Disposiciones generales. . (2024/204-5)
Orden de 10 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y se efectúa su convocatoria en el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024

página 52377/27

Se hará constar expresamente que estas actuaciones se llevan a cabo en virtud de la financiación
establecida con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia según lo establecido en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia. A este respecto la publicidad mínima sobre cualquier soporte físico o digital que se genere en el
marco de las actuaciones s ubvencionadas con la pres ente ayuda deberá exhibir de forma correcta y
destacada: El emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga (traducida a las
lenguas locales cuando proceda) "financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU", junto al logo del
PRTR, disponible en el link https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
El Manual de Comunicación para gestores y beneficiarios de los Fondos del PRTR está disponible en el
enlace:
https://www.fondoseuropeos.hacienda.gob.es/sitios/dgpmrr/es-es/Documents/MANUAL DE COMUNICACIÓN PARA LOS GESTORES DEL PLAN.pdf

https://www.mitma.gob.es/recursos_mfom/paginabasica/recursos/manual_de_comunicacion_para_los_gestores_del_plan.pdf

Todos los materiales, imágenes y documentación utilizados evitarán cualquier imagen discriminatoria o
estereotipos sexistas y deberán fomentar valores de igualdad, pluralidad de roles y corresponsabilidad
entre hombres y mujeres.
22.a). 2º Términos y condiciones de publicidad específica en materia de transparencia: no se establecen.
22.b) Obligaciones:
22.b).1º Obligaciones de transparencia y suministro de información y términos y condiciones en los que se
ha de cumplir: no se establecen medidas específicas.
22.b).2º Plazo durante el que se deben conservar los documentos justificativos de la aplicación de los
fondos recibidos y se está obligado a comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio, de
dispositivo electrónico o de dirección de correo electrónico:
Obligación de los perceptores de cons ervar los documentos jus tificativos y demás documentos
concernientes a la financiación en formato electrónico, durante un periodo de 3 años a partir del pago del
saldo o, a falta de dicho pago, de la operación,(artículo 22.2.f) del Reglamento (UE) 2021/241 por el que se
establece el MRR en relación con el art. 132 del Reglamento Financiero (Reglamento UE, Euratom)
2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018).
22.b).3º Otras obligaciones y condiciones específicas:
No se establecen.
Se establecen las siguientes:
-Suscripción de una declaración de ausencia de conflicto de intereses, conforme al modelo Anexo IV.A. de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

-Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales
establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, conforme al Modelo del Anexo
IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00309324

-Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a
lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales , conforme al Modelo
del Anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.