, no presenta brechas salariales mayores del 5% en las retribuciones totales, tanto en la media como en la
mediana del total de la plantilla sin equiparar.
Que la empresa haya diseñado medidas correctoras de las desigualdades retributivas o brechas salariales detectadas en
la auditoría retributiva previa y que estén contempladas en un plan de actuación previsto en el plan de igualdad vigente
atendiendo, al menos, al 80% de las brechas detectadas.
Que la empresa haya diseñado medidas correctoras de las desigualdades retributivas o brechas salariales detectadas en
la auditoría retributiva previa y que estén contempladas en un plan de actuación previsto en el plan de igualdad vigente
atendiendo, al menos, al 50% de las brechas detectadas.
Descripción (resultados auditoría retributiva, medidas diseñadas, justificación idoneidad, etc .):
6.4.3. La aplicación de criterios de acceso al empleo y de promoción profesional adecuados al principio de igualdad y no
discriminación, que no den lugar a situaciones de discriminación directa o indirecta.
Si tiene establecido criterios de acceso al empleo adecuados al principio de igualdad no discriminación.
Si tiene establecido criterios de promoción adecuados al principio de igualdad no discriminación.
Descripción (criterios de valoración):
6.4.4. La aplicación de sistemas y criterios de clasificación profesional y de retribución que permitan eliminar y prevenir
las situaciones de discriminación directa o indirecta, y que cumplan con los parámetros de adecuación, totalidad,
objetividad y transparencia.
Establecimiento de un sistema y criterios de clasificación profesional adecuados para la prevención de las situaciones de
discriminación directa o indirecta y cumplan con los parámetros de totalidad, objetividad y transparencia.
Establecimiento de un sistema y criterios adecuados de las políticas salariales para la prevención de las situaciones de
discriminación directa o indirecta y cumplan con los parámetros de totalidad, objetividad y transparencia.
00309351
Descripción (sistema y criterios de clasificación política salarial):
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Martes, 22 de octubre de 2024
página 52402/17
6. CRITERIOS DE VALORACIÓN (CONTINUACIÓN)
6.4.2. Datos desagregados por sexo sobre la retribución del personal que integra la empresa: por edad, tipo de
vinculación con la empresa, niveles, grupos, categorías o puesto de trabajo y actuaciones concretas para la corrección de
las desigualdades retributivas.
Que la empresa, después de realizar la auditoría retributiva según se recoge en el Real Decreto 902/2020, de 13 de
octubre, no presenta brechas salariales mayores del 5% en las retribuciones totales, tanto en la media como en la
mediana del total de la plantilla sin equiparar.
Que la empresa haya diseñado medidas correctoras de las desigualdades retributivas o brechas salariales detectadas en
la auditoría retributiva previa y que estén contempladas en un plan de actuación previsto en el plan de igualdad vigente
atendiendo, al menos, al 80% de las brechas detectadas.
Que la empresa haya diseñado medidas correctoras de las desigualdades retributivas o brechas salariales detectadas en
la auditoría retributiva previa y que estén contempladas en un plan de actuación previsto en el plan de igualdad vigente
atendiendo, al menos, al 50% de las brechas detectadas.
Descripción (resultados auditoría retributiva, medidas diseñadas, justificación idoneidad, etc .):
6.4.3. La aplicación de criterios de acceso al empleo y de promoción profesional adecuados al principio de igualdad y no
discriminación, que no den lugar a situaciones de discriminación directa o indirecta.
Si tiene establecido criterios de acceso al empleo adecuados al principio de igualdad no discriminación.
Si tiene establecido criterios de promoción adecuados al principio de igualdad no discriminación.
Descripción (criterios de valoración):
6.4.4. La aplicación de sistemas y criterios de clasificación profesional y de retribución que permitan eliminar y prevenir
las situaciones de discriminación directa o indirecta, y que cumplan con los parámetros de adecuación, totalidad,
objetividad y transparencia.
Establecimiento de un sistema y criterios de clasificación profesional adecuados para la prevención de las situaciones de
discriminación directa o indirecta y cumplan con los parámetros de totalidad, objetividad y transparencia.
Establecimiento de un sistema y criterios adecuados de las políticas salariales para la prevención de las situaciones de
discriminación directa o indirecta y cumplan con los parámetros de totalidad, objetividad y transparencia.
00309351
Descripción (sistema y criterios de clasificación política salarial):
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja